Impulsa Angélica de la Peña reforma para proteger a mujeres indígenas


Intervención en tribuna de la senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del PRD, para referirse al dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción III del apartado A del artículo 2º constitucional en materia de derechos políticos de las mujeres indígenas.

 

Angélica de la Peña Gómez, (APG): Gracias, Senador Presidente, con su venia. Suscribo íntegramente lo dicho por la Senadora Calderón. Es una pena que sigamos en el Congreso de la Unión todavía inscribiendo diferentes comentarios, si leemos el diario de debates muy parecidos a los que se esgrimieron en 1953, cuando se estaba discutiendo la Reforma del Artículo 34.

 

¿Para qué?, ¿para qué reformar?, si ya en los hombres van inscritas las mujeres.

 

La Constitución del 17, como si fuera un Corán, una Biblia, algo que no tiene que modificarse a partir de que las sociedades también cambian.

 

Y, no han cambiado, efectivamente los derechos de las mujeres y  las niñas de las sociedades más marginadas de nuestro país, justamente las de los pueblos indígenas. Por cierto, no es esta reforma dirigida a las mujeres campesinas, sino a las mujeres de los pueblos y comunidades indígenas, así es, no mujeres campesinas.

 

Se dice que estamos fingiendo, que esta reforma no va a servir para nada, que ya está el precepto fundamental, que la Constitución simplemente hay que aplicarla, y que además, la Reforma Constitucional solamente tiene que emprenderse por parte de nosotros cuando estas reformas sean, se dice, trascendentes, y verdaderamente importantes.

 

Pues claro que ésta es importante para nosotras, y espero que también para todos los senadores, y espero también para el resto del Congreso Permanente.

 

Esta es una minuta importante que viene de la Cámara de Diputados con una gran autoridad moral, porque efectivamente es de una mujer, por cierto, preparada, por cierto, preparada accedió a la educación, regresa educada a su pueblo, resulta electa, y al final del resultado de la elección, simplemente le dicen, pues, sabes qué, tú no puedes gobernar, porque eso atenta contra los usos y costumbres de nuestro pueblo; y ese pueblo es igual a muchos pueblos, donde siguen casando a las niñas a los diez años, afortunadamente espero que la Cámara de Diputados pronto pueda sacar la casta y reforme debidamente la minuta que les mandamos, que reforma la Ley de Trata de Personas, porque, casar a las niñas menores de edad por parte de los padres en estos pueblos indígenas ahora será constitutivo de una comisión de delito como Trata de Personas.

 

En fin, yo venía con un discurso pues muy contenta, me parecía que estábamos dando un paso muy importante al reformar la Constitución en el Artículo Dos, que va, ciertamente, en una dinámica de reformas desde el 2001, y que ahora después de las reformas en el 2011 hoy sigue haciendo cambios importantes.

 

Destaco tres cuestiones, por el tiempo: primero, la corrección del concepto de equidad por el concepto de igualdad, perdónenme, ese es, señores y señor Senador, un cambio trascendente e importante y sustantivo; dos, efectivamente inscribe, en ningún caso a las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos político electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales; y tres, también muy trascendente, le da una vacatio legis cuando se declare esta reforma constitucional a los congresos locales, para que en el término de 180 días efectivamente reformen sus respectivas leyes y podamos lograr que los derechos políticos y los derechos civiles de las mujeres indígenas, no campesinas, sino de las mujeres indígenas sean una realidad, como tiene que ser en nuestro país, porque son sujetas de derechos.

 

Llamo, con todo respeto, a ustedes, que aprobemos de manera afirmativa este dictamen que nos ponen a consideración las respectivas comisiones. Es cuanto, y muchas gracias.