Primera intervención de la Senadora Dolores Padierna en la reunión de comisiones unidas en lo general, Regimen fiscal de Pemex


Dolores Padierna

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA PRIMERA INTERVENCIÓN DE LA VICECOORDINADORA DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD EN EL SENADO, DOLORES PADIERNA LUNA EN LA REUNIÓN DE COMISIONES UNIDAS HACIENDA, ENERGÍA Y ESTUDIOS LEGISLATIVOS PRIMERA; REFORMA ENERGÉTICA, EN LO GENERAL, REGIMEN FISCAL DE PEMEX

Sen. Dolores Padierna Luna: Gracias presidente.

Decía el secretario de Hacienda, Luis Videgaray, que no podría haber una reforma energética exitosa sin un nuevo régimen fiscal para Pemex y el paquete que presentó el 30 de abril en la legislación secundaria incluye un régimen fiscal que con las modificaciones que le hizo la Cámara  casi deja igual el régimen de derechos.

 

A partir del 2015 –agrega-, deberá tributar Pemex una ley del Impuesto sobre la Renta adicional al régimen fiscal de derechos al que seguirá estando sujeto y establece una nueva carga fiscal, ahora, inexistente que es el pago de un dividendo estatal que viene en la Ley de Pemex.

 

Queda claro, entonces, que el secretario Luis Videgaray y el Presidente de la República -cuando hizo la presentación de la reforma energética-, mintieron al presentar la reforma energética.

 

Su verdadera visión sobre el régimen fiscal de Pemex es no solo mantener la carga fiscal de depredatoria que ha venido matando a la empresa, sino que le adiciona  nuevas cargas fiscales y nuevas contribuciones.

 

En la visión privatizadora del secretario de Hacienda, una reforma  energética  exitosa implica un régimen fiscal que ahogue a Pemex  con nuevas cargas fiscales; eso es condición para desaparecerla y pueda ser desplazada por las petroleras privadas, que ese es el verdadero sentido de la nueva Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.

 

En 2013,  Pemex generó rendimientos, antes de impuestos  y derechos, de 695 mil millones, el 43.2% de sus ingresos por ventas; le cobraron 865 mil millones en impuestos y derechos, un 124% de su rendimiento y el 53.8% de sus ventas ocasionando una pérdida de 170 mil millones de pesos.

 

Entre 2012 y 2013, los impuestos y derechos tuvieron una relación similar. No se toma en cuanta, en conclusión,  las necesidades de inversión de Pemex; por ello, cuando Videgaray en agosto de 2013 dijo que como parte de la Reforma Hacendaria presentará  un nuevo régimen fiscal de Pemex consistente en un nuevo enfoque y dijo las características de este nuevo enfoque, voy a decir algunas: Pemex tendrá los recursos necesarios para cubrir los costos de operación y su capital para las nuevas actividades de exploración y extracción; se mantendrá un esquema de regalías y derechos, pero serán más moderadas que los que paga Pemex actualmente y trataremos a Pemex como una empresa; las actividades exploraciones y extracción ya solo pagarán el Impuesto sobre la Renta, etcétera, citando a Luis Videgaray.

Un mes después todo esto resultó pura demagogia. Luego soltó otra mentira: “México necesita una reforma energética y es hora de darle a Pemex un nuevo régimen fiscal”, pero el  régimen fiscal que tiene el dictamen que hoy discutimos de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos tiene más gravámenes a Pemex; una relación más irracional con el fisco federal; un absurdo régimen de derechos casi igual al actual, agravado ahora con un Impuesto sobre la Renta, súper agravado con un dividendo estatal y, para colmo, un nuevo derecho a la exploración y un nuevo impuesto a la actividad de explotación y extracción de hidrocarburos.

 

Hagamos cuentas, la Cámara de Diputados suprimió siete derechos,  pero nada más de nombre porque sus montos fueron acumulados en derechos con otros nombres.

 

Aquí  está la tabla dónde está el total de ingresos por ventas de 2013: un billón 250 mil 772, vienen los gastos de operación, la depreciación y amortización, los beneficios para los empleados y queda un remanente de operación de 842 mil 205 millones de pesos y, luego, viene el pago de derechos, este es el cambio que hizo la Cámara de Diputados que borra siete derechos, los borra en nombre, no en su monto, están borrados, pero viene acá por utilidad compartida 606 mil  086 millones de pesos y de extracción de hidrocarburos: 146 mil 926 millones.

