Eliminar la influencia y participación del Ejecutivo en ladesignación del Fiscal General, obligación de López Obrador: Angélica de la Peña


Boletín de Prensa

Ciudad de México, a 4 de julio 2018

Eliminar la influencia y participación del Ejecutivo en ladesignación del Fiscal General, obligación de López Obrador: Angélica de la Peña

 

Para Angélica de la Peña, senadora del PRD, resultan sorpresivas y contradictorias las recientes declaraciones de la eventual Secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, en el sentido de que López Obrador quiere la conformación de una Fiscalía General de la República independiente y autónoma, pero sin modificar el actual procedimiento de designación del Procurador General de la República, es decir, presentando a la cámara alta una terna de gente “impecable”, con un currículum y una imagen pública “a prueba de todo”, dejando en manos delSenado la decisión (sic).

 

“Esta posición contraviene la creación de una Fiscalía General de la República capaz de realizar investigaciones independientes y eficaces, toda vez que dejar en manos del titular del Poder Ejecutivo la decisión de una terna impide una actuación verdaderamente autónoma, imparcial y efectiva de las instituciones encargadas de procurar justicia y, por el contrario, genera una mayor debilidad institucional que condiciona el ejercicio de gobierno y amenaza la convivencia social, ya que en el fondo lo que subyace es una discusión trascendental sobre la viabilidad y la vigencia de nuestra democracia y es una falta a lo que señala la Constitución”, apuntó de la Peña Gómez.

 

En razón de lo anterior y con el propósito de coadyuvar en la construcción de una Fiscalía General verdaderamente independiente y autónoma, la Senadora Angélica de la Peña Gómez presentó nuevamente una Iniciativa para que sea el poder legislativo, a través del Senado, el órgano facultado para nombrar y remover a la persona titular de la Fiscalía General de la República, de conformidad con lo que establezca el artículo 102, Apartado A, de esta Constitución; que la persona titular de la Fiscalía General dure en su encargo siete años, sin posibilidad de reelección, y que pueda será designado y removido conforme a lo siguiente:

 

La persona titular de la Fiscalía General de la República será designada por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Senado de la República. La ley determinará los procedimientos y los plazos a seguir para integrar y procesar las propuestas que se presenten ante la propia Cámara.

 

La elección de la persona titular de la Fiscalía General de la República se ajustará a un procedimiento de consulta pública que deberá ser transparente, en los términos y condiciones que determine la ley.

 

La persona titular de la Fiscalía General sólo podrá ser removida de sus funciones con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Senado de la República, por las causas graves que establezca la nuevs ley o en los términos del Título Cuarto de la Constitución.

 

La Fiscalía General contará, al menos, con las fiscalías especializadas en materia de delitos electorales, de combate a la corrupción y contra violaciones graves a derechos humanos, cuyos titulares serán nombrados y removidos por la persona titular de la Fiscalía General de la República, con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Senado de la República, en el plazo y bajo los procedimientos que fije la ley.

 

La ley establecerá las bases para la formación y actualización de los servidores públicos de la Fiscalía, así como para el desarrollo de la carrera profesional de los mismos, la cual se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos. La persona titular de la Fiscalía General presentará anualmente a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de la Unión un informe de actividades. Comparecerá ante cualquiera de las Cámaras cuando se le cite a rendir cuentas o a informar sobre su gestión. La persona titular de la Fiscalía General de la República y sus agentes, serán responsables de toda falta, omisión o violación a la ley en que incurran con motivo de sus funciones.

 

La legisladora resaltó que el previo nombramiento del Fiscal General, la nueva legislatura deberá abrir el debate con la sociedad civil, los especialistas y la academia, a fin de elaborar la nueva Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República.

 

“Debe eliminarse por completo la influencia y participación del Poder Ejecutivo como condición necesaria para garantizar la autonomía e independencia de la Fiscalía General de la República y sentar las bases para un nuevo esquema de control político constitucional que no esté subordinado al conflicto entre poderes”, concluyó la senadora Angélica de la Peña.

 

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