Mega proyectos de explotación de hidrocarburos devastarán la tierra y a las comunidades: de la Peña Gómez


Angélica de la Peña

Intervención de la Senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del PRD, durante la sesión del periodo extraordinario del Senado de la República

 

Angélica de la Peña Gómez, (ADPG): Buenas noches, Presidente, con su venia.

 

La colegisladora ha tenido a bien devolvernos tres modificaciones, tres dictámenes con modificaciones, pero desde nuestra perspectiva no resuelven el tema, en particular me voy a permitir hablar del tema que tiene que ver con la ocupación temporal de tierras, que manifestamos nuestra preocupación en su momento.

 

Estas modificaciones si bien eliminan como contraprestación la contratación, como parte de la fuerza laboral, de los propietarios o titulares de estos derechos de la comunidad o localidad afectada todavía siguen, desde nuestro punto de vista, manteniendo ambigüedad que siguen siendo gravosas para los titulares de estos derechos

 

Las modificaciones que se hicieron, tanto a la Ley de Hidrocarburos como a la Ley de la Industria Eléctrica, para establecer compromisos -ese es el agregado- para ejecutar proyectos de desarrollo en beneficio de la comunidad o localidad afectada, creemos siguen son obligar legalmente a los asignatarios, contratistas,  a ejecutar proyectos de beneficio a las comunidades que resulten afectadas,  ya que -creemos- con el simple hecho de establecer compromiso definitivamente no se instaura la obligatoriedad de un acto jurídico que tiene que prevalecer respecto a un contrato.

 

Las comunidades no tienen la certeza sobre las utilidades y pérdidas que habrán de producirse por los posibles proyectos de desarrollo de sus comunidad; es importante señalar que los mega proyectos, como se conocen en el mundo, sin lugar a dudas provocan una destrucción , pérdidas de las tierras de las comunidades, dañan los medios de subsistencia, se destruye a red social, y se rompen los lazos culturales en determinada área geográfica.

 

Las personas desplazadas no pueden regresar, entonces tienen que luchar siempre para obtener una compensación suficiente y, por supuesto, todo lo que tiene que ver con volver a tener las condiciones mínimas para el restablecimiento de su familia, no hay manera  de reparar plenamente el daño causado por este desplazamiento forzoso.

 

El gobierno ha señalado que estos proyectos son para el beneficio de la población, sin embargo, los megaproyectos ha traído consecuencias devastadoras para las comunidades locales y también para el medio ambiente, suelen solamente beneficiar a las empresas a costas siempre, por desgracia, de las comunidad más empobrecidas, de las comunidades rurales, de las comunidades indígenas.

 

Por lo tanto, este dictamen, esta revisión que hace de las minutas enviadas al Senado, no resuelven el conflicto sino por el contrario, creemos, anticipamos puede haber una inestabilidad social.

 

Desde nuestra perspectiva consideramos que la colegisladora debió establecer figuras vinculantes previstas en nuestra legislación, como la promesa de contratar, la oferta del contrato prometido, el contrato de opción u otra figura análoga para vincularlos legalmente a la realización de obra para beneficio para la comunidad, algo que no se toca, y por supuesto, en caso de no ejecutarse poder tener condiciones de reclamar jurisdiccionalmente el cumplimiento  de estas obligaciones.

 

Por otro lado, en otras de las modificaciones que se realizaron en la Cámara de Diputados nos encontramos con esta figura que la identifican como «testigos sociales» para que participen durante los procedimientos de adquisiciones, arrendamientos,  contratación de servicios y ejecución de obra, que atendiendo a su impacto o relevancia puedan vigilar estos actos en las distintas etapas de procedimientos de contratación.

 

Creemos que es importante dar avisos de las irregularidades detectadas en su primer momento a la unidad interna o a la unidad de responsabilidades, pero estas facultades se desobligan, de manera particular creemos que debieron haberse destacado de manera muy particular como una potestad de la Auditoría Superior de la Federación y por ende de ratificar la facultad de fiscalización de la Cámara de Diputados.

 

Creemos que en ese sentido hay una violación a la Constitución porque, debemos reconocer que la Auditoría Superior de la Federación es el órgano que fiscaliza a los entes públicos. En fin, por cuestiones de tiempo no me voy a extender más, voy a presentar mi observación concreta y toda mi intervención para que quede inscrita en el Diario de los Debates.

 

Muchas gracias por su atención.