Reservamos algunos artículos de la miscelánea penal para enriquecerla: de la Peña Gómez


Intervención de la senadora Angélica de la Peña Gómez durante la reunión de las Comisiones Unidas de Justicia y Estudios Legislativos, para presentar reservas al Dictamen de la Minuta por la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales; del Código Penal Federal; de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; de la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal; de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de Defensoría Pública, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley de Instituciones de Crédito, mejor   conocido como “Miscelánea Penal”.

 

Angélica de la Peña Gómez (ADLPG):

 

Muchas gracias, señor presidente.

 

En primer lugar, tenemos que reconocer el trabajo de revisión de la Cámara de Diputados de la miscelánea penal que nosotros enviamos a nuestra colegisladora y que en esta revisión hacen alguna verificación importante que enriquece lo que nosotros hicimos.

 

Sin embargo, también es verdad que hay distintas discrepancias con algunos artículos de los distintos ordenamientos que enviamos, en donde no estuvimos de acuerdo respecto al análisis y el cambio que hacen en su revisión, y eso nos llevó a un trabajo de las dos Cámaras, de las comisiones de las dos Cámaras, junto con autoridades y especialistas para lograr hacer una revisión puntual de cuáles son los artículos con los que estamos de acuerdo con la revisión de nuestra colegisladora y cuáles no estamos de acuerdo y por qué.

 

Me parece que este trabajo de todas estas semanas a partir de que regresa la minuta de lo que conocemos como Miscelánea Penal, de estos diez ordenamientos jurídicos que están integrados a la misma, es importante señalar que ahora hay una disposición muy importante que permite que hagamos plausible la revisión nuestra por parte de lo que no estamos de acuerdo para que, a su vez la Cámara de Diputados, cuando lo reciba, tenga la aprobación de tal manera que se pueda cumplir con el procedimiento legislativo y desde la Cámara de Diputados se pueda enviar al Ejecutivo para su publicación y pueda estar vigente antes o a más tardar el 18 de junio, es decir, de este mes, para que entre en vigor todo el sistema jurídico nuevo, adversarial, del debido proceso legal que México viene transitando del 2008.

 

De tal forma, que hoy en esta reunión de trabajo simplemente tendremos que hacer algunos ajustes, si me permite presidente, a algunos de estos ordenamientos, particularmente son a tres, al Código Nacional de Procedimientos Penales, específicamente, nos importa mucho reconocer que hay avances muy importantes en el caso del artículo 149 y el 167, que afortunadamente se escuchó a especialistas y ya se quitan del dictamen.

 

Sin embargo, nos parece que es necesario seguir revisando el caso del artículo 165 que, aunque ha sufrido algunas reformas sobre todo lo que señalaban los incisos que ahora se quitan, si es necesario insistir que se siga manteniendo la discusión respecto de que la prisión preventiva no exceda de un año, no dos años como viene, ese sería el primer artículo que quisiéramos reservar, el 165 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

Igual nos parece importante reservar el 174, la idea es que pueda quedar en los términos como nosotros lo enviamos a la Cámara de Diputados, es decir, que quede en esos términos; en el caso del 137, particularmente, también trastoca al 337 y 338, que puedan quedar inscritos como están ahora en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

Hay observaciones también en el caso del artículo 11 Bis del Código Penal Federal, en el sentido de que podamos hacer algún cambio que, tengo entendido ya está retomando la Comisión, del segundo once bis en el segundo párrafo que se había agregado, también estamos de acuerdo en que ya quede, pero que quede inscrito, lo menciono porque todavía se visibiliza en el último dictamen que nos dieron, que nos acaban de entregar hace rato y también en el de la mañana muy temprano.

 

Entonces, simplemente esto que está subrayado en color, simplemente quitarlo como dice el acuerdo…lo acabo de revisar y todavía está, sí, por eso mismo, antes de empezar está reunión estuve haciendo ajustes desde la última versión.

 

También nos importa mucho el caso de la Ley de Amparo, en el caso de la Ley de Amparo, el artículo 173, y la última parte, bueno, este es un artículo muy grande, en el apartado b la fracción 18, la última parte de la fracción 18, quitar lo que señalan “y cuando se refiera a los mismos hechos materiales que fueron objeto de la investigación”, eso creo que también lo tienen ustedes, y se supone que ya iba a quedar fuera del dictamen pero todavía está señalado, entonces, me parece importante que tomemos la previsión para que quede fuera…173, el apartado b, y sería la fracción 18…entonces, lo mantengo como reserva…perfecto, así quedaría, entonces lo quitaron porque ya está.

 

Y las últimas propuestas que están haciendo desde la Comisión, nos parece muy importante simplemente que hay que señalarlas, que son la que tiene que ver con el 113 en su fracción octava, que ya está; la del 187 bis, este en el Código Nacional de Procedimientos Penales, la referencia que hace de la Secretaría de Hacienda como víctima también ya se acordó que se quita.

 

Y finalmente, también del Código Nacional el 368, que estamos planteando que pueda regresar a su redacción original.

 

Esas serían las reservas, señor presidente.

 

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