Nueva justicia laboral en México / La Crónica de Hoy


El día de ayer, el pleno del Senado de la República aprobó el dictamen de reforma constitucional en materia de justicia laboral que constituye un cambio significativo en la vida sindical de México.

La iniciativa que el Ejecutivo Federal presentó en abril de este año es la base de la reforma, pero también recoge, por ejemplo, elementos coincidentes con la iniciativa que presenté en 2012, con el aval del Grupo Parlamentario del PRD, que contenía tres puntos esenciales: la creación del Tribunal de lo Social del Poder Judicial de la Federación; la reducción de la jornada semanal de trabajo a 40 horas; y la reducción del tiempo de trabajo para los padres en la etapa de lactancia de sus hijos.

A la discusión del dictamen le precedió otra realizada en las comisiones unidas que participaron en la elaboración del mismo. En ellas, las y los senadores del Grupo Parlamentario del PRD advertimos de la intención de incorporar, sin ninguna discusión previa al respecto, una adición a la fracción décima octava del artículo 123 constitucional, que hubiese condicionado el derecho de huelga para conseguir el contrato colectivo a la demostración previa de una mayoría que, en los hechos, constituiría una negación del derecho de huelga dejando a los trabajadores a merced de los intereses patronales y en condiciones de vulnerabilidad para exigir sus demandas.

Esta pretensión existió desde 1931 en la Ley Laboral, se modificó en 1970, ésta era conocida como las “listas negras”, dado que el sindicato tenía que demostrar que tenía la mayoría y, en el momento que lo hacía, eran despedidos los trabajadores conforme a la lista para que ese sindicato no tuviera mayoría.

Lo que ocurrió hace unos días en las comisiones unidas fue una intentona que a punto estuvo de configurar el mayor golpe a la clase trabajadora, algo que el sector patronal aspira desde 1970, que ni en la reforma laboral de 2012 se logró incorporar.

Lo señalamos con precisión, de forma y de fondo, esa adición trastocaba el contenido de la reforma de justicia laboral propuesta por el Ejecutivo y entregaba a los intereses patronales la decisión de poder elegir con cuál sindicato acordar el contrato colectivo y dejaba sin efecto, en los hechos, a la nueva autoridad federal que se propone crear y que será la responsable del registro de las organizaciones sindicales y los contratos colectivos, así como también restaba importancia a la nueva competencia de los Tribunales Laborales del Poder Judicial.

Celebramos que, tras nuestros señalamientos de los riesgos de conflicto social por tal determinación, llegamos a una discusión en el pleno con una nueva propuesta de redacción que no lesiona ni vulnera el derecho de huelga y la autonomía sindical.

En tal virtud, el Grupo Parlamentario del PRD decidió votar a favor la reforma, sin omitir que las modificaciones de última hora al párrafo final de la nueva Fracción XXII bis tenía como finalidad el de que las organizaciones sindicales oficialistas conserven sus formas no democráticas de representar a los trabajadores.

Sin embargo, la redacción final inhibe ese intento. Habrá voto personal, libre y secreto de los trabajadores para elegir dirigentes, para celebrar sus contratos colectivos de trabajo y dirimir conflictos entre sindicatos. Pero lo mejor es que, al aplicar esta reforma constitucional, los sindicatos blancos y los contratos de protección llegarán a su fin.

Con la reforma de justicia laboral se da un paso importante al transferir la justicia del trabajo del ámbito de las Juntas de Conciliación y Arbitraje a la esfera del Poder Judicial de la Federación y con la creación de un organismo público descentralizado que tendrá las tareas de conciliación en el ámbito federal, la responsabilidad del registro de las organizaciones sindicales, así como de los contratos colectivos de trabajo.

Se abre la puerta a un nuevo momento de la vida sindical y laboral en México. Enhorabuena.

Senador de la República (PRD)

Twitter @ SenLuisSanchez