Versión del coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa, en la Comisión de Salud.


Ciudad de México, 25 de abril de 2019

? Versión del coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa, en la Comisión de Salud.

? Primera intervención

Muchas gracias presidente, muy buenos días a mis compañeras senadoras, a los compañeros senadores que nos acompañan. Les agradezco muchísimo la oportunidad de poder dirigirme a esta comisión y hacer los siguientes comentarios en relación a esta opinión que se ha solicitado.

Nosotros estamos planteando esta incorporación en el artículo cuarto constitucional, dado que hasta ahora la Constitución de manera expresa señala que toda persona tiene derecho a una vida digna y eso está muy bien, es protegido como un derecho humano, este concepto dignidad, del desarrollo de su vida.

Sin embargo también en este mismo desarrollo nos encontramos con la fase terminal y en esa, en la fase terminal, advertimos nosotros que ha habido, en muchos de los casos, un alejamiento de este mandato de dignidad que lleva hasta el final de los días de una persona.

Es por eso que el desarrollo mismo de la práctica médica, y aquí hay expertos que lo conocen de manera directa, se han emitido diversas disposiciones en la Ley General de Salud, se han establecido acuerdos por parte del Consejo de Salubridad General, se han ido buscando las formas de llegar hacia esta parte de la dignidad de las personas en el momento de llegar a la etapa terminal.

Lo que nosotros estamos planteando y que ha quedado en la redacción final, es que toda persona tiene derecho a la protección de su salud en condiciones de dignidad. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud, incluyendo los cuidados paliativos multidisciplinarios ante enfermedades en situación terminal, limitantes, amenazantes a la vida, así como la utilización de medicamentos controlados.

Quiere decir que con esto, la propia Constitución, desde su esfera de mandato supremo, estará dando los lineamientos para todas las leyes secundarias, para todas las disposiciones de esta obligación de cuidar que ese momento final llegue en condiciones totalmente de dignidad.

¿Por qué? Miren, por ejemplo, les voy a leer lo que se publicó en 2018, precisamente por el Consejo de Salubridad.

Dice: La presencia de dolor en pacientes paliativos, se reporta en un 51 por ciento y la disnea en 38 por ciento de los pacientes. La morfina es por mucho el opioide mayormente prescrito en estos pacientes. Los incrementos inadecuados de los opioides pueden provocar mioclono, alucinaciones y delirio.

Controlar esos síntomas en una etapa temprana, es una obligación ética para aliviar el sufrimiento y respetar la dignidad de las personas. Lo anterior deriva del respeto a la dignidad de la persona y el cuidado de la salud en forma continua y responde en forma adecuada a circunstancias en que esta población nace, crece, vive, trabaja, envejece y muere.

Quiere decir que este concepto de dignidad no tenemos por qué limitarlo solamente al desarrollo de la vida, sino lo que estamos diciendo, en esta etapa que es muy importante, también cuidar esa parte de la dignidad.

Que en todas las entidades de la República Mexicana se pueda disponer de los cuidados paliativos. Que en todas las entidades de la República Mexicana se pueda disponer de los medicamentos para llegar a este trato digno, me parece que es fundamental.

Dentro de los indicadores que se manejan aquí, se habla por ejemplo de la calidad de atención del paciente-familia, que eso una relación también muy importante llegados a esos momentos y quienes lo hemos vivido de cerca sabemos de la relevancia que tiene.

Y ojalá con esta Reforma Constitucional y con la adecuación a ella de los marcos normativos, en el caso personal, ojalá y yo estuviera en esta posibilidad de entender que todo el marco normativo de mi país va a estar en sintonía para llegar a un momento final con dignidad, que esto es de lo que se trata precisamente.

Simplemente también señalarles que esto que estamos apuntando y la insistencia en el concepto, tiene su sustento.

¿Por qué cuidados paliativos? Les voy a leer otra de las consideraciones que se establecen aquí, se dice: Se consideran los cuidados paliativos como un derecho humano, al cual todos los mexicanos y las mexicanas tendrán acceso sin distinción de ninguna clase. La falta de provisión de los mismos por parte de las instituciones se considera un trato inhumano, cruel y degradante.

Es decir, estas son algunas de las consideraciones y de los fundamentos que dieron pie a esta iniciativa, buscando simplemente esta adición, que tengamos el cuidado, que tengamos esta prolongación obligatoria de cuidar la dignidad de las personas hasta el momento de su muerte.

Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias por la oportunidad.

? Segunda intervención

Cuando se planteó en la Constitución de la Ciudad de México el debate en el que participaron todas las fuerzas políticas, las que están hoy representadas aquí en el Senado, más los académicos, más el grupo redactor, más los planteamientos del grupo asesor.

En la Constitución de la Ciudad de México tenemos ya, tanto esta parte de la muerte digna, referida así, como muerte digna, como la otra que es voluntad anticipada.

La voluntad anticipada tiene que ver con el concepto que se conoce como eutanasia pasiva. ¿Qué quiere decir esto? Que llegado el momento donde la vida se prolonga artificialmente, yo decido que esto no sea así, yo tomo la decisión de que no sea así, pero esa es mi voluntad anticipada que queda plasmada, queda por escrito.

Yo no quiero vivir de manera artificial. Los que hemos tenido algún familiar cercano, donde ya no hay respuestas, sino se mantiene con un respirador artificial, se mantiene, vamos, con eso que es la vida artificial, hay una decisión y hay una voluntad anticipada de que no se prolongue eso, para llegar a otro concepto que se llama eutanasia.

La eutanasia prácticamente es prolongar, incluso hasta llegar a llagas y a lo que sería sufrimiento del propio cuerpo, laceraciones del cuerpo.

Esa eutanasia pasiva, lo quiero decir simplemente como un comentario, incluso la propia iglesia lo acepta, es decir, incluso desde hace mucho tiempo ha dicho, el que a alguien no se le prolongue artificialmente la vida, no tiene ningún problema con ninguna idea.

Desde el punto de vista jurídico está avanzado. Es diferente a la eutanasia activa, porque la eutanasia activa obviamente lo que se hace es que corta la vida por la decisión de una persona o lo que se puede conocer como suicidio asistido, que más bien ya es una coparticipación en una manera diferente.

Es decir, sí tenemos también este otro planteamiento, que es el de la voluntad anticipada, pero es distinto, como bien han señalado aquí los senadores y las senadoras, de lo que hoy estamos hablando.

Planteamos originalmente que se quedara muerte digna, en las comisiones donde se ha analizado no se logró el consenso para que así fuera, así avanzara, pero tenemos hoy en este planteamiento que ustedes están opinando, cuidados paliativos y lo que se dijo aquí, es decir, que no se llegue a sufrimiento del paciente.

Y una cosa muy importante que decía la Senadora Jesusa, nosotros aquí en la Ciudad de México, con el programa Médico en tu Casa, logramos que la morfina se pudiera llevar a domicilio, que no fuera indispensable que las personas, sobre todo las de más escasos recursos, tuvieran que llevar a su paciente a un hospital, que tiene que ser en un hospital donde ya se siguen protocolos en colocación de sondas, respiradores artificiales, etcétera, a fin de que no sufrieran, porque era para poder utilizar la morfina.

Entonces se utilizó aquí expresamente el uso de la morfina, para que pudiera llegar al domicilio y esa es la finalidad, que no sufra una persona en el momento de esta etapa final.

Así que yo reitero, presidente, muchas gracias por la oportunidad y a los senadores y las senadoras también mi agradecimiento.