Versión de la entrevista realizada al coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa.


Ciudad de México, 13 de noviembre de 2019

*Versión de la entrevista realizada al coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa.*

*P: ¿La oposición presentará una acción de inconstitucionalidad?*
*R:* Yo lo que creo que puede resultar procedente es el amparo, sí creo que puede resultar procedente el amparo.

*P: ¿Ante la Suprema Corte?*
*R:* Tendría que ser ante un juez de distrito y solicitar, en su caso, la facultad de atracción por la relevancia y por la importancia, va a depender, obviamente, del número de amparos y que la Suprema Corte haga la valoración si ejerce o no la facultad de atracción, pero no es de manera inmediata ante la Suprema Corte, el amparo sería un amparo indirecto, juzgado de distrito, en un juez de distrito en materia administrativa y de ahí, por la relevancia del asunto, sí se puede pedir la facultad de atracción para la Suprema Corte.

*P: Que la Corte resuelva.*
*R:* Sí.

*P: Por lo pronto sí van PAN y PRD.*
*R:* Por lo pronto hay que estudiar exactamente cuáles serían los conceptos de violación, qué es lo que estaría en la línea de la promoción, es decir, el amparo puede ser un amparo colectivo o puede ser por cualquier particular, no se requiere un número, ahí no se requiere un número, es individual aun cuando pudiera ir acompañado de varias firmas.

*P: Finalmente la Corte sería la que tendría que decidir al final.*
*R:* Si decide ejercer la atracción, sí, si no, obviamente eso es instancial, conoce primero un juzgado de distrito y en segunda instancia un tribunal colegiado.