Consolidar las reformas constitucionales hasta que toda autoridad respete los derechos humanos irrestrictamente: De la Peña Gómez


Angélica de la Peña

Intervención de la Senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del PRD, durante la presentación del «Diagnóstico de la Implementación de la Reforma Constitucional de Derechos Humanos de 2011».

Angélica de la Peña Gómez (ADLPG).- Buenas tardes a todas y a todos los asistentes.

Señor Secretario, Miguel Ángel Osorio Chong, Secretario de Gobernación, bienvenido al Senado de la República, igual a todas y todos ustedes bienvenidos a este espacio del Senado de la República; señor presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, señor José González Morfín; señor presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, señor Raúl Cervantes; señora ministra, Olga Sánchez Cordero, bienvenida, nos da mucho gusto que haya venido que finalmente haya podido resolver su agenda para poder acompañarnos, sabemos de su gran esfuerzo; señor presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Doctor Raúl Plascencia; señor Felipe Solís, enlace legislativo de la Secretaría de Gobernación; y por supuesto, a mi colega , la diputada Miriam Cárdenas, presidenta de la comisión de Derechos Humanos; y por supuesto, también bienvenida a la subsecretaria Lía Limón.

Ho y presentamos el Diagnóstico de la Implementación de la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos a tres años de su promulgación. Los tres Poderes de la Unión que signamos este documento, establecemos lo que hemos hecho y lo que está pendiente emprender desde nuestro ámbito para cumplir con nuestro mandato y garantizar a todas las personas la más amplia protección, consagrando como (inaudible) fundamentales la interpretación conforme y el principio pro persona.

Los once artículos reformados en junio de 2011, constituyen un nuevo enfoque en materia de derechos humanos porque se sustentan en el control de la convencionalidad; las autoridades deberán conocer, de aplicar, las normas del derecho internacionales para que cuando existan distintas interpretaciones de una norma jurídica, se elija siempre la que niñas beneficie a la persona.

A lo anterior, debemos sumar que todas las autoridades, el ámbito de sus respectivas competencias, tiene la obligación de promover, proteger, garantizar y respetar los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

La instrumentación y el éxito de este nuevo paradigma, que constituye un parte aguas en nuestro marco jurídico, dependen precisamente de la actuación cotidiana y de su aplicación sistemática por parte de todas las autoridades de los tres Poderes y de los tres niveles de gobierno y, por supuesto, de todos los organismos constitucionales y de la sociedad, que debe coadyuvar en la construcción de este nuevo Estado de derecho.

Ahora, el gran reto es que todas las autoridades, que todas las personas con algún tipo de responsabilidad en el servicio público, apliquen en todas sus actuaciones el enfoque de derechos humanos y ejerzan su responsabilidad de coadyuvar activamente a garantizar la protección efectiva de todos los derechos de todas las personas sin discriminación de ningún tipo.

Y es aquí donde se encuentra el principal reto de la implementación de la reforma constitucional , ¿cómo deben traducir, interpretar y aplicar -en el ámbito de sus competencias- el nuevo mandato constitucional, los Poderes ejecutivo, Legislativo y Judicial, en los ámbitos federal, local y municipal? ¿cómo lograr que todas las autoridades, que todas las personas con algún tipo de responsabilidad en el servicio público, apliquen en todas sus actuaciones el enfoque de derechos humanos y ejerzan su responsabilidad de coadyuvar activamente a garantizar la protección efectiva de todos los derechos, de todas las personas sin discriminación de ningún tipo y bajo ninguna índole?

Encontrar la respuesta desde el Poder Legislativo a las interrogantes anteriores, no ha sido fácil, a tres años de distancia de la entrada en vigor de la reforma constitucional, es necesario reconocer que el incumplimiento en el que incurrió el Congreso de la Unión al no expedir a tiempo diversas leyes reglamentarias, tal y como estaba establecido en los artículos transitorios del decreto de la reforma constitucional, se encuentra íntimamente relacionado con la complejidad de traducir en disposiciones normativas más amplias, pero también más claras y concretas, los postulados fundamentales y los principios que inspiraron y dieron sustento a la reforma constitucional, tomando en cuenta también a la sociedad que representamos y lo que nos reclama también atender.

Hoy podemos definir con justicia que la LX Legislatura que concretó el primer tramo de la reforma constitucional es una Legislatura gloriosa. Nos han dejado (inaudible) por tan serios mecanismos institucionales de la Ley General de Víctimas; lograr que el Sistema Educativo Nacional , su enfoque de derechos humanos sea lo ordinario; implementar adecuadamente la protección de quienes buscan asilo o refugio; el reto que significa el respeto irrestricto de los tratados en materia de derechos humanos que aprobamos; la atención y formación de autoridades para que puedan garantizar el principio de reinserción social en materia de ejecución de sanciones penales; concretar la aprobación de los dictámenes de las leyes reglamentarias de los artículos 29 y 33; garantizar que los organismos autónomos de derechos humanos estén en el más alto nivel de aprobación por la relevancia de su encomienda, y en particular, la Comisión Nacional de Derechos Humanos con sus nuevas atribuciones; repensar como ámbito legislativo qué reformas es necesario implementar para garantizar (inaudible)las dificultades que observamos en quienes deben aplicar estos preceptos, sin duda es un pendiente que nos ocupa.

En los fundamentos de reformas a las legislación es recurrente esgrimir los conceptos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. A partir de junio de 2011 invocamos nuestra reforma en materia de derechos humanos, así ha sido con la ley de amparo; con el Código de Justicia Militar; con la Ley contra la Discriminación; la Ley contra la Tortura; con diversas leyes que tienen que ver con los derechos de las mujeres en esta búsqueda; con el reconocimiento de que niñas y niños sea reconocidos como sujetos de derechos; a no discriminación por orientación sexual o identidad de género; atender a quienes hoy reclaman por la desaparición forzada de personas; a quienes siguen pugnando porque se garantice la protección irrestricta del Estado de periodistas y defensores de derechos humanos, etcétera, etcétera.

Este es el nuevo contexto jurídico constitucional en el que el Senado de la República habrá de enmarcar y sustentar sus trabajos en esta Legislatura y en la Legislatura consecuente.

En consecuencia, las y los senadores de la República asumimos la responsabilidad -aquí me acompañan las dos senadoras que constituyen la mesa directiva de la comisión de Derechos Humanos que yo presido, la senadora Lucero Saldaña y la senadora Adriana Dávila- y por supuesto, desde nuestra comisión y las comisiones, siempre con el acompañamiento desde la mesa directiva del Senado, seguir construyendo y consolidando estas reformas que garanticen que los actos de los poderes públicos del Estado se ajusten a los estándares de el derecho internacional de los derechos humanos y de nuestra Constitución.

Este diagnóstico no es un punto final, sino de partida y está a disposición de todos ustedes.

Muchas gracias.