Que procuradurías informen sobre órdenes de aprehensión sin ejecutar, pide de la Peña Gómez


La senadora Angélica de la Peña propuso que  las procuradurías o fiscalías de justicia de las entidades federativas rindan al Senado de la República un informe del número de órdenes de aprehensión que, hasta el momento de la emisión del informe, tienen sin ejecutar.

 

En su propuesta, la senadora del PRD denunció que uno de los aspectos con los que se puede observar y medir la ineficiencia, apatía, desdén y en muchos casos corrupción, con la que actúan las procuradurías y fiscalías locales, es la gran cantidad de órdenes de aprehensión que tienen sin ejecutar debido a diversas causas.

 

“Es mucho más preocupante cuando las órdenes de aprehensión no se ejecutan por corrupción, es decir, cuando las policías o el mismo Ministerio Público utilizan un mandamiento judicial para extorsionar, ya sea a la víctima o al imputado. No es raro escuchar historias de víctimas a quienes se les ha solicitado dinero para «poder ejecutar» una orden de aprehensión”, añadió.

 

En estos casos, explicó, las víctimas se ven atrapadas en la peor de las situaciones, o acceden a la solicitud de corrupción o simplemente no obtendrán justicia jamás, además de que se exponen a que el imputado realice cualquier tipo de acciones en su contra.

 

Tampoco es extraño conocer de casos en los que se retarda la ejecución de una orden de aprehensión a fin de favorecer las condiciones para que el imputado eluda la acción de la justicia. De esto tenemos múltiples casos ampliamente conocidos en nuestro país.

 

Es importante, además, mencionar que quebrantar el deber de secrecía al comunicar al imputado el libramiento de una orden de aprehensión en su contra para propiciar su evasión, si bien es un delito, es casi imposible de probar, además de que provoca una barrera insalvable para continuar el proceso, puesto que para la realización de las audiencias se requiere la presencia del imputado.

 

De la Peña Gómez resaltó que las órdenes de aprehensión han sido utilizadas por las policías como un instrumento para la extorsión, y ante su emisión, no se puede alegar que «se está esperando el mejor momento para ejecutarla», pues está demostrado que mientras más tiempo pase entre su libramiento y su ejecución, menos probabilidades hay de que se cumpla con éxito.

Otro de los problemas que se han detectado es que los jueces no tienen un control efectivo posterior a su emisión cuando ·éstas no han sido cumplimentadas, es decir, el Ministerio Público no está obligado a rendir informe alguno al juez que libró la orden de aprehensión, incluso aun cuando han pasado meses o años sin ejecutar dicho mandamiento.

 

Finalmente, la senadora Angélica de la Peña expuso en su punto de acuerdo que, en tanto se proponen las reformas legales necesarias, conocer el número de órdenes de aprehensión que tienen sin ejecutar en cada una de las entidades federativas permitirá dimensionar la problemática.

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