No estamos tratando de salvar a gobiernos irresponsables que no invirtieron en la transición digital: Iris Vianey Mendoza


Intervención en tribuna de la senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza, del Grupo Parlamentario del PRD, para referirse al proyecto de decreto por el que se reforma el Artículo Décimo Noveno Transitorio del Decreto por el que se expiden La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano.

 

Iris Vianey Mendoza Mendoza, (IVMM): Buenas tardes, compañeros y compañeras senadoras y senadores.

 

Hago uso de esta tribuna para fundamentar mi voto a favor de este dictamen y de gran parte de nuestro Grupo Parlamentario, una decisión tomada después de una acalorada discusión en la que no coincidimos de origen con el procedimiento y que en la sesión del día de ayer de comisiones unidas logramos unificar una posición al respecto por algunas coincidencias específicas y bondades que tiene este dictamen.

 

Como todos sabemos, la conclusión de las señales analógicas para dar paso a las digitales es ya un hecho. Tecnológicamente, la gran innovación que ofrece la televisión digital a partir del llamado apagón analógico, consiste en introducir un concepto de interactividad en un medio pasivo como es la televisión.

 

La digitalización debería ser un proceso natural que al permitir la interactividad con los medios y multiplicar las fuentes de información, incluidas todas las personas  e la sociedad en nuestro país, para tener ampliamente los mismos derechos ciudadanos, sobre todo a la información.

 

De 39 televisoras públicas que forman parte de la Red de Radiodifusoras y Televisoras Educativas y Culturales en México, solamente 10 han transitado a este paso tan importante digital, 24 tienen algunos avances y están en trámite y cinco de estas televisoras públicas estatales definitivamente no pueden llevar acabo de manera exitosa tal transición.

 

Por ello, el tránsito analógico-digital de la televisión no sólo debe enfocarse como una cuestión tecnológica, sino  en esencia una cuestión política y una cuestión también de seguridad.

 

No estamos tratando de salvar a gobernadores o gobiernos irresponsables que no hicieron las inversiones necesarias para ese tránsito tan necesario y que se veía venir.

 

Al contrario, estamos pensando en las audiencias, estamos pensando en los municipios de alta y muy alta marginación adonde no llegan las señales y la única forma de comunicarse es vía televisión.

 

Cuando estamos ante una contingencia como la que vivimos hace aproximadamente un mes con el huracán es necesario tener una señal para llegar a Aquila, Guaguayana, Chimicuila, Hualcoman, a la montaña de Guerrero, a Chiapas, a la meseta purépecha de Michoacán.

 

Vemos bondades importantes en esta modificación del artículo 19 transitorio del decreto por el que se expide esta Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y de la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano:

 

Primero. Garantiza que los concesionarios – ya no permisionarios- de uso público o social, incluyendo comunitarios e indígenas, que no estén en condiciones de iniciar transmisiones el 31 de diciembre de 2015, obtengan, primero, una autorización de suspensión temporal de manera que no pierdan sus concesiones; o en su defecto, reduzcan su potencia para que les sea aplicable un programa de continuidad, hasta en tanto puedan iniciar sus transiciones de manera digital.

 

Es decir, esas zonas de alta y muy alta marginación, de poca cobertura, no se quedarían sin comunicación.

 

Segundo. Estos sistemas públicos, al bajar su frecuencia seguirían llegando y transmitiendo contenidos de programas sociales importantes y obviamente también muchos de ellos de bastante calidad.

 

Eso va a suceder en nuestro país, sucede en Estados Unidos y en otros países del mundo ya que este tránsito de la tecnología análoga a la tecnología digital no es sencillo, ya que haremos ensayos de prueba y error, incluso para saber cómo cubrir todo el espectro nacional poco a poco con la señal digital.

 

En tanto esto sucede, habrá la oportunidad de seguir teniendo esta señal en baja frecuencia.

 

Segundo, señalar como fecha límite el 31 de diciembre de 2016 para estos  medios públicos, para que transiten de manera definitiva nos permite tener una fecha específica y no suponer que nos vamos a llevar, 3,4, 5, hasta 10 años como sucede en Norteamérica para dar este paso tan importante .

 

Un año será suficiente para que los gobiernos inviertan los recursos necesarios para que se dote de los transmisores, para seguir transmitiendo esta señal.

 

Tercero. Que los concesionarios de carácter privado o comercial, mantengan la obligación de tranmitir el 31 de diciembre de 2015, en el entendido de que a diferencia de los medios públicos, los privados obtienen un lucro por sus transmisiones, por lo tanto, aquellos que no lo hagan, deberán recibir las sanciones correspondientes, por no cumplir en tiempo y forma.

 

En cuanto a los primeros dos puntos, creemos que la reforma los garantiza, los derechos de las audiencias y de los concesionarios y lo que tienen que ver con el tercer aspecto nos quedan ciertas reservas respecto de que ahora el párrafo octavo del artículo en comento no se aclara de manera expresa si se mantiene el beneficio para los medios de carácter público o social.

 

Y tampoco se aclara por otra parte si se garantiza también para los medios privados. Nos queda esa pequeña reserva, sin embargo estamos a favor del dictamen.

 

Por estos motivos, el Grupo Parlamentario está convencido de que esta forma estamos dando un paso importante para mantener la comunicación tan necesaria en nuestro país.

 

Es cuanto, muchas gracias.

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