Propone Benjamín Robles reformas para fortalecer desarrollo del sector social de la economía


Intervención en tribuna del Senador Benjamín Robles Montoya, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 18, 24 y 25 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Benjamín Robles Montoya (BRM). Muchísimas gracias, senador Presidente.

 

Compañeras y compañeros senadores.

 

El sector social de la economía, como lo señala el artículo 25 de nuestra Carta Magna, se encuentra conformado, como lo sabemos todos por una diversidad de formas asociativas “ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios”.

 

A partir de lo anterior, compañeras y compañeros, nos parece que resulta indispensable situar al sector social en su justa dimensión, toda vez que su ingenta relevancia a nivel mundial a quedado de manifiesto, las cifras son contundentes.

 

ctualmente 14% de la población mundial trabaja en una organización cooperativa y mutualista que atiende diversas necesidades económicas, sociales y culturales.

 

Y en nuestro país la economía social y solidaria se ha orientado principalmente al rubro de las cooperativas y en segundo término a las formas de producción y propiedad en zonas rurales, es decir a la propiedad y producción ejidal y parcelaria.

 

De lo anterior, compañeros y compañeras, surge la necesidad de apoyar al sector social con una estrategia que proteja las fuentes de empleo existentes, facilitando la creación de nuevas, incrementando también la demanda de bienes y servicios, así como fortaleciendo el mercado interno y generando formas autogestoras de producción, de consumo y de financiamiento; factores tan esenciales en una época en que los recursos son limitados y deben usarse con inteligencia y mesura.

 

 

Es precisamente esta motivación la que da origen a la Ley de la Economía Social y Solidaria, reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Y sin duda es verdad, que con la promulgación de esta ley se da un gran paso en la en aras de facilitar la organización y expansión del sector social, pero también es cierto, compañeras y compañeros, que como con cualquier otra ley hace falta mucho trabajo legislativo para poder contar con un marco legal que realmente garantice el apoyo decisivo por parte del Estado al crecimiento de la economía social.

 

Sin embargo, es fundamental, desde nuestro punto de vista, reconsiderar el modelo de Instituto que la ley establece, pues su capacidad de decisión y acción se ve seriamente disminuida, respondiendo más, desde nuestro punto de vista, insisto, a  los criterios de la Secretaría de Economía que a las necesidades del sector al que se debe.

 

Por lo anteriormente expuesto, senador Presidente, y en aras de fortalecer el desarrollo del sector social de la economía, se propone mediante reforma a los artículos 18, 24 y 25 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 constitucional en lo referente al sector social de la economía, contar, subrayo, con órganos de consulta del sector auténticamente representativos y con real facultad de intervenir en los planes y programas de promoción y fomento.

 

Es decir, hablamos de un modelo de instituto que permita la libertad de decisión y relación directa con las organizaciones a las que se debe.

 

He de agradecer por supuesto que en comisiones podamos discutir esto de manera más detallada y por supuesto, espero que muy pronto se pueda modificar esta legislación.

 

Muchísimas gracias, Presidente.

 

 

 

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