A más de dos años de promulgar la Reforma Rnergética, los mexicanos no hemos visto los beneficios anunciados por sus promoventes: Rabindranath Salazar


Intervención en tribuna del senador Rabindranath Salazar Solorio, del Grupo Parlamentario del PRD, para referirse al dictamen por el que se expide la Ley de Transición Energética.

Rabindranath Salazar Solorio, (RSS): Con el permiso de la Mesa Directiva.

 

Compañeras y compañeros Senadores: Como todos sabemos, la Carta Magna sufrió importantes modificaciones en materia energética, con el objeto de recaudar y readecuar el esquema y la rectoría de la política petrolera y de la industria eléctrica, bajo el argumento de generar impulso renovado a esta importante actividad de la vida económica nacional.

 

Lo que es una realidad es que con las reformas a la legislación secundaria, en las que supuestamente se ajustaba e interpretaba el mandato del Constituyente, se consolidó la entrega de los recursos energéticos al mejor postor, se consolidó la entrega también de normas que permitieron y que constituyeron verdaderos artilugios legales desarmonizados entre sí, donde lo mismo conviven regímenes de excepción con extrañas construcciones institucionales que fluctúan entre lo privado y lo público, autoridades a modo y nuevamente una excesiva carga fiscal a las empresas productivas del Estado, donde se plasman las injustificadas esperanzas de un nuevo boom petrolero que, por la manera en que se vislumbra el mercado internacional, jamás llegará.

 

A más de dos años de haberse promulgado la reforma energética, los mexicanos no hemos visto los beneficios anunciados por sus promoventes, con lo cual se engañó que iba a haber mucha inversión, miles de empleos, la panacea del Gas Shale, y al contrario, los resultados han sido que la Secretaría de Hacienda dejara de recibir 500 mil millones de pesos no sólo porque cayó el precio del petróleo, sino porque es cada vez menor la producción de crudo, ya que no se procesa crudo para hacer gasolinas en el país y tampoco se construyen o no se explotan debidamente las existentes mediante inversiones en su infraestructura e investigación, que permita el incremento gradual de su producción, apostando de forma exclusiva la importación de gasolinas y buscando incrementar las ganancias de las empresas transnacionales dedicadas al sector energético.

 

Nada menos el día de hoy leíamos que seguimos importando el 55 por ciento de las gasolinas y el 38 por ciento del diesel para nuestro país.

 

Vale la pena la recapitulación, pues en este ejercicio de supuesta armonización constitucional se hizo a un lado un tema prioritario, como es justamente la atención energética, mientras por un lado, se nos apresuraba para que la emisión de las leyes secundarias se diera al momento con el contexto de la reclusión de término constitucional, en este caso,  la misma regla no se aplicó y se dejó por casi un año de retraso de emisión de esta norma, que hoy, de manera apresurada parece emitirse de manera fast track, para que el Ejecutivo Federal llegase con avances y sin  nada en las manos a la COP21, en París, Francia.

 

Este contraste entre la urgencia para adecuar el marco legal y constitucional a favor de los grandes intereses extranjeros y legislar una norma de protección, salvaguarda y defensa del medio ambiente aplicable al sector energético, evidencia que entre las prioridades gubernamentales no se encuentra la sustentabilidad y el cumplimiento de compromisos internacionales por contar con energías limpias que impacten directamente en la calidad de vida de los mexicanos y nos alejen de la posición 13, de los países más contaminantes a nivel mundial.

 

Ahora, con la discusión de este dictamen con proyecto de decreto, por el que se expide la Ley de Transición Energética, se cierra un lamentable capítulo de la historia nacional, identificado por la entrega de los recursos energéticos y por el desprecio por construir el andamiaje que permita a nuestro país transitar al uso de energías limpias que reduzca el 92 por ciento del total de emisiones globales a cargo de la quema de hidrocarburos y, que a su vez, en sustentabilidad y viabilidad a las siguientes generaciones de mexicanos, a quienes se supone era direccionar a la mal llamada reforma energética.

 

Este es un claro indicio de que el dictamen que hoy discutimos dejará rezagado en nuestro país con la implementación de verdaderas políticas de apoyo a la expansión de energía renovable, políticas que, ante la volatilidad del precio del barril del petróleo, es urgente que se diversifique la matriz energética y, a su vez, se descarbornicen nuestros ingresos.

 

No vemos en esta propuesta, la tan anunciada armonización de contenidos y criterios de una visión de desarrollo y cuidado al medio ambiente.

 

Un punto eliminado en el dictamen de la colegisladora y no retomado en este dictamen es el referente a la energía nuclear, el cual, debemos señalar que la Carta Magna en su artículo 27, párrafo 8º menciona que: “corresponde también a la nación el aprovechamiento de los combustibles nucleares para la generación de energía nuclear y la regulación de sus aplicaciones con otros propósitos”.

 

El uso de la energía nuclear sólo podrá tener fines pacíficos, pero hay que destacar que nuestro país no ha tenido grandes avances en el desarrollo de dicha fuente de energía.

