Nueva Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas elimina la mayor parte de las limitaciones que tiene la ASF


VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DE LA VICECOORDINADORA DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD EN EL SENADO, DOLORES PADIERNA LUNA EN LA REUNIÓN DE COMISIONES UNIDAS SOBRE EL TEMA DE LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS

Sen. Dolores Padierna Luna: Llegamos a este momento culminante del análisis del paquete de las leyes anticorrupción.

 

Es muy importante señalar que esta Ley de Fiscalización y de Rendición de Cuentas forma parte del Sistema Nacional Anticorrupción y que está interrelacionada  con el resto de las leyes que lo integran, por lo que su efectividad se logrará en la medida de que funcionen todas las leyes y no solo ésta.

Así, por ejemplo, si como resultado de la fiscalización que realice la Auditoria Superior de la Federación se detectan responsabilidades de algún funcionario público, tendrán que aplicarse las sanciones que determine la Ley General de Responsabilidades Administrativas a cargo del Tribunal.

Indudablemente que la nueva Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas es un avance muy importante, ya que elimina la mayor parte de las limitaciones que tiene hoy la Auditoría Superior de la Federación para hacer efectiva su labor, tal como lo ha manifestado el propio auditor superior.

Indudablemente que no es una ley perfecta, quisiera señalar los aspectos más importantes de esta iniciativa:

Primero, amplia y precisa cuáles son las entidades y los recursos sujetos a fiscalización por parte de la Auditoria Superior de la Federación. De manera destacada se incluye la facultad de fiscalizar todos los recursos públicos que se encuentre en las entidades federativas en los estados de la Republica, incluyendo las participaciones federales, que hasta ahora se consideraban ingresos propios de dichas entidades y, por lo tanto, sólo fiscalizables por las entidades fiscalizadoras locales. Esta era una interpretación que hacían los propios gobernadores, nunca lo acepto así la propia Auditoria ni el Congreso federal.

Así mismo, se deberán fiscalizar la deuda pública de los estados que esté garantizada por el Gobierno Federal y el cumplimiento de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y Municipios.

Desafortunadamente, la ampliación de la intervención de la Federación en las entidades federativas ha sido obligada por las enormes deficiencias que ha detectado la propiaAuditoría Superior de la Federación en uso de las asignaciones a las entidades federativas, aunque en estricto sentido vaya a veces en disputa con los gobernadores. Este asunto se subsana porque al quedar claramente explicado en esta ley que viene de la Constitución, de la reforma constitucional queda clarificado.

Un segundo aspecto muy importante es también que se establece de manera expresa que entre las entidades fiscalizadas se incluye los mandatos, los fondos y fideicomisos públicos o privados que reciban fondos públicos. Este es otro asunto de trascendental importancia que viene desde la Constitución.

Otro aspecto que modifica de manera importante la función fiscalizadora de la Auditoría Superior de la Federación es la posibilidad de revisión de la gestión financiera de las entes fiscalizadas, o los entes fiscalizados durante el ejercicio fiscal en curso u otros ejercicios fiscales, a partir de denuncias fundadas que presente cualquier persona cuando se presuman manejos irregulares de recursos públicos.

Esta figura abre la posibilidad de que la sociedad civil participe activamente en la vigilancia de la correcta aplicación de los recursos públicos; sin embargo, tiene la limitación de que las denuncias sólo se refieren al manejo financiero de los recursos, es decir, aspectos meramente contables y no sobre la efectividad y eficiencia con que se usan los mismos.

Decía, yo algo muy importante que esta figura que la ciudadanía pueda presentar denuncias directamente frente la Auditoría Superior de la Federación, abre la posibilidad de que la sociedad civil participe activamente en la vigilancia de la correcta aplicación de los recursos públicos;  sin embargo, tiene la limitación de que las denuncian solo se referirán el manejo financiero de dichos recursos públicos y no abre la efectividad y la eficiencia con la que se usen los mismo, no se abren la revisión de estos aspectos.

A parte de que indudablemente hay muchos casos de malos manejos con el gasto público, un problema fundamental que subsiste es la efectividad de su aplicación, en términos de beneficios concretos a la sociedad.

No sólo hay que avanzar en garantizar que no se desvíen o no se haga un mal manejo de los recursos públicos, esto es de suyo un avance muy importante, pero su aplicación debe de ser en beneficio concreto de la población.

Otro aspecto importante es que se limita la prescripción de acciones para fincar responsabilidades, por faltas administrativas graves, a 7 años, con la posibilidad de interrupción en los términos de lo establecido por la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

En cuanto a la integración y organización de la Auditoría Superior de la Federación es conveniente señalar que se otorgan amplias facultades para llevar a cabo sus actividades.Así mismo, se establece un procedimiento adecuado para la designación de su titular, pero hay que tener presente que la ampliación de sus atribuciones requerirá de una estructura organizacional más robusta de la que actualmente dispone.

Sólo baste señalar que la cobertura de revisión de la Cuenta Pública de 2014 sólo pudo llegar al 19% del universo fiscalizable, esto porque la propia Auditoría Superior de la Federación dice no contar  con la estructura suficiente para revisar más allá de este porcentaje y es un porcentaje muy menor donde ocurren desviaciones presupuestales o mal uso de los recursos públicos.

Con la ampliación del universo, la capacidad actual de la Auditoría Superior de la Federación se verá aún más limitada, este porcentaje de 19 por ciento seguramente si no le damos más presupuesto, más estructura, para más capacidad de revisión, entonces, se disminuirá el universo fiscalizable.

Por otra parte, se establece un esquema de Contraloría Social, mediante el cual la sociedad civil puede presentar peticiones, propuestas, solicitudes y denuncias fundadas.

Así mismo, estas propuestas podrán ser presentadas por conducto del Comité de Participación Ciudadana a que está inscrito en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.

Para darle congruencia y orden al Sistema Nacional Anticorrupción, así como para fortalecer al Comité de Participación Ciudadana se considera conveniente que todas las propuestas de la sociedad civil se canalicen a través de éste, o sea del Comité  y así pueda operar como una especie de “ventanilla única ciudadana”.

En conclusión, se puede decir que es una buena ley, que recoge los planteamientos de nuestro grupo parlamentario a lo largo de muchas Legislaturas y hasta hoy los vemos concretados en esta Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas y también recoge la participación y propuestas del propio auditor Superior de la Federación, por lo que se considera que debe aprobarse.

Lo más importante es que, a partir de su promulgación se lleve a cabo un seguimiento puntual de su aplicación y aplicabilidad y construir los mecanismos operativos para la vinculación efectiva con las otras leyes del Sistema Nacional de Combate a la Corrupción.

En síntesis, esta es una buena ley, nosotros votaremos a favor de la misma, tenemos al igual que lo hacia la compañera Laura Rojas varios temas que consideramos de oportunidad en los que no entró esta ley, uno de los más importantes tal vez sea que habiendo un cambio histórico en la reforma constitucional en esta materia que borró, que eliminó en la reforma constitucional los criterios de anualidad y posterioridad en esta Ley de Fiscalización y de Rendición de Cuentas siguen existiendo estos principios para las auditorias de desempeño que son las más profundas, que son las más importantes y eso nos parece que es una gran deficiencia de la ley, insisto no es la única, otras menores, pero es una buena ley y la vamos a votar a favor.

Muchas gracias.

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