Lamenta Roles Montoya falta de equidad en grupo de aspirantes a magistrado del TRIFE


Intervención del senador Benjamín Robles Montoya, del Grupo Parlamentario del PRD, durante las Comparecencias ante la Comisión de Justicia de los candidatos a ocupar el cargo de Magistrado de Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

 

Benjamín Robles Montoya, (BRM): Muchas gracias, senador presidente.

 

Quisiera en primero lugar y por supuesto sin demérito de los aspirantes a formar parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, sumarme a lo expresado por la senadora Angélica de la Peña en que sí es lamentable la falta de equidad en las participaciones de los aspirantes.

 

Sé que no es un tema ni de ellos ni del Senado, pero hay que subrayar que es una pena y ojalá encontremos mecanismos para corregir eso porque seguimos en un México de muchas desigualdades.

 

Y al aspirante quisiera decirle, tuvimos la oportunidad de leer una parte de los documentos que nos hicieron llegar la presidencia de esta Comisión y en el ensayo que nos remitió, uno de los dos criterios que usted aborda es el relativo a la anulación en la elección de gobernador del estado de Colima.

 

Debo decir que en un principio que sus argumentos en contra de la anulación a mí me resultaron por demás interesantes pero además me generaron muchas interrogantes, quiero ver si las podemos desahogar.

 

Por ejemplo, usted señala que la anulación se fundó en lo que secretario de  Desarrollo Social de ese estado manifestó ante el Congreso local, una prueba consistente en una grabación que en un principio había sido desestimada en el proyecto de la sentencia, pero que posteriormente fue perfeccionada mediante una copia certificada por el diario de los debates a manera de prueba superviniente.

 

En el ensayo usted cuestiona tres aspectos fundamentales: primero que en la valoración de la prueba no se cumplió el principio de contradicción, pues no se dio vista a la parte afectada, así lo plantea usted, en este caso al candidato del PRI; en segundo lugar, señala que no se acreditó la materialización de la conducta; y el tercer argumento es que no se identificó la afectación real o la magnitud del daño causado por la presunta intromisión del gobierno local en el proceso electoral.

 

Y usted concluye en consecuencia que no se debió determinar la nulidad de la elección.

 

Por eso, con relación a este tema, a su juicio entonces cómo debió proceder el Tribunal ante la presentación de una prueba supervenida, cómo hubiera procedido usted en caso de formar parte de este órgano tan importante; y en la ponderación del caso, qué validez y qué consecuencias jurídicas debió revestir una confesión como la que hizo el secretario de Desarrollo Social local sobre su intervención y la intervención del gobierno en ese proceso.

 

Y hay que tener en cuenta que no estamos hablando más que de una confesión libre, no una confesión coaccionado ni bajo protesta también de decir verdad y que además implica el desvío de recursos públicos a favor de un candidato y de la inequidad del proceso.

 

Yo diría que es un acto de justicia que a veces por temas que no están previstos en la ley, tienen interpretaciones como la que usted plantea.

 

Si este principio de los actos válidamente emitidos que usted reiteradamente invoca en los documentos que nos presentó a esta Comisión, prevalece por encima de una confesión como la del secretario local, entonces yo le pregunto cómo podría evitarse la impunidad de los servidores públicos involucrados y más aún cómo podría el Tribunal Electoral decirle a los colimenses, estamos hablando de este caso, que la elección fue legítima y que su gobernador fue electo democráticamente cuando un servidor público confesó la intromisión del gobierno en la elección.

 

Le agradezco muchísimo sus respuestas.

 

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