Versión del coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el Artículo 26 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.


Ciudad de México, 11 de diciembre de 2019

*Versión del coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el Artículo 26 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.*

Gracias presidente, compañeras senadoras, compañeros senadores, hoy el Grupo Parlamentario del PRD presenta una iniciativa de un tema sustancial en el combate a la inseguridad, un tema que se vincula con el uso de armas de fuego, concretamente en esta iniciativa nos referimos al otorgamiento de la licencia de portación de arma, conocemos de sobra las consecuencias de la legislación laxa en materia de portación de armas de fuego, lo que sucede en Estados Unidos, lo que ha dejado a muchas personas heridas y por supuesto también ha cobrado vidas humanas.

Ya en otra ocasión, en otras oportunidades el Grupo Parlamentario del PRD ha planteado iniciativas referentes al tráfico ilícito de armas, a aumentar las penas por el uso ilegal de armas de fuego, a la necesidad del registro de armas extraviadas, robadas, destruidas, así como al tema de la importación y exportación de las propias armas de fuego.

Hoy quiero llamar su atención porque nos vamos a concentrar en la licencia de portación, hoy, para tener una licencia de portación de arma de fuego, dentro de los requisitos del Artículo 26 se señala “no haber sido condenado por delito cometido en el empleo de armas”, entonces, es muy restringido pues, se pudo haber cometido cualquier delito sin emplear armas de fuego.

Les voy a poner algunos ejemplos, miren, los registros de homicidio doloso del Secretariado Ejecutivo 2019, homicidio doloso, 22 mil, de los cuales solo 15 mil se cometieron con armas de fuego, quiere decir que el universo de dos mil 150 con arma blanca, tres mil 898 con otros elementos y 597 que no se especifican, no serían óbice para obtener una licencia de portación.

Lo mismo en el caso de lesiones dolosas, lo mismo en el caso de feminicidio, se podría cometer feminicidio y no sería un obstáculo para obtener una portación de arma de fuego y así podría seguir yo con todo el catálogo de delitos, hasta los de violencia familiar, cualquiera, el que ustedes consideren, mientras no apareciera el elemento de arma de fuego.

Entonces, lo que estamos proponiendo en el grupo parlamentario es la modificación a este Artículo 26, en el inciso D, para que diga “no haber sido condenado por delito doloso”, es muy diferente a “no haber sido condenado por delito cometido con el empleo de armas”.

Así que hoy llamo la atención de todos los grupos parlamentarios para que sumemos esfuerzos en esta tarea de despistolizar a nuestro país, a la sociedad civil, despistolizar a la sociedad civil y estoy convencido que con eso se van a reducir muchos de los índices de violencia en una buena parte, no es la única solución pero en una buena medida.

Tenemos una legislación muy laxa en materia de portación de armas de fuego, hoy es la propuesta del grupo parlamentario del PRD, sustituir esta mención del inciso D del Artículo 26 para que se refiera a cualquier delito doloso, no necesariamente delito cometido en el uso de armas de fuego.

Es cuanto presidente, muchas gracias.