Necesario, facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes generales en materia de desaparición forzada y tortura


Intervención de la senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del PRD, durante las Audiencias Públicas en materia de Seguridad y Justicia para abordar el tema “Sistema de competencias en materia penal”.

 

Angélica de la Peña Gómez, (APG): Bueno, quiero decir que esta reforma es la más bondadosa de los tres temas que estamos discutiendo en estas audiencias, es una opinión personal, me parece que ciertamente la reestructuración de las reglas establecidas en la Fracción XXI del Artículo 73 en materia penal, nos puede garantizar entrar, y lo digo de manera pragmática, lo más pronto posible a resolver varias materias que estamos discutiendo en el Congreso de la Unión y particularmente en el Senado de la República.
Que además de la desaparición de personas, forzada e involuntaria, además de tortura que también estamos planteado se configure en una ley general, también el proceso que ya va a en camino, la justicia penal para los infractores, y por supuesto ciertamente se han propuesto otras materias.

 

Ya se hablaba del caso, quizá, de delitos contra periodistas, que tenemos ahí un proceso importante también que le tocó a esta Legislatura revisar la ley secundaria, por supuesto los códigos para atracción, pero creemos que sigue estando pendiente todavía y hay que dar ese salto (inaudible).

 

Yo creo que el caso, la revisión, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, por hablar, o de narco menudeo, lo que planteaba con toda puntualidad Lucía de la Comisión Mexicana para la Protección de los Derechos Humanos, tengo mis dudas respecto del feminicidio, pero creo que ciertamente hay muchas bondades.

 

Y por supuesto, desde ahora intuyo una rica discusión sensacional en las leyes secundarias y particularmente la que tiene que ver con la discusión de competencias de la Federación en el sentido (inaudible) para todos, definición de los tipos penales para unificar la misma sanción punitiva de un tipo penal que es una sanción en el país, las formas de investigar, etcétera. Yo creo que nos permite avanzar mucho.

 

Tengo mis dudas, y ciertamente escuche con mucha atención a quienes también hablaron antes de señor Consejero, que conoce el tema debidamente, de manera muy puntual nos mostró rápido la historia de cómo se han venido consolidando (inaudible) y sobre todo la última construcción hacia las leyes generales, como la legislación que permita el establecimiento de las competencias coordinadas, coadyuvantes en los dos ámbitos para la persecución de los delitos que me parece que es fundamental.

 

¿Por qué, más allá de trabajar en (inaudible), por qué no se tocó el 124 Constitucional? Yo no veo a disculpar la intención no docta de mi pregunta, ustedes saben más, los ponentes también en su momento ojalá que nos puedan contestar.

 

Pero particularmente al señor Consejero; cuando a la hora de la interpretación, a la hora de la aplicación, a la hora de invocar la Constitución, el 124 que dice que todo lo que no esté expresamente inscrito como competencia para las autoridades federales se entiende reservado al ámbito local.

 

De tal forma que esta puerta, esta llave que nos permite la construcción de leyes generales y entrar lo más pronto posible desde el Congreso de la Unión, ya no del Congreso Permanente, a dar a los graves problemas que tenemos en el país, ciertamente, en estos graves problemas en estas materia, que ya no voy a repetir, pues tengamos posibilidades de dar una respuesta pronta.

 

Quizá ya no en esta legislatura, porque tenemos que sacar la ley secundaria, pero sí hacerlo este año con una nueva legislatura en el caso concreto si nos ponemos de acuerdo, este, el proceso constituyente nos llevaría a tener pronto estas leyes generales, de manera particular esta discusión de competencias y por lo tanto ahí tengo mi duda y esa es mi pregunta concreta.