 

En conclusión, en el 2013 perdió 14 mil 774 mil millones y con el nuevo ganaría 89 mil, ganaría 89 mil 194 millones de pesos, si y sólo si no hubiera las otras leyes que le ponen más cargas fiscales y le agregan un Impuesto sobre la Renta ya para el año fiscal siguiente de 26 mil 758 millones y un dividendo estatal de 141 mil 301 millones de pesos.

 

¿Cuál es la gran conclusión?, que en 2013 con el esquema vigente Pemex pierde 14 mil 774 millones de pesos sin contar la inversión y con lo que se propone en esta Ley de Ingresos sobre Hidrocarburo pierde 78 mil 865 millones de pesos; agréguenle el nuevo derecho de exploración, que viene el artículo 45 de esta ley; agréguenle  un nuevo impuesto de exploración y extracción que viene en el artículo 55 de esta ley, aquí no están sumados.

 

Pero, hay un engaño mayor, mayúsculo este cambio que hizo la Cámara de Diputados a los artículos 39, que en el Ejecutivo tenía de 68 por ciento el derecho de utilidad compartida y que la Cámara disminuyó a 65% este artículo 39, comparado con la deducción que ayuda a Pemex,  porque la del Ejecutivo, artículo 41 y 42 que es la deducción de costos era por 11.785% y en la modificación que hace la Cámara aumenta a  12 mil 500 por ciento; lo cual ayuda porque entre más deduzca Pemex más ingresos podría tener, pero saben qué, esto aplica hasta el 2019, de acuerdo al segundo transitorio, no aplicará en todo este sexenio, ya verá el nuevo presidente, sea quien sea, a ver cómo se las arregla, pero de momento le están cargando una  aparente desaparición  de nombre de varios  derechos, pero los montos se agrupan en otros nuevos nombres, pero de que paga derechos, paga derechos  y, además, Impuesto sobre la Renta, un dividendo estatal, un nuevo derecho a la exploración, un nuevo impuesto de extracción y exploración y, lo benéfico, que apenas votó la Cámara, no aplica para este sexenio, que no los engañen.

Pero, algo peor, ¿cuánto le van a cobrar a los contratos privados?, porque si pusiéramos, digamos 100 a Pemex y 100 a los privados en general, tomando en consideración los costos de 25% parejo para Pemex y para los privados; Pemex no paga regalías, los privados sí y de acuerdo a la formula pagarían 14, estoy poniendo ahí, Pemex paga derecho de extracción de hidrocarburos, Pemex y los privados no, por eso viene en cero; Pemex paga un derecho de utilidad compartida de 56.88, los privados no, por eso viene en cero y, la utilidad bruta para Pemex sería 3 86 y para los privados de 74.73, además, Impuestos sobre la Renta, Pemex pagaría 1.16 y los privados 22.42; habría entonces una utilidad neta para Pemex de 2.70 y para los privados de 52.31%.

Si le aplicamos a Pemex el dividendo estatal que viene en la Ley de Pemex es de 8.4 empieza a perder y, ahora, tendría un remanente neto de menos 5.69, mientras que  a los privados no se les carga ese dividendo y su utilidad sería la misma: 52.31.

En fin, a los privados no a Pemex, pero sí a los  privados pagarían una utilidad neta, aquí  la estoy poniendo nada más del 50%, será parte del debate, es decir, si se le pagara la mitad de sus utilidades al gobierno, entonces, tendría una utilidad total de ingresos Pemex de 80 y los privados de 62 (…), el 50% de recursos, pero compañeros, compañeras esto no es así.

 

En el tema de contratos lo más grave no es lo poquito que le van a cobrar a los privados, lo grave en contratos es el modelo de contrato que no quisieron definir tal como lo ordena el 4ºtransitorio del decreto constitucional, pero que el  4ºtransitorio del decreto constitucional establece que los contratos, todos, deben de servir para maximizar los ingresos para la nación, entonces, con esta cifras quiero dejar claro que el régimen fiscal que se le aplica a Pemex y que ustedes están por votar es peor del que tenemos en 2013 y que esas mentiras,  las vayan a contar, haber quién se las cree.

 

Y, vuelvo al tema de contratos; los contratos deben de servir, de acuerdo al decreto constitucional que ustedes votaron, nosotros votamos en contra, pero ustedes votaron y lo están violando porque debe de servir para maximizar los ingresos para la nación.

