Con Declaratoria Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, cumplimos a familiares.


Ciudad de México, jueves 19 de abril, 2018

BOLETÍN DE PRENSA

 

Con Declaratoria Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, cumplimos a familiares: De la Peña

 

Tras celebrar la aprobación del dictamen para expedir la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia Para Personas Desaparecidas, la senadora Angélica de la Peña Gómez afirmó que “con esta ley estamos cumpliéndoles a todos estos colectivos de familiares de personas desaparecidas que hoy, por desgracia, están sufriendo una gran tragedia”.

 

Al presentar dicho dictamen en Tribuna, la legisladora perredista afirmó que “una persona desaparecida se enfrenta, no sólo a una privación de la libertad sino también a la imposibilidad de ejercer sus derechos, por lo que el reconocimiento de su personalidad jurídica queda suprimido hasta en tanto no se localice”.

 

En este contexto, dijo, quienes también resienten la desaparición de una persona son sus familias, ya que la persona desaparecida en muchos casos es el sustento precisamente de sus familias.

 

Además, derivado de la desaparición, sus bienes o propiedades quedan en la incertidumbre, puesto que la mayoría de las veces no hay posibilidad de que sean administrados para garantizar la subsistencia de la familia o de las personas dependientes.

 

Derivado de ello, afirmó surge la necesidad de dar cumplimiento a este noveno transitorio de la ley, “para que en tiempo y forma este Congreso de la Unión, y el Senado de la República en particular, apruebe la Ley de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, para evitar dejar en la indefensión a todas estas familias y afectar lo menos posible a sus derechos humanos”.

 

La también presidenta de la Comisión de Derechos Humanos indicó que el proyecto de dictamen fue construido tomando en cuenta las preocupaciones de diversas organizaciones de la sociedad civil dedicadas al tema de solicitud y de tramitación de declaraciones de ausencia, particularmente de los estados de Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Querétaro y Estado de México.

 

La idea, agregó, “es garantizar la mayor protección de la persona desaparecida y de sus familias, y en un breve tiempo sin que tengan que vivir, por supuesto, la terrible odisea que hoy por desgracia, de manera trágica, están sobreviviendo, evitando por supuesto la revictimización para acceder a un documento que aminore los efectos negativos de la desaparición de su familiar”.

 

En este contexto, la senadora destacó que la ley propone que se reconozca, proteja y garantice la continuidad de la personalidad jurídica y los derechos de la persona desaparecida, y otorgue las medidas apropiadas para asegurar la protección más amplia de sus familiares.

 

Entre otras características de esta ley, mencionó, se establecen los criterios para su interpretación; así como un apartado de definiciones que permite establecer el contenido de los preceptos normativos.

 

Asimismo, contempla un apartado de los principios básicos que regirán el procedimiento y el actuar de las autoridades involucradas.

 

Además, se precisa quiénes son las personas autorizadas para solicitar la Declaración Especial de Ausencia, eliminando o dejando de lado el monopolio que ejerce el Ministerio Público que conoce de una denuncia por la desaparición de una persona, permitiendo que cualquier persona que tengan un interés legítimo pueda solicitar la Declaración Especial de Ausencia.

 

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