Ley contra desaparición forzada de personas, sólo con participación de la sociedad y familiares: Angélica de la Peña


Discurso de la senadora Angélica de la Peña Gómez durante la inauguración de las Audiencias Públicas con Organizaciones de la Sociedad Civil y Especialistas en materia de Desaparición de Personas.

 

Angélica de la Peña Gómez (ADLPG): … participan en las Audiencias Públicas que la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República comienza prácticamente el nuevo periodo que se instalará a partir de septiembre en la nueva Legislatura, Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso de la Unión, pero aún y cuando todavía no iniciamos de manera formal y que el Senado de la República continua también la siguiente legislatura y siendo uno de los asuntos más trascendentales, más urgentes de atender y de resolver.

 

Por cierto, tengo que mencionar ya tenemos bastante tiempo trabajando para lograr que en la materia que deriva de los tratados internacionales que México ha aprobado sobre desaparición forzada de personas y la necesidad de que México cumpla con esta vinculación, pero sobre todo además de cumplir con el derecho internacional de los derechos humanos también México cumpla con su responsabilidad  de garantizar justicia plena frente a un fenómeno que tiene muchos años de estar prácticamente en algunas etapas, es importante mencionarlo, invisibilizado sobre todo me refiero a la magnitud y trascendencia del problema.

 

Todas y todos sabemos cómo hay cerca de nosotros personas que de una u otra forma conocen familiares que tienen algún ser querido, alguna persona querida que ha sufrido por desgracia lo que conocemos como desaparición de personas y que no han encontrado, insisto, justicia plena.

 

El viacrucis literal que han sufrido todas estas familias nos ha llevado desde que instalamos la legislatura que prácticamente está cumpliendo a discutir dos cosas que es importante mencionar.

 

Primero, la importancia de visibilizar en toda su magnitud el problema que hace tres años, hace dos años y medio, entendíamos que era un problema que estaba inscrito como una característica del sexenio pasado, es decir, familiares que tenían en esa entonces seis, cinco, o siete o cuatro años o tres años buscando a sus seres queridos y que los estaban reflejando en primerísimo lugar no tener datos oficiales o formales que nos pudieran identificar la magnitud del problema con toda precisión.

 

Dos, el problema no sé circunscribe por desgracia solamente algunas carreteras, algunas zonas, algunos territorios sino que el problema es un problema nacional; entonces la magnitud del problema nos obligaba a tener varia consideraciones, la primera, la revisión de la legislación.

La legislación estaba respondiendo a los reclamos de justicia de todos estos familiares, es decir, desde los primeros trabajos en la atención frente al reclamo de primera persona desaparecida y la respuesta de las autoridades policiacas o de ministerio público era la correcta,  sí  o no, ahí es donde encontramos el primer problema

El segundo problema es la falta de mecanismos de protocolos que pudieran permitir ciertamente lograr que la atención a este grave problema que, insisto, lo primerísimo era reconocerlo, pues entonces tener todas las condiciones de empezar a resolverlo, en ese sentido empezamos a discutir dos asuntos importantes.

 

La primera, la revisión del Código Penal Fderal, un código sustantivo que nos parecía era tan pequeño para la magnitud del problema que el primer debate que tuvimos era si ampliábamos la reforma al código o la segunda cuestión es hacer una ley especifica en la materia.

 

Nos pusimos a trabajar en la segunda cuestión; hicimos un proyecto de ley federal sobre desaparición forzada de personas porque el Congreso de la Unión no tenia facultad, sin embargo ese documento que pusimos en la discusión en una audiencia más o menos similar a la de hoy, las organizaciones diversas, especialistas y de familiares que se han constituido cada una de ellas en verdaderos ministerios públicos ante la falta de autoridad en las autoridades, los y las familiares se han convertido en verdaderos ministerios públicos para poder encontrar qué pasó con sus familiares que han desaparecido.

 

Y todos nos decían: no es suficiente efectivamente que revisemos el Código Penal Federal, pero tampoco es suficiente  una ley Federal y lo que se planteó en ese momento fue tiene que haber una sola ley en todo el país, esta protestad se le tiene que dar al Congreso de la Unión para que unifique en un sólo mecanismo, en un sólo instrumento legal, en un sólo instrumento jurisdiccional, la ruta del quehacer de las autoridades para que no tengamos la esquizofrenia que teníamos en muchos estados de la República.

 

De ahí que empezamos a trabajar en algo que parecía muy difícil lograr, es decir reformar la Constitución para otorgarnos la facultad al Congreso de la Unión para legislar esta materia.

