Versión estenográfica de la intervención en tribuna, del senador Antonio García Conejo, del Grupo Parlamentario del PRD, en torno a la propuesta para reformar y adicionar diversos artículos de la Ley de Propiedad Industrial, a fin de incorporar el concepto de indicador geográfico. 


 

 Ciudad de México, 1 de noviembre de 2018

 

Versión estenográfica de la intervención en tribuna, del senador Antonio García Conejo, del Grupo Parlamentario del PRD, en torno a la propuesta para reformar y adicionar diversos artículos de la Ley de Propiedad Industrial, a fin de incorporar el concepto de indicador geográfico. 

 

Antonio García Conejo (AGC): Muchas gracias señor presidente, con su autorización y demás integrantes de la Mesa Directiva; queridas senadoras, senadores; medios de comunicación. Queridas amigas y amigos, compatriotas. 

 

Hoy la iniciativa que presento ante todos ustedes, es una iniciativa que considero de gran calado porque si de algo padece nuestro querido país, México, pues es de empleo. 

 

El principal reclamo que encontramos y seguramente ustedes no me van a dejar mentir, cuando recorren las comunidades, los pueblos y las colonias, lo que más la gente te dice: denosoportunidad, queremos trabajar, queremos que nos den esas herramientas para poder tener lo básico para nuestra familia”. Entonces, es el trabajo, el trabajo y el trabajo. 

 

Obviamente, ese trabajo debe de ser remunerado, bien remunerado, debe ser un ingreso digno. Ante esa situación que padece nuestro país, con prácticamente 50 millones de pobres y según el INEGI, de esos 50, más 52, 20 viven en extrema pobreza. 

 

Ante ese panorama que vive nuestro país y siendo México un país rico en recursos naturales, en tradiciones, en cultura, en su gente creativa, pues hay que brindarles las herramientas necesarias para que nuestros hermanos indígenas, artesanos, la micro y la pequeña empresa, la mediana empresa, pueda fortalecer su actividad lo que elabora pueda tener, pues garantía de calidad y pueda por supuesto, traer como consecuencia un mejor ingreso para el pequeño, el mediano, el micro empresario. Esto genere fuente de trabajo y por supuesto, que su producto tenga calidad y tenga identidad. 

 

Para esto queridas amigas y amigos –senadoras, senadores–seguramente les va a sonar mucho la palabra denominación de origen o les va a sonar mucho la palabra del mezcal, del tequila, del queso Cotija hablando de mi querido estado de Michoacán—, el cabrito –allá en Monterrey– por supuesto, el mezcal de Oaxaca, de Michoacán y de Durango, por supuesto también. 

 

Así es que ante esto que menciono, queridos amigos y amigas senadores, propongo lo siguiente, muy rápido, porque son muchos artículos los que se estarían adicionando a la Ley de Propiedad Industrial. 

 

En materia de propiedad industrial las denominaciones de origen tienen un importante valor económico en el mercado internacional, que permite fortalecer las inversiones productivas y comerciales de un país, sobre todo si, como México, presenta una gran riqueza natural que propicia la expresión de técnicas y procesos tradicionales en la elaboración de sus productos en diferentes regiones.

 

De manera que son de calidades únicas y en virtud de su origen geográfico. Además porque condensan importantes valores tradicionales y culturales.

 

La distinción del lugar de origen permite otorgar valor de pertenencia, al mismo tiempo que identifica al país en su conjunto.

 

Esa es la razón por la que el Estado Mexicano, al igual que los de otros países, han formulado los marcos legales para su protección con sustento en referentes de carácter internacional. 

 

Le voy a pedir al presidente si me autoriza pasarme un minuto y medio porque no voy a alcanzar a exponer un poco lo que contiene esta propuesta.

 

Gracias, el propósito general de regular la denominación de origen, ha sido fomentar y beneficiar la organización del sector productivo, facilitar el acceso de productores y comercializadores a los mercados nacionales, internacionales.

 

Mejorar la difusión, el impulso y la oferta del producto protegido a nivel regional, nacional, internacional y propiciar un marco legal de defensa y protección del producto contra la simulación. 

 

En este sentido, es importante señalar que la certificación de origen y calidad son requisitos demandados por los consumidores de mercados internacionales, razón por la cual, y de acuerdo con la necesidad de mejores parámetros de competencia, es fundamental crear un marco legal más completo y preciso. 

 

A la legislación de México le falta la figura jurídica queridas compañeras, senadoras y senadores–, la indicación geográfica que se aplica a productos que poseen una calidad específica derivada del medio geográfico y en el que se elaboran. 

 

La indicación geográfica es un signo utilizado para productos que tienen origen geográfico, concreto y poseen cualidades o una reputación derivadas específicamente de su lugar de origen.

 

Aplica a todo tipo de productos, solo que se distinguen por la reputación que les otorga el lugar y las técnicas empleadas en su elaboración. 

 

Su objeto es proteger y destacar las cualidades específicas de un producto que sean consecuencia de factores humanos propios del lugar de origen, tales como conocimiento, tradiciones, técnica de fabricación, entre otros. 

 

El tipo de producto va acompañado del nombre del lugar donde se produce, que lo distingue de otros similares, un ejemplo claro es el caso de México, el caso de Michoacán, el queso de Cotija, lo que pretende la reforma orientada al reconocimiento de indicaciones geográficas, es otorgar el beneficio de uso exclusivo a quienes elaboran ciertos productos típicos y que se encuentran asentados en una demarcación correspondiente. 

 

Para ello, explicare rápidamente cuatro razones, queridos senadoras y senadores. Primero, mejorar la regulación existente a fin de otorgar protección adecuada a productos típicos y a sus productores, lo que debe repercutir en beneficiar la conformación de cadenas productivas en el país. 

 

Dos, otorgar a las comunidades del país, especialmente a las comunidades indígenas y rurales, la opción de integrarse a esquemas de beneficios que inician con el reconocimiento a su identidad cultural por vía de excepcionar a su favor el empleo de sus indicaciones geográficas. 

 

Tres, actualizar el marco normativo del país en materia cultural y económica, de acuerdo con los estándares internacionales, lograr para la producción para los productos típicos mexicanos por vía de reciprocidad internacional, mejor protección en el extranjero. 

 

Cuarto, permitir la conformación de mecanismos de administración y control de calidad relacionados a productos distinguidos en indicaciones geográficas, tales como: normas oficiales y consejos reguladores que influyan en el mejoramiento y observancia de métodos productivos y niveles de calidad. 

 

Quinto, desarrollar las normas y estándares que regulen método de producción y de calidad en los productos.

 

De la manera que a la par, administrar estas ventajas a favor de las empresas, y que los consumidores se vean igualmente beneficiados por una mejor regulación. 

 

En razón de lo anterior, la presente iniciativa de proyecto de decreto reforma y adiciona diversos artículos del Capítulo Segundo, del título Cuarto a propósito de proteger y dar ampliamente la exclusividad a las marcas colectivas y del Capítulo Primero, del título Quinto de la Ley de Propiedad Industrial.

 

A la vez que se adiciona el Capítulo Segundo y se corre la numeración del siguiente que ahora es la tercera, y también se reforma con el objetivo de incluir la figura jurídica de indicador geográfico.

 

Por su atención, muchísimas gracias queridas senadoras y senadores.