La ley impide discriminación contra militares afectados por el VIH SIDA: Angélica de la Peña


Intervención de la senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del PRD, para referirse al proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y deroga diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas.

Angélica de la Peña Gómez, (ADPG): Gracias. Con su venia, señor presidente.

 

No puedo dejar de comentar la pertinencia de este dictamen de las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y Estudios Legislativos respecto a una Minuta que viene de la Cámara de Diputados, las reformas a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas definitivamente hay un avance trascendental pues considera la recomendaciones de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos.

 

Y por supuesto, están inscritas en evitar la discriminación de aquellas personas que están afectadas por el VIH Sida, y cada una de sus etapas. Me parecen que son muy pertinentes las reformas que hacen al artículo 24; la inclusión del artículo 226 de cuál es la circunstancia en la que estando afectados por el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, manifestado por la seropositividad a los anticuerpos contra el virus de inmunodeficiencia humana, confirmada con pruebas supletorias más infecciones por gérmenes oportunistas y neoplasias malignas, que impliquen la pérdida de la funcionalidad para el desempeño de los actos del servicio.

 

Creemos que es muy pertinente, además la derogación de los numerales que ahora quedan integrados en el 226, los numerales del 226 y que ahora quedan integrados de manera más ordenada en el 226 Bis, y por supuesto la inclusión respecto de cuáles son las circunstancias en las que a partir de la infección de este virus, de VIH, pueda bajo control y tratamiento médico que limite el desempeño de los actos en servicio.

 

En todos los casos, donde sea médicamente posible, se agrega, e deberá ajustar el control y tratamiento médico a las actividades específicas del militar sin afectar el servicio y sin ningún tipo de discriminación.

 

Esta reforma , por lo tanto, está inscrita en seguir preponderando todas las acciones antidiscriminatorias que permitan ciertamente que aún estando en circunstancias adversas, puedan ser objeto de estigmas, de discriminaciones, y por lo tanto, de exclusiones, en este caso, de manera muy trascendental, en las fuerzas armadas mexicanas, es oportuna, es correcta y, por lo tanto, es importante que terminemos el proceso legislativo al aprobar en sus términos la Minuta que viene de la Cámara de Diputados.

 

Muchas gracias por su atención.