Trascendental reconocer licencia de maternidad como un derecho de las mujeres en las fuerzas armadas.


Versión Estenográfica

Ciudad de México, a 10 de abril de 2018

 

Trascendental reconocer licencia de maternidad como un derecho de las mujeres en las fuerzas armadas: de la Peña Gómez

 

Intervención de la senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del PRD, a favor del dictamen de las comisiones unidas de Defensa Nacional y de Estudios Legislativos, por el que se adicionan dos párrafos al artículo 152 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

 

Angélica de la Peña Gómez (ADLPG): Con su venia, señoras senadoras, señores senadores.

 

Esta reforma es un avance importante a la Ley de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas mexicanas, en su artículo 152, porque reconoce los derechos que tienen las mujeres que están integradas a las Fuerzas Armadas Mexicanas y que determinan por su maternidad la importancia de que pueda ser tratadas como se debe tratar a cualquier mujer, como lo señala la Constitución u otras Leyes, particularmente la Ley Federal del Trabajo, en donde deben gozar de tiempos que permitan no solamente para la atención médica de supervisión periódica sino también lograr que este proceso sea atendido, el embarazo, puedan las mujeres resolver, particularmente en las Fuerzas Armadas, también la característica de las responsabilidad que enfrenta y puntualizar en donde las expongan a diversas situaciones en riesgo.

Y entonces, por esta razón el que se reconozca a la maternidad como una contingencia que obliga a proteger la salud, el empleo y el ingreso de todas las madres trabajadoras, sin duda, es un avance muy importante en la ley.

En este sentido, aun cuando México no ha aprobado un tratado internacional trascendental de la Organización Internacional del Trabajo, como es el 183 que establece puntualmente al Estado mexicano recomendaciones para proteger la maternidad, entre otras, se encuentra el disfrute de una licencia; igualmente todo lo que se señala desde la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

Las observaciones que desde el Comité de la CEDAW, nuestro país e ha comprometido a adoptar, para que a través de estas medidas apropiadas, se elimine la discriminación contra las mujeres en la esfera del empleo y, por supuesto, la prohibición del despido por motivos de embarazo e implementar la licencia de maternidad, con sueldo pagado y todas las prestaciones sociales que reconoce la ley.

La modificación al artículo 170, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo, reconoce como una prestación de seguridad social de las mujeres trabajadoras, el derecho a elegir la forma en que podrán disfrutar de la licencia de maternidad, siempre y cuando su condición de salud lo permita, posibilitando que permanezcan más tiempo con el recién nacido a fin de contribuir a su desarrollo físico, psicológico y emocional en su primera etapa de vida.

Los estándares internaciones en materia de derechos humanos, relativos a la seguridad social, y particularmente los que tienen que ver con la modalidad de protección a la maternidad, establecen con toda puntualidad que las mujeres deben gozar el mayor número de semanas posibles, para restablecer su salud y para el cuidado de su hijo recién nacido, por lo que no deberían existir restricciones de carácter operativo que no se justifiquen y que vulneren el derecho que tiene toda madre trabajadora, particularmente en los quehaceres que derivan de quienes forman parte de las Fuerzas Armadas.

Estas disposiciones deben ser interpretadas bajo los principios pro persona y de convencionalidad, como lo señala nuestra Constitución, a fin de conceder a las mujeres trabajadoras el beneficio más amplio que en derecho corresponda, en relación al disfrute de las semanas de incapacidad por maternidad y del subsidio correspondiente.

En virtud de lo antes expuesto, nos parece de suma importancia de que la madre trabajadora que labora en las Fuerzas Armadas Mexicanas goce de los cuidados prenatales y post parto, entre los que se encuentra guardar el reposo recomendado, objetivo esencial de la licencia de maternidad.

Por estas razones, quienes integramos el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, vemos con una gran simpatía y consideramos fundamental apoyar el dictamen que hoy presentan las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y de Estudios Legislativos, a fin de que el personal militar femenino pueda modificar las semanas en que goza de su licencia de maternidad, siempre que así lo considere oportuno, su estado de salud lo permita y tomando en cuenta la naturaleza del trabajo que desempeñe.

Sin duda, es un avance importante que hay que reconocer; avanzamos en la presencia de las mujeres en las Fuerzas Armadas Mexicanas y, por supuesto, también avanzamos en el reconocimiento que estos cambios estructurales, en esos ámbitos, con la presencia de las mujeres pues también transitamos en que las reformas tengan una perspectiva de género.

Muchas gracias por su atención.

 

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