Todavía no llegamos la paridad de género, pero hemos avanzado mucho: Angélica de la Peña


Intervención de la senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del PRD, en el marco del Segundo conversatorio “Mujeres al poder. Procesos legislativos y la lucha por el reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres. La experiencia en México, África y América Latina”.

 

Angélica de la Peña Gómez, (APG):.. los congresos funcionan, a nivel federal el Congreso de la Unión y a nivel de las entidades federativas; el artículo al que yo hice referencia que establece la paridad está inscrito en el artículo 41 de nuestra Constitución y obliga a todos los partidos políticos a registrar en sus candidaturas el 50 por ciento  de mujeres, propietarias y suplente, y el 50 por ciento a hombres.

Eso ha llevado a que el Congreso de la Unión tengamos casi alrededor, creo que es el 42 o 44 por ciento de mujeres, todavía no llegamos la paridad, pero hemos avanzado mucho; y en los congresos locales ya se está expresando en algunos congresos incluso la integración de la paridad.

 

Esto es muy importante destacarlo, tenemos en puerta otra reforma a ese mismo artículo 41 para incorporar también al tercer orden de gobierno, que es el ámbito municipal; es decir, obligar a todas las entidades federativas a que cuando se compita en un municipio, cualesquiera que sean las características del municipio, haya paridad tanto en la conformación de las candidaturas, a quien encabeza las alcaldías, como en la integración de la lista de regidurías y sindicaturas, integradas siempre de manera paritaria.

 

Entonces, este avance es muy importante para nuestro país porque incorpora a las mujeres a esta exigibilidad de los de derechos políticos.

 

Hay otro avance importante que impulsamos, yo era entonces Diputada federal, hace tres o cuatro legislaturas atrás, que es la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, esta ley es muy importante porque armonizamos la Convención Belem Do Pará; en el ámbito latinoamericano tenemos una convención que ustedes conocen muy bien que es la Convención Belem Do Pará, que establece preceptos inscritos en la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres.

 

En México teníamos leyes a nivel local que establecían preceptos jurídicos para proteger a las mujeres de la violencia doméstica, sin embargo con esta Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, lo que hicimos las Diputadas fue incorporar los preceptos de la Convención Belem Do Pará, en primer lugar para definir que la violencia de género contra mujeres es un violencia que se padece en el ámbito público y en el ámbito privado.

 

Entonces, eso transforma a nuestro país, en este camino seguimos transitando porque entonces establecemos que no solamente las mujeres padecen violencia en el ámbito doméstico, en el ámbito privado, en el ámbito familiar,  sino también como es una violencia estructural se padece en todos los ámbitos, en todos los aspectos de la vida; y el ámbito público era muy importante evidenciarlo, ¿dónde? En el ámbito laboral, en el ámbito educativo, en la modalidad que inscribimos como la violencia comunitaria y la violencia institucional y además inscribimos la modalidad de violencia feminicida.

 

La inscripción de la violencia feminicida es muy importante porque de allí se parte a la discusión trascendental en los congresos de las entidades federativas para definir el tipo penal de feminicidio, -bueno, ya llegó la convocante, senadora Martha Tagle, nos adelantamos un poquito, y entonces, estoy haciendo una pequeño introducción en lo que tu llegas- entonces, el tipo del feminicidio justamente deriva de la inscripción de manera puntual de la modalidad de violencia feminicida en esta ley.

 

Es verdad que al ser un precepto de naturaleza penal, claro llevó a muchos congresos locales a dar una gran discusión incluso de tipo dogmático, de tipo doctrinal, los penalistas por supuesto que tuvimos que remontar esta visión ortodoxa respecto de que estas definiciones particulares por cierta condición característica de la persona se estaban prácticamente desapareciendo del marco jurídico penal de nuestro país, como es el caso del parricidio o el infanticidio; y entonces regresar, ellos argumentaban, a la definición de un tipo penal como el feminicidio era un retroceso.

 

Y entonces, la discusión doctrinal que emprendimos en esa época fue fundar que el feminicidios se perpetra contra las mujeres por situaciones de misoginia y por situaciones de odio; de tal manera, que en los Códigos tanto el de Procedimiento Penales como el Código Sustantivo Penal inscribimos estos preceptos que yo acabo de mencionar y claro remontamos la discusión para quienes son penalistas entienden muy bien esta discusión, respecto de que estos conceptos de misoginia, estos conceptos de odio, son preceptos que están inscritos desde el punto de vista penal como preceptos subjetivos y eso se convertía en un problema para la definición del tipo penal.

 

Dimos una gran discusión, me parece que en el caso personal junto con otra impulsora de la ley dimos una discusión fuerte en el ámbito del Distrito Federal de la procuraduría del Distrito Federal, y además con la participación preponderante de quien entonces estaba presidiendo el Instituto de las Mujeres en el Distrito Federal que también como diputada trabajó e impulsó las reformas en materia de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia, y que por supuesto en el ámbito de la procuraduría empezamos a discutir y a remontar estas inquietudes de los penalistas.

 

De tal manera que en el Distrito Federal logramos definir el tipo penal con gran éxito, puesto que eso se puede evidenciar en quienes están hoy purgando una sanción de privación de libertad o alguna medida alternativa a la prisión de libertad inscrita precisamente en el tipo penal del feminicidio.

 

En el caso del Distrito Federal hubo antes una reforma muy importante, que deben recordar las compañeras, en 2008 en donde se inscriben los crímenes de odio y particularmente para proteger a personas de la diversidad sexual, de tal manera que ese precepto es una base sustantiva que nos permite entrar a la siguiente discusión cuando definimos el feminicidio, entonces quienes son penalistas conocen cómo se transitó.

 

En otros estados de la República también se comienza a definir el tipo penal del feminicidio, como lo fue en el Estado de México que prácticamente al paralelo del Distrito Federal se define este precepto de naturaleza penal.

 

Hoy, la ley ha tenido un éxito importante al paso de los años lo podemos distinguir porque todas las entidades federativas tienen una ley en esta materia, junto con esta ley también se va  prácticamente de la mano la inscripción en el Congreso de la Unión en el marco federal de la ley para la igualdad entre mujeres y hombres, esta ley establece por supuesto también la incorporación de otra convención importante  que es la CEDAW, que es la convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres.

 

De tal manera que las discusiones de igualdad sustantiva y del acceso de las mujeres libre de violencia  en nuestro país puedo asegurarles que se transforma la discusión  alrededor de la accesibilidad de los derechos humanos de las mujeres, de tal manera que las mujeres de todas las edades por eso es muy importante mencionar que la incorporación del concepto mujeres es simplemente el fundamento que nos sustentamos es que no haya ninguna mujer de cualquier edad de cualquier condición que este excluida, es decir no sólo es la mujer sino las mujeres, todas las mujeres desde ese punto de vista y de la exposición de motivos de estas leyes lo establecemos que ese es el sentido de visibilizarlas de manera plural.

 

Ahora bien las entidades federativas tienen estas dos leyes, y claro que por ser cada entidad soberana el proceso para lograr homologar y para lograr resolver con reformas que contravienen estos nuevos preceptos en el marco jurídico en las entidades federativas ha sido un tránsito largo que no tienen exactamente el mismo nivel, es decir hay entidades que han avanzado más y hay entidades que siguen con un gran retroceso.

 

Termino diciendo que ya habiendo hecho esta introducción ahora lo que sigue es pues ya dejar esta sesión que ha convocado la senadora Martha Tagle y les agradezco mucho su atención ratificándoles la bienvenida al Senado de la República.

 

Muchas gracias.

 

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