Presenta Dolores Padierna iniciativa para garantizar paridad de género en candidaturas


VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN EN TRIBUNA DE LA VICECOORDINADORA DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD EN EL SENADO, DOLORES PADIERNA LUNA PARA PRESENTAR INICIATIVA QUE REFORMA LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES Y LA LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS PARA GARANTIZAR LA PARIDAD DE GÉNERO HORIZONTAL Y VERTICAL EN LAS CANDIDATURAS A DIPUTACIONES FEDERALES Y LOCALES

Sen. Dolores Padierna Luna: Con su venia presidente.

Compañeras y compañeros Senadores de la República:

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó el pasado 10 de marzo un Acuerdo del INE por el que se establecían criterios para garantizar la paridad de géneros tanto vertical y horizontal en las elecciones.

Se intentaba, escúchese bien, garantizar la paridad que aquí establecimos para todos los asuntos electorales. El acuerdo referido establecía varias medidas para garantizar los derechos políticos de las mujeres, criterios para respetar la paridad en sus múltiples dimensiones.

Entre sus disposiciones, el mencionado acuerdo establecía otorgar el mayor número de candidaturas a las mujeres cuando el total de puestos a elegirse fuera impar; el principio de paridad vertical y horizontal, llevado incluso a las  alcaldías y ayuntamientos; así como varios criterios que garantizan que los partidos no asignen a un solo género las candidaturas en los distritos en los que tienen menos votación.

El espíritu era el correcto. No es admisible que para decirse progresistas los partidos envíen a las mujeres a los lugares donde les es imposible.

El esfuerzo y la victoria corresponden por igual a unas y otros en todos los casos.

Nosotros, nosotras estimamos que la decisión del Tribunal favoreció una evaluación de minucias procedimentales en vez de ajustarse al enfoque garantista de nuestro artículo primero constitucional. Como sea, este asunto es demasiado importante y no debe quedar a interpretaciones, no debe haber margen para alejarnos de la democracia paritaria, razón por la que presentamos esta iniciativa.

La desigualdad por razón de género es una realidad lacerante, para muestras hay muchos  botones: el rezago social, la vulnerabilidad alimentaria, la pobreza, muchos más.

Pero, en materia política, pese a que las mujeres representamos poco más de la mitad de la población mundial, en el año 2015, solo existían en el mundo 11 Jefas de Estado, mientras que dentro de los Congresos, las mujeres constituían tan solo el 22% de sus integrantes a nivel mundial.

En México, aunque ha habido avances, son insuficientes aun.

Dentro del gabinete legal y ampliado de la Presidencia de la República, solo 6 titulares de las 30 dependencias federales que son ocupadas por mujeres.

Solo hay una Gobernadora en toda la República.

Solo hay 2 mujeres en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que está conformada por 11 Ministros.

Las mujeres representan el 42.4% de la composición actual de la Cámara de Diputados, son 212 de un total de 500.

Por su parte, el Senado de la República cuenta actualmente con la representación de 47 mujeres de 128 espacios, lo que significa un 36.7% del total.

Por tratarse de una desigualdad originaria, si no se aplican acciones afirmativas, la desigualdad se perpetúa. Esa ha sido de hecho la razón de las luchas de las acciones afirmativas de las últimas fechas  por la democracia paritaria.

La razón es elemental para quien quiera entenderla: para alcanzar la igualdad, hay que impulsar a quienes  de origen se encuentran en desigualdad.

A lo largo del siglo pasado y lo que va de éste, las mujeres hemos ido conquistando, poco a poco, nuestros derechos políticos. Remando contra corriente y derrotando prejuicios, logramos el derecho al voto, la independencia en trámites administrativos y cada vez ganamos más autonomía efectiva. En esta lucha se enmarca el objetivo de la democracia paritaria. Aspiramos a que el país sea de todas, y de todos, por igual.

Desde luego no se trata de una lucha nacional sino mundial, pero la declaración de Atenas aprobada en la primera Cumbre Europea “Mujeres en el poder” estableció en 1992 que, dado que las mujeres somos más de la mitad de la población, una democracia —para preciarse de ser tal— deberá incorporar la paridad de representación política y en las administraciones y en los Congresos.

También, en 1995, durante la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer de Beijing, los gobiernos de 189 países, incluyendo México  aprobamos la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing. En dicha declaración se trazó la guía de acción rumbo al empoderamiento de las mujeres y derechos humanos para mujeres y niñas.

La Plataforma de Acción contiene compromisos de acción en 12 áreas, y una de ellas es “la Mujer en el ejercicio del poder y la toma de decisiones”. Dentro de esta área quedó demostrado que el principal obstáculo para las mujeres en la vida pública es el diseño institucional bajo el cual los partidos políticos y las estructuras gubernamentales eligen a sus representantes.

Dentro de los acuerdos establecidos dentro de la Conferencia de Beijing está la adopción de medidas que alienten a los partidos políticos a integrar a las mujeres en los cargos públicos electivos y también en os no electivos en la misma proporción y en las mismas categorías que los hombres, es decir: la democracia paritaria exige que las mujeres estemos representadas en igualdad de condiciones no sólo en los órganos legislativos, sino también en los órganos de gobierno de la administración pública y locales y en el Poder Judicial. Se trata de una condición que es necesaria para que los intereses de las mujeres se tomen en cuenta.

La inclusión paritaria es solamente un acto de justicia mínima, elemental. No se trata de una cuota ni una concesión, se trata de derechos y de Constitución.

Sin embargo, el principio de democracia paritaria de poco valdría si no hay mecanismos que garanticen su cumplimento en los nombramientos públicos, así como en el establecimiento de criterios transparentes en la selección de puestos directivos y de candidaturas.

Es en este espíritu que proponemos que se lleven a la Ley estos cambios propuestos en materia de paridad de género, que pueden sintetizarse en dos puntos:

Primero, que se incorpore al artículo 232 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales la disposición de respetar la paridad vertical y horizontal, es decir, deberá haber paridad en las listas plurinominales, pero también entre los distritos o entidades territoriales que estén sujetos a elección. Además, se establece en el artículo 233 que cuando sea impar el número total de candidaturas postuladas por un partido político o coalición, el número mayoritario deberá corresponder al género femenino en la lógica de una acción afirmativa. Estas disposiciones se llevarán también a la Ley General de Partidos Políticos en su artículo tercero. Se darán a las autoridades correspondientes, los medios para hacer efectivas las disposiciones y, en su caso, ordenar la sustitución de candidatos.

Segundo, se incorpora, por otra parte, en un artículo 44 bis de la Ley General de Partidos Políticos, una disposición que instituye un mecanismo para revisar que no se asignen candidaturas a mujeres en distritos de baja votación, para lo que se habrá una revisión de los distritos y se dividirán en tres bloques: los distritos de baja votación, de media votación y de alta votación, después será paritario obligatoriamente la composición de las candidaturas en cada uno de estos bloques.

 

 

Estimadas compañeras y compañeros, confío plenamente en que nadie se opondrá al cambio, pues es en pro de la igualdad entre los géneros a diferencia de las razones que llevaron a diversos partidos a inconformarse con el Acuerdo del INE al respecto, esta Iniciativa favorece la certeza jurídica para los procesos subsecuentes.

Si todos hemos aprobado el principio de paridad, todos aprobaremos las disposiciones para llevarlo a la realidad.

Este compromiso debe ser de largo aliento, de alto alcance y confío en ello.

Muchas gracias.

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