En la iniciativa de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos se establecen las regalías fiscales para cada tipo de contrato y preocupa especialmente las licencias y los contratos de producción compartida.
En licencias va a ver a favor del Estado un bono a la firma, discrecional, como lo decida el secretario de Hacienda y con esta visión privatizadora, pues van a ser  muy poquito.

 

Va a dar también una cuota contractual por fase exploratoria; bueno, al rato entramos a calcular la cuota de fase exploratoria que es ridículo este cobro y que, además, de ser ridículo la Cámara todavía lo redujo a  la mitad.

 

También, pagará una regalía y una contraprestación y ahí me quiero detener. En mi ejemplo puse una contraprestación del 50%, la ley dice: una contraprestación en un porcentaje establecido en el contrato-licencia y, el porcentaje se define -dice esta ley-, bajo 2 conceptos: el de utilidad operativa y el de valor contractual de los hidrocarburos.

 

¿Cuál es el tema de la utilidad operativa?, que la utilidad operativa
es un concepto que resulta de restar del valor contractual de los hidrocarburos, o sea, del valor del petróleo extraído, resta las regalías, los costos, los gastos, las inversiones y lo que sobra se llama utilidad operativa y de eso poquito que sobra es lo que se le va a dar una parte al Estado y otra parte al contratista.

Dicho de otra manera, la utilidad operativa es donde se les regresan al inversionista sus costos, sus gastos, sus regalías y las inversiones   todo esto se le llama recuperación de costos.

La Constitución estableció los contratos para que el Estado obtenga más ingresos. Estos contratos son, de acuerdo a la Constitución, para que el Estado obtenga más ingresos, no para que el Estado pierda ingresos y entregue renta petrolera. Lo que resultó en las leyes secundarias es al revés de lo ordenado.
El otro concepto es a favor del contratista y del licenciatario, ¿qué va a recibir el  licenciatario?, eso es lo que va a recibir el gobierno es un bono, la cuota, la regalía y la contraprestación y hay un enorme riesgo, senadoras, senadores, en este rubro de que la contraprestación
se pague con forme a una utilidad operativa, que será muy pequeña, porque los costos, los gastos, las inversiones las van a inflar y entre mas lo inflen, para ellos mejor, les conviene ganar más vía devolución de costos, porque entre mas chiquita sea la utilidad
operativa, esa es la base gravable sobre la cual pagarían el único
impuesto que sería el Impuesto sobre la Renta.

A favor del contratista, seria la transmisión onerosa de los hidrocarburos extraídos, o sea, el
contratista se queda con los hidrocarburos que extraiga, lo que convierte a este tipo de contratos en verdaderas concesiones, lo cual es violatorio del 27 Constitucional.

Es decir, la renta petrolera recibe a boca de pozo el petróleo y el contratista paga al Estado las 4 prestaciones y se queda con el remanente de la producción, se queda con el petróleo.

Ahora, el petróleo es la renta petrolera y, solo ahora, el petróleo es de México y constituye nuestra renta petrolera y solo paga 4 conceptos al Estado.

Ahora, el privado, ahora está el mundo al revés, ahora el privado recibe el petróleo y le paga una bicoca al Estado; eso es una concesión y está prohibida en la Constitución se está transfiriendo renta petrolera y transferir renta petrolera no lo permite el 27 Constitucional.

Las licencias tal como vienen en la Ley de Ingresos Hidrocarburos son verdaderas concesiones.

Sigo a contratos de producción compartida, en los contratos de producción compartida se establecen contraprestaciones a favor del Estado, una cuota contractual de fase exploratoria, una regalía y una contraprestación que será un porcentaje otra vez de utilidad
operativa; no podemos aceptar que sea bajo estas circunstancias porque
la utilidad operativa es la devolución, el rembolso de todo lo que
ponen.

Me están mocionando en el tiempo; voy a terminar rápido, a favor del
contratista recibe la recuperación de sus costos, los gastos, las inversiones y recibe en especie, es decir, en petróleo el remanente de la utilidad operativa, es decir, se queda con una parte de los hidrocarburos extraídos.

Los contratos de utilidad compartida también están basados en un remanente
de utilidad operativa.

Hacemos un llamado a la responsabilidad con el país, a que no estén entregando renta petrolera, regalándola a los privados, a través de la formula que viene establecida en esta Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.

La verdadera naturaleza de los contratos tal y como están planteados en esta ley son concesiones, no se limitan a recibir una ganancia razonable, sino van mucho más allá, es decir, se les está transfiriendo renta petrolera y al transferirles la renta petrolera, los contratos son realmente concesiones y resultan violatorios del 27 Constitucional.