 

La iniciativa originalmente restringida de manera expresa, el uso de minerales radioactivos y ahora el dictamen, eliminó dicha restricción expresa, dejando abierta la posibilidad de que la energía nuclear fuese alguna fuente para la generación de energía eléctrica. Lo anterior, aplicando el principio de lo que no está prohibido, está permitido.

 

Respecto a la industria nuclear, es considerada  una fuente de energía limpia, pero también aquella que presenta varios peligros dirigidos al medio ambiente y en los seres vivos en caso de que sus residuos sean liberados a la atmósfera o vertidos en medio ambiente.

 

Principalmente los peligros son los riesgos de accidente,  en donde tener las máximas medidas de seguridad, en algunas ocasiones, puede llegar a ser insuficiente como en los casos de Chernobyl y Fukushima.

 

Por tal motivo, consideramos que la regulación y el uso de este tipo de energía debe ser motivo de expedición del área específica en la materia.

 

Por otro lado, los compromisos que por ley adquiere nuestro país, el uso gradual de energías limpias   se retiraron del texto de la norma y se trasladaron del dictamen de la Colegisladora los artículos transitorios.

 

El dictamen en su artículo tercero transitorio sólo se limita a señalar la Secretaría de Energía fijará como meta una participación mínima de energías limpias en la generación de energía eléctrica del 25 por ciento para el año 2018, del 30 por ciento para el año 21 y de 35 por ciento para el año 24, por lo que las metas planteadas son prácticamente las mismas que se contemplan en las Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, cuerpo normativo que se plantea abrogar el artículo 2º transitorio.

 

Las metas anteriormente señaladas tendrán que ser evaluadas por la Comisión Nacional  para el Uso Eficiente de Energía, la Conuee,  mediante diversos procesos que seguramente, o así lo suponemos, ya que no se encuentran en una parte del presente dictamen, se establecerán de forma reglamentaria, situación que correrá a cargo de quien presida dicha comisión, obligación no menor, ya que depende, y de gran manera, de quien ocupe el cargo.

 

Por ello sorprende, y de gran forma, que el dictamen deje fuera la posibilidad de ratificación del director general por parte de este Senado, no establezca también los requisitos que deberá cumplir con quien pretenda ocupar el cargo, ni tampoco lo obligue a comparecer de forma periódica ante el Pleno de esta soberanía, para informar el estado que guardan los trabajos de esa Comisión, pero en especial, si es que se está cumpliendo con las metas para lograr la transición energética.

 

Dentro de los órganos rectores en materia de  energías limpias, la Comisión Reguladora de Energía, será quien expida los certificados de energía limpia, como resultado de una proporción del total de  energía eléctrica consumida en los centros de carga. En cuanto a ello, el dictamen es omiso para definir qué proporción de total de energía eléctrica es necesaria.

 

No menos importante, hemos señalado por el artículo 45 el dictamen, que establece que los recursos públicos o privados destinados a los fondos a la transición energética y el aprovechamiento sustentable de energía, deberán ser ejercidos con base en los principios de honestidad, legalidad, productividad, eficiencia, eficacia, transparencia gubernamental y máxima publicidad, y estarán sujetos al monitoreo, reporte y evaluación de su  desempeño.

 

Sin embargo, no se incluye ningún mecanismo de control destinado a la auditoria, fiscalización, evaluación y rendición de cuentas que establecen las disposiciones legales, y muchos menos se contemplan las responsabilidades a los servidores públicos que actúen en detrimento a los recursos que puedan administrar.

 

Por último, una asestada final fue el Addendum disfrazado de reserva que modificó el dictamen, eliminando el Fondo para la Transición Energética y al aprovechamiento sustentable de la energía que define a sus objetivos para proyectos e infraestructura, así como a la investigación y formación de personal en la materia de energías limpias, establecido en el artículo 49, sustituyéndolo por fondos indefinidos que no especifican su objeto y la canalización de los recursos asignados e iniciarán sus bases económicas a partir de un presupuesto de egresos ya definido y asignado. Es decir, el aplicable para el año 2016.

 

Señoras y señores Senadores: De ninguna manera este Senado de la República puede quedar satisfecho por el esfuerzo realizado en este dictamen.

 

Sobre todo por lo escaso de las consultas para su socialización de lo corto en los tiempos para reflexionar cada uno de sus contenidos, y porque se pretende, más que establecer el andamiaje legal de una verdadera transición energética, el  mero cumplimiento de los términos establecidos en un transitorio constitucional.

 

La norma que se aprueba, de ninguna manera corresponde con las expectativas y esfuerzos anunciados por nuestro país para transitar al uso de energías limpias. El discurso gubernamental es uno en el exterior; y otro en los hechos y en las propuestas que nos remitió.

 

Es cuanto, señor Presidente.

 

Y lo solicito amablemente sea incluida la totalidad del texto por cuestión de tiempo.

 

Muchas gracias.

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