De aprobarse este dictamen, será una de las decisiones más absurdas en materia económica: Luis Sánchez Jiménez


Luis Sánchez

· En esencia, esta reforma propone: Un Presidente dueño y gerente, que administra los intereses de las empresas privadas petroleras, sobre todo extranjeras, en vez de una visión de Estado que fortalezca los intereses generales del desarrollo nacional y la soberanía del país.

· Se transita, en los hechos, la cadena de valor del monopolio público al monopolio privado, principalmente de las empresas trasnacionales. Pemex perderá no solo la exclusividad sino la preponderancia en la mayor parte de los procesos y funciones que realiza, y que pasarán a ser responsabilidad de la CNH y al FMP.

· De acuerdo con ello se fortalecerá el imperio del capital financiero especulativo o extractivo, sobre el capital productivo.

· Se convierte progresivamente a Pemex en una institución administradora de contratos. Dejará de ser una paraestatal productiva.

· La renta que se apropiarán las empresas privadas será enorme, sobre todo si aprovechan la oportunidad para obtener los máximos beneficios de la manera más rápida posible, lo cual implicaría un agotamiento mucho más vertiginoso de las reservas petroleras, sin que ello implique un estímulo a la economía nacional, tal y como sucede ahora. Privilegia la estabilidad financiera, pero no la inversión en actividades productivas

· No hay ninguna garantía de que bajen los precios de los productos derivados del petróleo para la mayoría de los mexicanos, principalmente de la gasolina y la energía eléctrica.

· Bajo esta lógica de rapaz extracción es probable que en 10 años México no sea energéticamente sostenible.

Intervención del Senador Luis Sánchez al argumentar voto particular
Senadoras y Senadores:
La nueva Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos modifica sustancialmente el régimen fiscal de este tema en México, pero no cambia el sistema expoliatorio que hasta el día de hoy se le ha aplicado a Petróleos Mexicanos. Por el contrario lo agudiza a partir de una serie disposiciones que van en contra de la competitividad de PEMEX.
Para muestra un botón. Esta Ley, establece una estrategia de comercialización del petróleo crudo que beneficiará a coyotes y contratistas, desplazando a Petróleos Mexicanos Internacional, filial de PEMEX con gran experiencia en el mercado mundial de hidrocarburos.

PMI, empresa paraestatal, con carácter de sociedad anónima de capital variable, con más de veinte años de experiencia, supervisada y controlada por la Secretaría de la Función Pública, es el ente comercializador de petróleo crudo en los mercados internacionales y adquiere de Pemex Exploración y Producción el balance entre el crudo producido y el consumo nacional para su venta.
A nivel mundial, PEMEX/PMI Comercio Internacional es reconocido como un suministrador confiable, estableciendo relaciones permanentes y mutuamente benéficas con sus clientes. Tiene firmados contratos con cerca de 25 clientes en toda América, Europa, Oriente y el resto del mundo, para comercializar nuestro crudo Maya, Istmo, Olmeca y Altamira.
En 2012, colocó en el mercado internacional 1.26 millones de barriles día (MMbd) según los Indicadores Petroleros de PEMEX, equivalentes al 49.3% de la producción total de crudo, lo que ubica a México en la posición número 12 como país exportador de crudo, de acuerdo a información del Oil Market Report de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP).
Además, comercializa, entre otros, gasolinas, destilados intermedios, residuales, líquidos del gas y productos petroquímicos en los mercados de América, Europa y Lejano Oriente.
Optimiza el valor de la comercialización, monitoreando al nivel mundial los arbitrajes (diferenciales de precios) entre oferta y demanda de hidrocarburos, para aprovechar las oportunidades de negocio entre los distintos mercados.
Adicionalmente, realiza operaciones con terceros para la compra y venta con contrapartes distintas a Pemex, para brindar flexibilidad y posicionarse estratégicamente.
Dada la complejidad del suministro de combustibles, diseña estrategias de comercialización: tales como contratos a largo plazo y spot (ocasionales), tanto con refinadores y comercializadores de productos terminados, como de hidrocarburos base, que se mezclan para lograr las especificaciones requeridas en México y otros mercados. Además, coordina la logística de hidrocarburos, realizada por medio de buques-tanque, ductos, autos-tanque, carros-tanque, contenedores, etcétera.
Será, de aprobarse este dictamen, una de las decisiones más absurdas en materia económica y de graves consecuencias al interés nacional; desplazar a PMI de su función de único comercializador del crudo mexicano. Corremos el riesgo de perder el posicionamiento estratégico y la rentabilidad de esa empresa, así como valiosos ingresos que benefician al erario público; y todo ello a cambio de beneficiar a los comercializadores privados, personas físicas o morales, con un opaco marco jurídico de licencias y contratos que abre las puertas de par en par tanto a la especulación, como a las malas prácticas comerciales y a la corrupción. Con esta reforma legalizaran el coyotaje en la comercialización del petróleo crudo.
Es indispensable que el Estado mantenga el control de la comercialización del crudo. Pemex tiene una mayor capacidad no solo de incrementar la producción si no de hacerlo a menores costos, fortaleciendo su innovación tecnológica, que es la fórmula necesaria para incrementar la renta petrolera. Es decir, es la fórmula que permite al Estado fortalecer el control en la cadena de valor y, así, fortalecer sus capacidades para gobernar a favor del interés general y de la soberanía nacional, en vez de gestionar y administrar los intereses de las empresas trasnacionales y de los especuladores de crudo en el mercado internacional.
Seamos claros:
El principal problema de la estrategia o del modelo de desarrollo de México no es, como quieren hacernos creer, la situación del sector energético, si no que el capital financiero, sobre todo especulativo o parasitario, predomina sobre el capital productivo. La exportación de capital de origen nacional, tanto financiero como productivo, se ha incrementado; así como una creciente deuda pública total (externa e interna).
La debilidad del capital productivo se demuestra en la aportación al PIB, tanto del sector primario (agropecuario) como del secundario (industrial), acompañada de unas muy precarias políticas de infraestructura productiva, investigación científica, desarrollo tecnológico, ambiental y de recursos naturales, así como una fuerte inseguridad pública. Todo ello significa un bajo crecimiento del PIB en tres décadas: promedio anual de 2%. Y peor aún: 1.1% en 2013 y 2014. Ello en un entorno de un débil mercado interno y de desigualdad económica y social: Informalidad laboral, bajos salarios, pérdida del poder adquisitivo, incremento de la canasta básica y la canasta alimenticia recomendable (CAR), persistencia de la pobreza.
Estamos a todas luces ante una reforma inconstitucional, que vulnera no sólo el sentido original del texto de 1917 sino la propia reforma constitucional en materia energética. La definición del Fondo Mexicano del Petróleo.
El diseño que se estableció en la reforma constitucional, fue el de un Fideicomiso Público no el de un Fideicomiso Público Autónomo, figura que no existe en el derecho positivo mexicano.
Dice el párrafo séptimo del artículo 28 constitucional:
«El Estado contará con un fideicomiso público denominado Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, cuya Institución Fiduciaria será el banco central y tendrá por objeto, en los términos que establezca la ley, recibir, administrar y distribuir los ingresos derivados de las asignaciones y contratos a que se refiere el párrafo séptimo del artículo 27 de esta Constitución, con excepción de los impuestos.»
Concepto que repite el artículo Décimo Cuarto transitorio de la reforma constitucional energética.
Fideicomiso Público no Fideicomiso Público de Estado como dice el artículo 5 de la propuesta de Ley.
¿Qué es un Fideicomiso Público? ¿Legalmente qué es un Fideicomiso Público?
Un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, artículos 1ro, 3ro. Fracción III, 45 y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
¿Qué dice la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo?
Que el Fondo Mexicano del Petróleo es un Fideicomiso Público que no se sujeta a las reglas de los fideicomisos de la administración pública federal.
El Congreso de la Unión, sin mediar reforma constitucional alguna y sin facultades expresas, pasando por alto lo que ordenan los artículos 28 y décimo cuarto transitorio de la Constitución, se saca de la manga una nueva figura jurídica sin control alguno: Un Fideicomiso Público de Estado, que manejará con toda discrecionalidad el Secretario de Hacienda y Crédito Público, que representa no al Estado Mexicano, sino al Presidente de la República. La ecuación resulta perfecta para el nuevo sistema político empresarial de México, un Presiente dueño de PEMEX y del Fondo que administra la Renta petrolera.

