Versión de la participación del senador del Grupo Parlamentario del PRD, Marco Trejo Pureco, para hablar a favor del proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de subcontratación laboral


Ciudad de México, 20 de abril de 2021.

 

Con su permiso, presidenta. Compañeras senadoras, compañeros senadores. Para el Grupo Parlamentario del PRD, es motivo de satisfacción participar en esta votación histórica en la que aseguramos mejores condiciones de trabajo para las y los mexicanos.

La búsqueda de la justicia laboral ha sido una de las banderas que han guiado al PRD. Esta lucha ha estado presente en su raíz, gracias a la presencia de dos importantes agrupaciones que llevaron esta causa, me refiero al antiguo Partido Mexicano de los Trabajadores (PMT) y al Partido Socialista de los Trabajadores (PST).

Siguiendo este espíritu, desde febrero de 2020, el Grupo Parlamentario del PRD envió sus comentarios a las Comisiones Unidas de trabajo y Estudios Legislativos Segunda, con sus inquietudes sobre el tema que se debería establecer un régimen que no prohibiera de manera absoluta la subcontratación. Es decir, que existiera un régimen que se enfocara en combatir aquella que se utilizaba como una simulación para evadir las obligaciones de seguridad social de las personas trabajadoras y de contribución al erario.

Desde el Grupo Parlamentario se pugnó porque las empresas, los terceros, que contrataban trabajos especializados mediante modelos de subcontratación, tuvieran las herramientas para poder verificar que las empresas de las que iban a contratar estos servicios cumplieran de manera cabal con sus obligaciones con las personas trabajadoras, con sus garantías y obligaciones fiscales.

De esta forma, celebramos que parte de estos planteamientos, se recojan en el dictamen que se pone a nuestra consideración. La discusión de hoy, reforma ocho ordenamientos con el objeto de acotar la regulación de la subcontratación, el famoso outsourcing y evitar que esta figura se utilice para evadir obligaciones laborales y fiscales por parte de las empresas.

Hoy, ponemos a las poco más de cinco millones de personas trabajadoras contratadas por esta modalidad, al centro de este proceso legislativo. Con esta reforma, dejamos claras tres cosas: Número uno, prohibir la subcontratación de personal para desempeñar labores relacionadas directamente con el giro de las empresas beneficiarias; número dos, regular la subcontratación de servicios especializados distintos de la actividad económica preponderante de la empresa contratante, siempre y cuando se inscriban en el padrón público y estén al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social, y número tres, reconocer el derecho de las personas trabajadoras a participar en el reparto de utilidades.

Asimismo, se deja claro que debe realizarse un registro ante la Secretaría del Trabajo y la inscripción al padrón público de las empresas de subcontratación de servicios y obras especializadas. De igual forma se establece la responsabilidad solidaria en caso de incumplimiento, y el otorgamiento de un plazo de tres meses para que los trabajadores subcontratados se incorporen a las empresas.

En este sentido, votaremos a favor de este dictamen, extendiendo un reconocimiento al Ejecutivo, al sector empresarial y al sector sindical, por retomar estas cuestiones puntuales en su acuerdo amplio y el cual sustenta esta reforma, para el bien de las y los trabajadores de México. Sin prejuicio de lo anterior, consideramos que existen detalles en el dictamen que pueden mejorarse para llevar a una mejor regulación y aplicación de la ley en esta materia.

Por ello, señalamos algunos aspectos de las reservas que presentaremos, la primera es referente al plazo que se les da a las empresas para obtener el registro. Asimismo, planteamos una reserva para darle a la Secretaría del Trabajo la atribución expresa de manejar y operar el registro que se plantea en esta reforma, en tanto se omite esta importante facultad en la redacción propuesta.

Presentaremos una reserva para adecuar la redacción del Artículo 29 Bis. para señalar de manera precisa que la información de las personas trabajadoras va a estar protegida, al igual que sus datos personales. Finalmente presentaremos una reserva al Artículo 81 del Código Fiscal de la Federación, que equipara la omisión de entregar la documentación a terceros a una infracción al pago de contribuciones, lo anterior, dado que las infracciones al pago de contribuciones solo pueden darse respecto de atribuciones del fisco.

No me resta más que felicitar a las Comisiones Unidas por este dictamen, estamos convencidos que damos un paso adelante en el cumplimiento de mejores condiciones de trabajo, de seguridad, desarrollo profesional y personal de millones de personas trabajadoras en este país. Estaremos pendientes de su implementación y continuaremos la lucha en los sectores que aún no conocen la justicia laboral. Por su atención, muchas gracias.