 

Hoy iniciamos estas audiencias con una expectativa totalmente distinta, porque ya está promulgada la reforma constitucional que otorga  al Congreso de la Unión para legislar en la materia, es decir nos da la facultad el artículo 73 fracción 21 inciso “A” de nuestra Carta Magna para que el Congreso de la Unión legisle en una ley general que tenga aplicabilidad en todo el país, que defina las bases de coordinación en los tres órdenes de gobierno; que unifique criterios, primerísimo lugar, que defina de manera puntual el tipo penal eso nos parece de una gran relevancia; que además de definir el tipo penal acorde a los tratados internacionales, particularmente la Convención de Naciones Unidas en la materia, y también la especificidad de los mecanismos que trabajen desde un sólo sentido, desde un sólo concepto para responder, insisto, al grave problema, el terrible fenómeno de desaparición de personas.

 

Y digo desaparición de personas porque también tenemos que definir las características de la desaparición de personas, entendemos cuál es la desaparición forzada de personas pero también hay desaparición de personas entre particulares y por supuesto desaparición involuntaria que es a grande escala; pero necesitábamos trabajar ya con el contexto de la reforma constitucional Naciones la Organización de los tratados, insisto, particularmente la Convención de relaciones unidas para que en México tengamos en las autoridades que tienen que aplicarse, pues el manejo y restricto de un sólo tipo penal.

 

Todos los mecanismos que derivan para poder lograr que esta materia tenga éxitos, teniendo un instrumento legal como base fundamental para el poder Ejecutivo para las instancias de las fiscalías, para la investigación y por supuesto la culminación en el ámbito del Poder Judicial, y por supuesto destacando de manera muy puntual también la reparación integral del daño pues requería y por supuesto, la no repetición, conocer la verdad pues necesitamos ponernos a trabajar en esa Ley.

 

Hoy tenemos en el Senado de la República, tres iniciativas de Ley General. La iniciativa que signa el Senador Omar Fabián del PRI, la que signa el Senador Roberto Gil del PAN y la que signa su servidora, tres iniciativas que están en cuestiones y esperaríamos como se ha ventilado de manera pública, que quizás, es posible el Ejecutivo, que sabemos está preparado su iniciativa puedan ojalá, esperaríamos, la pueda presentar la suya el Ejecutivo Federal como iniciativa preferente.

 

¿Cuál es la diferencia de no hacerlo? La iniciativa preferente nos obliga a que en el término de un mes la Cámara de origen tiene que dictaminarlo y la Colegisladora tiene otro mes para hacer lo propio, no entro en los detalles de las características de la iniciativa preferente, pero eso sintetiza que tendríamos un instrumento legar en la materia en el marco de dos meses.

 

Si no es así, y no entra como iniciativa preferente tampoco pasa nada porque estamos obligados al siguiente periodo por la Reforma Constitucional a resolver la ley,  simplemente alargamos un poco.

 

Por eso las audiencias públicas el día de hoy enfrentemos con las organizaciones de la sociedad civil que tienen una gran trayectoria de lucha por encontrar a familiares de personas desaparecidas, porque su principal cometido es la vigencia de los derechos humanos y también de especialistas en esta materia y en otras materias, especialistas doctos que nos van a dar también su opinión, pues obviamente que estas audiencias van a ser de una gran trascendencia para el trabajo de dictamen de las comisiones que tenemos que trabajar en la conclusión, como lo mandata la Constitución, de esta Ley General.

 

¿Cuál va a ser la metodología? La metodología es que ya tenemos una lista de participantes, ya hemos conciliado con cada una de ellas el momento que les tocaría intervenir, cada una debe de ser de quince minutos, nos vamos de carretilla hasta las seis de la tarde, quienes vamos a estar acá no tendremos receso, porque nos parece importante que en un solo día tengamos todas estas comparecencias.

 

Por supuesto que la temática de cada organización es libre, cada quien desde su propia experiencia, desde su propia trayectoria desde su propio conocimiento y, entonces, eso refleja cómo ustedes van a ver y cómo va a quedar constatado en el canal del Congreso la diversidad de las participaciones, todas sin lugar a dudas cada una de ellas son indispensables porque estamos hablando de una ley, una ley no fácil de estructurar, tiene que tener muchos mecanismos tiene que establecer los criterios de los protocolos para poner en funcionamiento esos mecanismos insisto todos desde un enfoque nacional.

 

Uno, al que se tienen que apegar y restrictamente –insisto- los podres y los tres órdenes de gobierno, vamos a discutir seguramente la diferencia y la definición de tipo penal con otros tipos penales porque de repente tenemos ahí confusión, no es lo mismo desaparición forzada que o desaparición de personas de el secuestro por ejemplo, pero ciertamente hay un concurso de delitos no está de mas adelantar que otra materia importante que también esta Comisión y este Senado va a entrar próximamente a discusión pues también está relacionado con esta materia de desaparición de personas que es, que refiere a la tortura tratos crueles inhumanos y degradantes.

 

Vamos a comenzar después de haber hacho esta introducción después de haber mencionado las características de las participaciones con la primera intervención que corresponde en este caso al Maestro Santiago Corcuera, él viene a título personal pero es importante mencionar que no en balde su expertiz lo determina como un miembro importante del comité contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas totalmente docto en la materia.

 

 

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