Autonomía presupuestal para el Consejo de Participación Ciudadana en Sistema Nacional Anticorrupción: Angélica de la Peña


Intervención de la senadora Angélica de la Peña Gómez en la reunión de trabajo de las comisiones unidas de Anticorrupción y Participación Ciudadana, de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda.

 

Angélica de la Peña Gómez (ADLPG): 

 

Gracias, señor presidente.

 

Yo también apoyo la congratulación expresada por quienes me han antecedido respecto de que esta reunión de comisiones unidas se dé y me parece que es importante que hacer todo el esfuerzo para llegar en tiempo y forma, pero sobre todo quiero destacar, la forma, es decir, tenemos un irreductible al 30 de abril para este período ordinario, pero eso no quiere decir que no podamos extenderlo a un período extraordinario para garantizar que en mayo podamos lograr que las dos cámaras tengamos estas leyes que están inscritas como un mandato constitucional en materia de anticorrupción.

 

Crear el Sistema Nacional Anticorrupción es indispensable y yo voy a plantear algunas cuestiones que son fundamentales para el grupo parlamentario al que yo pertenezco, el PRD.

 

Si me permite, lo hablo de manera general, es necesario determinar que en el caso del Comité Coordinador la presencia sea ciudadana, la Constitución nos lo permite y creo que es necesario que quede debidamente especificada, porque además este ha sido una cuestión irreductible por parte de las organizaciones de la sociedad civil y especialistas, respecto a lograrlo.

 

Las y los integrantes del Comité Participación, por lo tanto, tienen que ser designados mediante un procedimiento abierto, transparente e insisto, ciudadanizado.

 

Para nosotros es muy importante, creo que una tendencia de verificar la no reelección, francamente nosotros plantearíamos que no hubiera reelección y que duraran en su encargo como ya se plantea en el último documento que se nos acaba de entregar.

 

El cargo del integrante del Comité de Participación Ciudadana no debe ser honorífico, también se debe establecer que debe tener una asignación para que pueda dedicarse de tiempo completo. Es necesario incluir el principio de igualdad de género en la integración de los organismos también, es necesario que lo ponderemos ya como una regla sine qua non en todo lo que decidamos.

 

Es necesario también que haya una desvinculación de los integrantes de este Comité con los partidos políticos y, por supuesto, con los órganos del Estado; me parece que es algo en lo que debemos esforzarnos, es verdad que no hay una persona que pueda tener alguna simpatía, que sé yo, pero se entiende perfectamente bien cuál es, o sea, no estamos hablando de que no tenga a la hora de votar, vote por cualquier, piense como quiera, es un derecho, un derecho humanos tener la simpatía política partidista o no, que no está en discusión; lo que necesitamos garantizar que sean personalidades que no estén de ninguna manera vinculadas a los partidos políticos o las órganos del Estado.

 

Y en ese sentido, pues es muy importante destacar la Ley 3 de 3, las tres declaraciones que deben quedar establecidas de manera también puntual. Es necesario también defender la autonomía presupuestaria del Sistema Nacional Anticorrupción, en ese sentido la política nacional para la articulación de la lucha contra la corrupción debe quedar claramente establecidas.

 

Para nosotros es muy importante que el Comité Coordinador del Sistema Nacional pueda solicitar los informes que haya lugar a los sujetos obligados respecto del cumplimiento de las recomendaciones no vinculantes que se acepten en su observancia, y, por lo tanto, la justificación  de aquellas que no se acepten en su observancia, también qué es lo que tenemos que hacer frente a una situación de ese tipo.

 

Para nosotros es muy importante ratificar pues, ya lo dije, estas tres facultades y otra más que voy a mencionar: la potestad de promover denuncias cuando se tenga conocimiento de hechos de corrupción; es necesario la constitución como coadyuvante de las autoridades en la sustentación de procedimiento, y a su vez, de los medios de impugnación para resguardar la debida clasificación de las faltas graves y el oportuno ejercicio de la acción penal cuando proceda.

 

Y además, un tercer aspecto que tiene que ver con el sentido adecuado de las resoluciones que se dicten en los procedimientos también.

 

Para el PRD es necesario defender la facultad clara y precisa del Comité de Participación Ciudadana para emitir indicadores y metodologías para la medición y cumplimiento del fenómeno de la corrupción, así como para la evaluación del cumplimiento de los objetivos y metas del programa nacional.

 

Para nosotros es importante destacar la facultad fundamental del Secretariado Técnico para administrar el Registro que contiene estas declaraciones que se nos han acercado; y por supuesto, también la facultad de que el Secretario Técnico para administrar el Sistema pueda hacerlo también desde un sistema electrónico de denuncia y queja, es una cuestión de formalidad, pero hay que facilitar.

 

En ese sentido, también es necesario crear un sistema de protección para testigos, para  informantes, es decir, hay que cuidar mucho que no vaya a tener una repercusión, lo cual sabemos que crea muchos problemas.

 

Finalmente, recordemos, y tiene usted razón presidente, el caso de  Fiscal Anticorrupción no es algo que competa, incluso, a ninguna de las tres comisiones que están aquí; en el caso de la Comisión de Justicia inició un procedimiento luego de una convocatoria, de verificar que hubiera idoneidad en quienes se registraron y esa lista fue entregada en tiempo y forma a la Junta de Coordinación Política, que es la que se encargaba de resolver; la Comisión de Justicia simplemente convocó a las Audiencias Públicas a las comparecencias de estas personalidades y hasta donde pudimos observar en aquella época, había idoneidad, había materia, las personalidades que había concurrido a estas audiencias para muchos de nosotros había posibilidades de que alguna de ellas pudiera ser electo por el pleno del Senado como Fiscal Anticorrupción.

 

Eso no aconteció, no supimos por qué de manera formal, lo que yo pude leer al final de esos días es que desde la junta se hablaba de que se tenía que reponer el procedimiento porque no había acuerdo o porque no se encontraba a alguien idóneo, algo que yo no tengo totalmente la información.

 

Pero sí me parece que ahora no hay manera de postergar esta decisión y las en esta materia tienen que, por supuesto, destacar como una de las instituciones fundamentales para garantizar la integración de todas estas partes del mapa que tenemos que configurar del Sistema Nacional Anticorrupción, de manera fundamental, estratégicamente esencial, el Fiscal Anticorrupción.

 

De tal, forma que hay que incluirlo de manera explícita aquí, dotarle de las facultades en que tienen que estar expresas cuándo en cada una de estas leyes tienen una potestad y necesariamente tenemos que pasar lo que sea, pero si tenemos que pasar a concretar.

 

Si se decide por los grupos parlamentarios que no hay materia con el procedimiento que hicimos anteriormente, pues ya deberíamos  pedirle a la Junta de Coordinación Política que proceda en  consecuencia y vuelva a lanzar otra convocatoria para que, al pararalelo de la discusión de estas leyes también hagamos lo procedente para que, junto con la aprobación de estas leyes, también elijamos al Fiscal Anticorrupción.

 

Es cuanto, y muchas gracias por su atención.

 

-o0o-