Versión de la entrevista al Coordinador del GPPRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa


Ciudad de México, 08 de agosto del 2022.

 

P: Buenas tardes, senador, para conocer su opinión sobre el decreto que anunció el presidente para integrar la Guardia Nacional a la SEDENA.

R: Mira, yo considero que, sin duda el Ejecutivo Federal, tiene la facultad del artículo 89 fracción primera, su facultad de expedir todos los reglamentos, de expedir todos los decretos que sean necesarios para la exacta observancia de las leyes es indiscutible y esa es su facultad, es una facultad propia, exclusiva del Ejecutivo, una facultad reglamentaria, pero ir en contra de la Constitución me parece que rebasa esa esa facultad. No sé exactamente en qué contexto se esté pretendiendo elaborar este decreto, no sé exactamente qué es lo que vaya a decir, pero hoy el artículo 21 constitucional, lo que señala es que, de la Guardia Nacional es una institución de carácter civil, eso no puede cambiar con un decreto, porque está en un artículo constitucional.

P: En caso de que se pretenda militarizar a la Guardia Nacional, ¿Se puede presentar una controversia ante la Suprema Corte?

R: Bueno, en caso de que se diera un decreto que vaya en contra de esta disposición constitucional, que obviamente puede haber acciones de inconstitucionalidad. Obviamente sí puede haber medios de impugnación y pueden ser diversos los medios de impugnación.

P: El PAN anunció que, en caso de que así sea, ellos lo harían, ¿Ustedes se sumarían a esto?

R: Pues obviamente nosotros tenemos que revisar exactamente el contexto, pero lo que no se puede dar es una violación a la Constitución. Nosotros no podemos estar a favor de que hubiera una violación a la Constitución, porque aquí, cuando se construyó con todo el consenso del Senado, se determinó que así sería la Guardiana Nacional.

P: Otros senadores advierten de que hay un riesgo de que este decreto funcione como “patear el bote” 2 años más, dado que ya llevan varios temas que en la Suprema Corte se han atrasado en resolver.

R: Bueno, sin duda, por eso te decía, no sé cuál vaya a ser la redacción o qué es lo que se pretenda con el decreto, pero bien lo que podría suceder y ese es una parte reglamentaria que tiene el Ejecutivo Federal, es que se vaya a referir a la Ley de la Guardia Nacional, o sea, con esa facultad reglamentaria y en esa facultad reglamentaria se haga una adscripción, refiriéndose a la ley. Obviamente, ¿Qué es lo que va a generar? Pues va a generar que se impugne y va a generar un tiempo, que no va a ser inmediato, para que sea resuelto, efectivamente.

Muchas gracias.