PRD está en contra de la cancelación del derecho a huelga: Miguel Barbosa


Intervención del senador Miguel Barbosa Huerta, del Grupo Parlamentario del PRD, durante la discusión en comisiones y votación del dictamen de la iniciativa por el que se reforman y adicionan los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de justicia cotidiana laboral, presentada por el Ejecutivo Federal el 28 de abril de 2016.

 

Miguel Barbosa Huerta, (MBH): Bueno, sin duda estamos abordando una reforma constitucional muy importante, que por cierto ya que estamos en una demora de procesos legislativos sobre este asunto, la llamada justicia cotidiana en la materia de justicia laboral.

 

Yo lo que observo, lo que planteamos los legisladores del PRD en las comisiones unidas, es la aparición de este tipo de circunstancias cuando no han sido objeto de un procesamiento legislativo articulado.

 

Ayer mismo se desmontó la supresión de la fracción vigésima primera del artículo 123, que iba a influir de manera muy contundente en los montos de los laudos, en la responsabilidad de los patrones cuando se termina la relación laboral con responsabilidad del patrón.

 

Porque el asidero constitucional de diversas responsabilidades, como de 12 días por año, los 20 días por año y otros, estaban en la fracción 21 del 123.

 

La supresión que se pretendía iba  a provocar el interés de los trabajadores que litigan sus relaciones laborales un efecto gravísimo.

 

La pregunta que yo me hacía es por qué, si en la iniciativa del presidente Peña Nieto no venía, si no había sido objeto de los foros que se hicieron sobre la supresión de los tribunales, de las juntas de conciliación y arbitraje, porque los foros fueron sobre eso, sobre la separación de las juntas de conciliación y arbitraje y la aparición de los juzgados o tribunales laborales y su incorporación de la justicia laboral a los poderes judiciales, federal y locales, que si los partidos políticos representados en las Cámaras no habían hecho una suerte de consulta a sus sindicatos que representan, a los sectores que representan para llevar a cabo una reforma constitucional así.

 

El tema de los salarios caídos, tiene su asidero constitucional en la fracción 22, todo eso es interpretación de la Corte, no estoy inventando nada. Y ahora por la mañana, como dice Angélica de la Peña, pues aparece un nuevo dictamen con esto, con la necesaria verificación, porque que un sindicato pueda emplazar a huelga para la celebración de un contrato colectivo siempre ha existido, en la práctica laboral siempre ha existido, más allá que no tuviera una precisión, una mención específica en la Constitución, sino en la ley secundaria, en la Ley Federal del Trabajo.

 

Pero la verificación de una mayoría del sindicato para poder hacer el emplazamiento, eso sí es algo nuevo, eso sí no ha sido motivo de consulta; eso sí no ha sido motivo de una verificación o de una toma de opinión de los sectores que representamos los partidos políticos.

 

Es una sorpresa, entonces para nosotros sí es complicado avalar la aparición en el dictamen de esto.

 

Yo de verdad hago una pregunta muy respetuosa a todos los partidos políticos que se digan representantes de sectores obreros, con intereses laborales.

 

También comparto lo que dice Javier Lozano, que hay una industria de la extorsión laboral de sindicatos inexistentes o minoritarios que hacen emplazamientos a huelga con el solo propósito de obtener beneficios.

 

Pero la incorporación inclusive en la Constitución, porque bien podría ser que quedara en la legislación secundaria, a ver, que en la exposición de motivos de esta reforma se estableciera un razonamiento para que pudiera incorporarse en la ley secundaria, no en la Constitución, no necesariamente en la Constitución.

 

Por lo demás, el PRD está a favor de la creación de los centros de conciliación para justicia laboral local y del organismo descentralizado dependiente de la Secretaría de Trabajo y Previsión para asuntos federales y para el depósito de los registros, contratos y todo lo demás.

 

Estamos a favor, siempre había una falta de certeza en la justicia laboral como había existido. No tenía la naturaleza de ser Poder Judicial, era administración, eran órganos administrativos.

 

Aquí me ayudó Lozano a recordar de mis tiempos de litigante cuando se resolvían lo temas de justicia laboral a verdad sabida y buena fe guardada… conciencia siempre, no bajo los principios de interpretación de la ley, todos los principios, porque la ley debe de interpretarse bajo principios perfectamente clara.

 

Pero verdad sabida y buena fe guardada siempre tuvo la amplitud para hacer lo que quisieran.

 

Dentro del Poder Judicial, la justicia laboral tendrá o dotará de mayor seguridad a quienes litigan ante ella y por eso estamos de acuerdo en eso, así como en la aparición de los centros de conciliación y del órgano descentralizado.

 

Pero en el tema éste, yo llamó a la reflexión, llamamos los legisladores del PRD a la reflexión, que es un asunto que apareció hoy por la mañana, Enrique, por lo menos ayer no estaba en el comentario que hicimos durante la tarde, no estaba.

 

Yo los llamo a que pudiéramos consultar, a que pudiéramos abrir un periodo de consulta para este caso específico, es un asunto de sensibilidad elemental, no es fundamental para que ahorita lo hagamos así.

 

Y la salida que yo les propongo en todo caso es una reflexión en los conceptos previos al decreto para que podamos incorporarlo en todo caso en una ley secundaria.

 

Gracias, presidente.

 

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