Intervención en tribuna de la Sen. Dolores Padierna sobre leyes secundarias en materia de telecomunicaciones


Dolores Padierna

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN EN TRIBUNA DE LA VICECOORDINADORA DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD EN EL SENADO, DOLORES PADIERNA LUNA, LEYES SECUNDARIAS EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES

Sen. Dolores Padierna Luna: Vengo a presentar un voto particular en contra a nombre de la senadora Lorena Cuellar, el senador Isidro Pedraza y la de la voz.

Ciudadanas y ciudadanos senadores; asistimos en esta sesión a una verdadera encrucijada histórica. Del voto de cada uno de nosotras y nosotros depende que condenemos a la sociedad mexicana a décadas más de dominio y control de un monopolio de la opinión pública y que extendamos ese poder a las nuevas plataformas de comunicación e información como son el Internet, la televisión restringida y los dispositivos móviles, o alcanzar la pluralidad de medios, la diversidad de contenidos y la garantía de nuestros derechos como audiencias.

De nuestro voto también depende que cumplamos o traicionemos la promesa de democratizar el régimen de medios de comunicación y garanticemos el acceso de millones de mexicanas y mexicanos a la sociedad de la información o prolonguemos décadas de malos contenidos, de analfabetismo digital, de programas insulsos, porque eso es lo que quiere “una clase modesta muy jodida, que no saldrá de jodida”, como dijo en su célebre discurso Emilio Azcárraga Milmo, El Tigre. El menosprecio a sus propias audiencias ha sido la característica de este modelo comercial televisivo.

De nuestro voto depende que controlemos y regulemos a un monopolio abusivo en telefonía, pero también que garanticemos que esos abusos y esa fortuna multimillonaria de un magnate como Carlos Slim no se reproduzca ahora en los dueños del duopolio televisivo. No se trata de que México deje de ser “territorio Telcel” para convertirse en “territorio del canal de las estrellas”. El objetivo es que sea una República democrática que no dependa de los poderes fácticos.

Si votamos este dictamen sin las modificaciones indispensables, el Senado estará perdiendo este momento histórico irrepetible. Desde 1960 no se redactaba una nueva Ley Federal de Radio y Televisión y desde 1995, la Ley Federal de Telecomunicaciones había tenido cambios mínimos. Los intentos de cambio democrático siempre se vieron frustrados por el veto de los poderes monopólicos. Las contrarreformas de los últimos años han sido señaladas: la Ley Televisa del 2006 o los continuos privilegios en los doce años de presidencias panistas.

Nuestro mandato constitucional, claramente expresado en la reforma del año pasado, era elaborar una ley convergente de ambos sectores, no una ley que protegiera a unos monopolios para combatir a otros. Nuestro mandato ciudadano, desde las protestas de los jóvenes del 2012, era democratizar los medios de comunicación y defender los derechos de información, libertad de expresión, derechos de audiencia y derechos de los usuarios. Nuestro compromiso como legisladores es construir una república democrática, no una telecracia autoritaria.

Por esta razón estamos en una encrucijada histórica. Si no entendemos este momento, si sólo tenemos la mira en el próximo cargo de elección popular, en el rating engañoso de la pantalla, estaremos traicionando no sólo a nuestro partido y nuestros electores. Estaremos traicionando a la sociedad mexicana.

En este voto particular expresamos diez razones para expresar nuestra oposición a este dictamen que contiene graves violaciones a nuestra Constitución Política:

1.-La Constitución señala que se otorgarán concesiones de uso social mediante asignación directa. Los medios de uso social incluyen a los comunitarios y a los indígenas. Estos son indispensables para la existencia de pluralidad, respeto a la libertad de expresión e información.

Sin embargo, encontramos en este dictamen un claro régimen de discriminación hacia estos medios. Estamos legalizando su marginalidad y la exclusión de estos medios.

En primer lugar porque se establece como plazo máximo para este tipo de concesiones 15 años, en lugar de los 20 años de uso comercial.

En segundo lugar, porque no se facilita el proceso. Los requisitos generan incertidumbre jurídica.

El dictamen viola los Estándares para una Radiodifusión Libre e Incluyente, de la Organización de Estados Americanos. Prohibe a los concesionarios de uso social el legítimo derecho que tienen a percibir ingresos por publicidad.

Contrario a lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia que confirmó la obligación del Estado mexicano a no discriminar y permitir que los medios comunitarios recibieran ingresos por publicidad el dictamen limita el acceso a fuentes de financiamiento: primero, al limitar la publicidad a entes públicos federales y estatales al 1 por ciento de sus presupuestos; segundo, a que nunca pueden exceder al 6 por ciento del total de transmisión en televisión y 14 por ciento a la radio, frente al 38 por ciento y el 40 por ciento que se les permite en este dictamen a los medios comerciales.

2.-El dictamen privilegia el modelo comercial y menosprecia a los medios públicos, este es el segundo tema, en contra de lo establecido en la Constitución. No se les garantiza ni la independencia editorial, ni la autonomía de gestión, ni reglas claras para la transparencia y rendición de cuentas, ni opciones de financiamiento. El dictamen pone en riesgo la existencia misma de verdaderos medios públicos que quedan, una vez más, a expensas del control gubernamental.

3.-El tema de preponderancia es una clara violación a la letra y el espíritu de la reforma constitucional. El dictamen propone copiar lo que dice la Constitución como si eso resolviera de un plumazo la polémica que hay en torno a la definición de preponderancia por “sector” o por “servicio”. Este Senado no puede rehuir a su obligación de dar reglas claras y precisas en este tema.

