Proponen senadores facultar a Consulados mexicanos para registrar niños y adultos nacidos en México que migraron sin registro de nacimiento


Intervención en tribuna del senador Fidel Demédicis Hidalgo, del Grupo Parlamentario del PRD, parapresentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 44 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

 

Fidel Demédicis Hidalgo, (FDH): Muchas gracias, con su venia compañero presidente.

 

Compañeros senadores, compañeras senadoras.

 

Hace algunas semanas aprobamos en este Senado la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y un derecho que está plasmado en esa Ley es el derecho a tener una identidad y a tener una nacionalidad.

 

Estos dos derechos normalmente se le niegan a los niños que tienen que migrar, no porque quieren, sino que tienen que migrar porque las condiciones económicas de sus padres los obligan a eso.

 

Entonces, cuando llegan a  Estados Unidos ambas situaciones se les niegan.

 

Por eso los senadores, a iniciativa del senador Benjamín Robles, los senadores  Arturo Zamora Jiménez, Gabriela Cuevas Barrón, Ana Gabriela Guevara Espinoza, Rabindranath Salazar Solorio, Mariana Gómez del Campo Gurza, Marcela Guerra Castillo, Alejandro Encinas Rodríguez, Dolores Padierna Luna, Javier Corral Jurado y el de la voz, estamos impulsando esta iniciativa del derecho a la identidad a través del registro de nacimiento, que es un derecho del ser humano de toda persona de adquirir identidad, nombre y nacionalidad.

 

A partir de reformar el artículo 44 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

 

En México, lamentablemente, según las estimaciones oficiales más recientes del Registro Nacional de Población (RENAPO) y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) existen más de 7 millones de mexicanos, que, carecen de su acta de nacimiento.

 

Esta ausencia de registro, repercute en otros derechos, ya que debido a que se ignora su existencia, no son tomados en cuenta en el proceso de elaboración y ejecución de políticas públicas.

 

Oficialmente, son vidas que no suceden, condenados a la pobreza porque sin la prueba de ciudadanía que otorga el acta de nacimiento no pueden inscribirse en la escuela o trabajar en el sector formal.

 

Social y políticamente, no pueden beneficiarse de programas de alivio a la pobreza, lograr la educación, tener una identificación oficial o incluso que familiares tramiten el acta de defunción.

 

Además, esta condición de invisibles a los ojos de la sociedad deja a millones de mexicanos aún más vulnerables a las redes criminales de trata de personas con fines de explotación sexual y laboral, adopciones ilegales, y otras formas de explotación como el matrimonio prematuro

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Ahora bien, los datos recopilados por Be Foundation ONG en la promoción y defensa del derecho humano a la identidad, señala que en Estados Unidos  existen cientos de miles de personas cuyos nacimientos no fueron registrados al nacer en México antes de migrar a los Estados Unidos, constituyéndose la doble invisibilidad por no contar con un acta de nacimiento que acredite su existencia legal en ningún país, convirtiéndose en uno de los colectivos más invisibilizados y excluidos del mundo.

 

Lo especialmente trágico para los migrantes mexicanos “doblemente invisibles” es que muchos son jóvenes que califican para el programa de Acción Diferida para los llegados en la infancia, el programa de regularización para los llamados “Dreamers” que llegaron como niños a Estados Unidos sin papeles y que ahora pueden calificar para la residencia.

 

Sin embargo al no contar con un acta de nacimiento que acredite la identidad de su país de origen, no pueden iniciar el proceso que otorga un permiso de trabajo y protección contra la deportación que conlleva a la separación familiar.

 

Además, ante la Acción Ejecutiva en materia migratoria decretada por el Presidente de los Estados Unidos, Barack Obama, el pasado 20 de noviembre de 2014, y en donde el 44 por ciento de los inmigrantes no autorizados de México podrían solicitar protección a su deportación, los mexicanos doblemente invisibles no podrían ser elegibles por carecer de documentos que acrediten su identidad.

 

Los Cónsules mexicanos en el extranjero tienen la autoridad para actuar como Oficiales del Registro Civil pero sólo para registrar los nacimientos de los hijos de mexicanos nacidos en Estados Unidos, matrimonios y muertes, pero no están facultados para levantar registros de las personas nacidas en México que residen en el extranjero.

Por lo tanto, aconsejan a los “doblemente invisibles” regresar a México para obtener su acta de nacimiento, algo que por obvias razones no pueden hacer.

 

Por ello, los que suscribimos, consideramos conveniente y por demás urgente reformar el artículo 44 de la Ley de Servicio Exterior Mexicano, para garantizar y facultar claramente a los Consulados mexicanos, a efecto de que puedan registrar a aquellos niños y adultos nacidos en México que migraron a los Estados Unidos sin registro de nacimiento de su lugar de origen, evitando así que permanezcan atrapados en un limbo jurídico.

 

Compañeros senadores, compañeras senadoras, el pasado 10 de febrero de 2015, el mexicano Antonio Zamora, Antonio Zambrano Montes de 35 años de edad fue abatido por elementos de la corporación policiaca de Pasco, Washington Estados Unidos, en un acto que devela una vez más el exceso de fuerza pública norteamericana frente a los hispanos.

 

La representación diplomática de nuestro país en el estado norteamericano dio la primera muestra enérgica de protesta seguida de un pronunciamiento del Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, en la que se ha solicitado una extensa investigación que culmine con la imposición de responsabilidad a que haya lugar.

 

Compañeros senadores, compañeras senadoras. No se puede excusar el agravio contra Antonio Zambrano Montes en legítima defensa que tiene derecho los elementos de seguridad norteamericana.

 

Esa es sin lugar a dudas una violación a los derechos humanos al no agotar otros medios de sometimiento antes de abrir fuego contra personas que claramente se encuentran en desventaja.

 

Por lo anteriormente dicho presentamos estas dos situaciones, esperando que en la segunda se haga eco de lo que ha planteado el Senado mexicano y que no quede simplemente en discursos que no resuelve la violación de los derechos humanos de los mexicanos y las mexicanas que están siendo violentados en ese país.
En donde solicitamos esta situación a la reforma  al 44 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, para beneficiar a los que hoy están siendo perjudicados por esta situación.

 

Por su atención muchas gracias.