Pasando al tema de los contratos. Considerando la corrupción que existe en México, el esquema elegido para la reforma está muy lejos de ser seguro, porque una de las fuentes más grandes de corrupción en nuestro país está en la asignación de contratos públicos, en las licitaciones. Exponer un sector tan vital en las finanzas públicas a un mal tan presente en los negocios de carácter público en México es un riesgo muy grande que no vale la pena correr.
La tendencia en el mundo es justo la opuesta a la que el gobierno mexicano persigue con la reforma, su lógica está llena de objetivos que se contraponen entre sí; incluso si resultara absolutamente necesaria la participación privada, lo primero que se debería garantizar es la transparencia en la asignación de contratos y contar con un marco legal sólido que dé claridad a los derechos de propiedad. La reforma fiscal y la energética son dos caras de la misma moneda y tienen una problemática común, es ahí donde la discusión debió centrarse.
En esencia, esta reforma propone:
1. Un Presidente dueño y gerente, que administra los intereses de las empresas privadas petroleras, sobre todo extranjeras, en vez de una visión de Estado que fortalezca los intereses generales del desarrollo nacional y la soberanía del país.
2. Se transita, en los hechos, la cadena de valor del monopolio público al monopolio privado, principalmente de las empresas trasnacionales. Pemex perderá no solo la exclusividad sino la preponderancia en la mayor parte de los procesos y funciones que realiza, y que pasarán a ser responsabilidad de la CNH y al FMP.
3. De acuerdo con ello se fortalecerá el imperio del capital financiero especulativo o extractivo, sobre el capital productivo.
4. Se convierte progresivamente a Pemex en una institución administradora de contratos. Dejará de ser una paraestatal productiva.

5. La renta que se apropiarán las empresas privadas será enorme, sobre todo si aprovechan la oportunidad para obtener los máximos beneficios de la manera más rápida posible, lo cual implicaría un agotamiento mucho más vertiginoso de las reservas petroleras, sin que ello implique un estímulo a la economía nacional, tal y como sucede ahora. Privilegia la estabilidad financiera, pero no la inversión en actividades productivas
6. No hay ninguna garantía de que bajen los precios de los productos derivados del petróleo para la mayoría de los mexicanos, principalmente de la gasolina y la energía eléctrica.
7. Bajo esta lógica de rapaz extracción es probable que en 10 años México no sea energéticamente sostenible.
Por todo ello, compañeras senadoras y senadores solicito su voto en contra de dictamen.