PIDE MAM GARANTIZAR EL ACCESO A TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN ASISTIDA


Ciudad de México a 07 septiembre 2022.

Boletín 747

• Precisó que, tanto hombres como mujeres, tienen derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número de hijos, tal cual lo reconoce el artículo 4° constitucional
• Añadió que la reproducción asistida por inseminación debe ser consentida por ambos cónyuges

Como parte de su agenda legislativa, el Coordinador del GPPRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa, presentó en el Pleno del Senado de la República el proyecto de decreto por el cual se incorporaría al artículo 4° de la Constitución Política el derecho de acceder a las técnicas de reproducción asistida.
A propósito del inicio del periodo ordinario, el legislador perredista señaló que la reproducción asistida por inseminación debe tener obligaciones que derivan de su empleo tanto para las y los cónyuges, como para las y los hijos producto de estas técnicas.
En ese sentido, resaltó que, dada la ausencia legislativa, urge establecer consecuencias jurídicas para así dotar de reconocimiento al derecho de procrear descendencia con métodos científicos.
“La primera sala de la Suprema Corte manifestó la importancia del derecho de la identidad personal durante la niñez y agregó que la voluntad de procreación es uno de los factores determinantes para la constitución del vínculo filial del hijo o la hija, nacidos con el cónyuge o concubino. De igual forma determinó que la filiación no debe limitarse a la verdad biológica, sino debe prevalecer la voluntad expresada por ambos cónyuges o concubinarios al someterse al proceso de inseminación artificial heteróloga”, argumentó.
De esta manera, precisó que tanto hombres como mujeres tienen derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número de hijos, tal cual lo reconoce el artículo 4° constitucional.
“Estoy seguro que muchos y muchas de los que estamos aquí hemos conocido parejas que se están sometiendo a este tipo de tratamientos, mucho y muchas de los que estamos aquí hemos conocido la ilusión con la que se va a este tipo de tratamientos, pero quizá no habíamos reflexionado en el derecho fundamental que se crea respecto del niño, de la niña que pudiera ser producto de este tratamiento y del derecho de procreación que asume, solamente por voluntad, en el caso del padre”, concluyó.
Cabe señalar que, derivado de esto, también se están registrando tres iniciativas que reforman la Ley General de Salud, la Ley General de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, así como el Código Civil Federal, para fines de su análisis, el proyecto de decreto fue turnado a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos, Segunda de la Cámara Alta.