De asumirse que la preponderancia sea por “sector” simplemente no existirá un preponderante en radiodifusión porque este sector se compone de dos servicios: radio y televisión abierta. Entonces, la finalidad de la reforma constitucional sería ignorada en cuanto a televisión abierta. Asimismo, se dejarían fuera otros servicios de telecomunicaciones donde existen agentes económicos preponderantes en servicios de telefonía y de televisión de paga; volveremos al tema en otro momento.

4.-El dictamen vulnera el mandato constitucional para darle autonomía al Instituto Federal de Telecomunicaciones. En la Constitución jamás se reservó facultades especiales en cuanto a contenidos de radiodifusión y audiovisuales para la Secretaría de Gobernación. Preservar la vigilancia del ministerio público por excelencia es subordinar la lógica de control y vigilancia presidencial sobre los contenidos.

5.-En el capítulo de “Colaboración con la Justicia” el dictamen mantiene la restricción de los derechos humanos porque omite cumplir con los criterios mínimos para poder restringir el derecho a la privacidad, a la libertad de asociación y muchos otros derechos a que haya una causa de persecución de un delito. Se mantiene la obligación de la geolocalización de un equipo móvil en tiempo real, lo cual constituye un quebranto a la privacidad del usuario, sin siquiera sujetarlo a que se esté en la investigación de un delito grave.

6.-Los derechos de las audiencias, tal como están redactados en el dictamen, constituyen “letra muerta”. Se limitan no sólo los derechos sino que también se les priva de los mecanismos para su protección efectiva. Es el colmo que se proponga sancionar a los defensores de las audiencias y no a los medios de comunicación que violen estos derechos.

El principal derecho de la audiencia que es el equilibrio entre contenidos informativos y de entretenimiento y contenidos de publicidad, lo cual se viola abiertamente. Se privilegia el incremento de los tiempos de publicidad a favor de los concesionarios y en detrimento de las audiencias. Se utiliza la “producción nacional” y la “producción nacional independiente” no para fomentar la cultura, las manifestaciones nacionales y la promoción de valores cívicos –como ocurre en otros países- sino para justificar el regalo de un incremento de 2 por ciento y 6 por ciento más de publicidad por cada 20 por ciento de contenidos nacionales propios o contenidos independientes.

Hay una total ausencia de la obligación de la alfabetización mediática y el dictamen ignora los mecanismos efectivos para que las recomendaciones del defensor o defensora de la audiencia se respeten.

6.-El dictamen sólo hace referencia a los tiempos de Estado que seguirán regulados por la Secretaría de Gobernación e ignora los llamados tiempos fiscales que son necesarios para difundir campañas políticas. Están dando un nuevo “regalo” a los concesionarios de televisión y radio comerciales: la posibilidad de impugnar vía amparo la inaplicabilidad de los tiempos fiscales.

7.-Se ha presumido mucho que se incorporaron los derechos para personas con discapacidad. Sin embargo, el dictamen vuelve a establecer discriminaciones claras. Propone que sólo exista subtitulaje e interpretación en lenguas de señas “en algún segmento” de “al menos uno” de los programas noticiosos. Además, se agrega un transitorio en el cual los únicos obligados a ello serán las señales que cubran más del 50 por ciento del territorio nacional y únicamente en sus transmisiones de 18-24 horas. Esto es un insulto a la sociedad y una discriminación clara a más de 5 millones de mexicanos que viven con algún tipo de discapacidad.

8.-En materia de propiedad cruzada la Constitución señala que deben imponerse límites a aquellas compañías que controlen varios medios de comunicación de radiodifusión y telecomunicaciones.

El dictamen simplemente convierte a la propiedad cruzada en un elemento decorativo, con medidas insuficientes y que nunca podrán utilizarse como un medio efectivo para el combate a la concentración de los medios.

9.-Hay un claro retroceso en materia de must offer y de must carry, es decir, en la obligación constitucional de ofrecer los contenidos de televisión abierta para su retransmisión en televisión restringida, en el primer caso, y la obligación de los concesionarios de televisión restringida de incluir todas las señales de televisión abierta, comerciales o no, de manera gratuita. El dictamen propone adicionar a la Ley Federal de Derechos de Autor que esta retransmisión será gratuita, excepto por lo que hace a los derechos de autor y conexos, con lo que se abre la posibilidad de que se exijan cobros por regalías por parte de las televisoras. Esto dará paso a ignorar las disposiciones de retransmisión que establece hoy la Constitución.

10.-El noveno transitorio que se incluyó en el dictamen es gravísimo no sólo por que le permite a uno de los agentes preponderantes seguir adquiriendo y concentrando en el mercado de la televisión de paga. Lo grave de la llamada “cláusula Cablecom” es que vulnera la obligación de que el IFT realice los análisis conducentes para autorizar o no una concentración. Es un salvoconducto para legalizar el monopolio.

Estos son tan sólo algunos ejemplos más graves que consideramos vuelven anticonstitucional este dictamen. Por esta razón, insistimos, no se puede dejar pasar esta oportunidad histórica. Si no se incorporan estos cambios estaremos confirmando los peores temores de la sociedad mexicana: que sus representantes son dominados por los intereses monopólicos.

Esta es la encrucijada compañeros, senadores y senadoras. Si la desaprovechamos, las generaciones de mexicanos que vivirán bajo este régimen discriminatorio, violatorio a los derechos fundamentales, nunca se los perdonarán y esto es un verdadero retroceso histórico.

Muchas gracias