Políticas públicas en materia de economía social son débiles: Luis Sánchez


Intervención en tribuna del senador Luis Sánchez Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar proyecto de decreto por el que se reforma la Ley de la Economía Social y Solidaria.

 

Luis Sánchez Jiménez, (LSJ): Gracias, Presidente.

 

Compañeras y compañeros senadores:

 

Aprovecho esta tribuna legislativa para poner a su consideración una iniciativa con proyecto de decreto para reformar la Ley de la Economía Social y Solidaria, que entró en vigencia el pasado 23 de mayo del 2012, y cuya última modificación se registró el 11 de junio del año 2013.

 

Puesta en marcha dicha norma, impulsada la política pública en materia, creado el Instituto Nacional de la Economía Social y asignado su presupuesto, hemos realizado una revisión de los resultados concluyendo que su impacto ha sido muy bajo, sino es que nulo para los sujetos que constituyen el sector social de la economía nacional.

 

Ello es así, porque la norma y la política públicas en la materia son muy débiles, lo cual se refleja en un instituto de bajo calado, que tiene un presupuesto que no alcanza a siquiera los tres mil millones de pesos, a los cuales habría que descontar el gasto corriente.

 

Además, consideramos las experiencias a nivel mundial, particularmente de América Latina, donde observamos que las instituciones responsables de impulsar el sector social alcanzan el nivel de Ministerios o Secretarías de Estado e inversiones públicas mucho más elevadas.

 

El Instituto Nacional de la Economía Social (INAES), que por ciento prácticamente la sociedad no lo conoce, tiene solo dos programas de apoyos directos para el Sector Social de la Economía y dos más para la normatividad y diseño de políticas. En contraste, en otros organismos públicos hay 22 programas para el fomento del Sector Social de la Economía, con un monto total de 47 mil 415.1 millones de pesos, que no es suficiente para alcanzar siquiera el nivel registrado en el año 2011.

 

Los programas de la SAGARPA son los más importantes por su monto financiero, pues representan en promedio el 83% del total de los programas vinculados al desarrollo del sector social de la economía. Es decir, es ahí y no en la Secretaría de Economía y menos aún en el INAES, donde en realidad se invierte más en el sector social de la economía.

 

Así, el total de recursos en el 2013 para fomentar el Sector Social de la Economía asciende al 0.1% del gasto total del gobierno federal. Finalmente, como se puede claramente apreciar en teoría, la política pública del sector social de la economía es o debieran ser de carácter transversal.

 

Sin embargo, el marco jurídico sectorizado al INAES en la Secretaria de Economía, que de acuerdo con los diagnóstico anterior, es una de las instituciones federales que menos invierte para tal fin. Podría decirse que en los hechos el INAES no es sustancialmente otra cosa que un cambio de denominación del antiguo FONAES.

 

En resumen, el sector social de la economía es muy débil, tanto en el marco jurídico que lo rige, como en las políticas públicas y presupuestales, además de estar fragmentado e indebidamente sectorizado por estos motivos.

 

Por estos motivos, la presente iniciativa pretende: Descentralizar y sectorizar al INAES; dotarlo de una estructura más poderosa y de un fondo presupuesta más sólido, de manera que se convierta en un organismos que se haga responsable de una política pública estratégica y prioritaria, como lo es el sector social de la mía, según lo establece el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con los recursos presupuestales que sean necesarios para tal fin.

 

Más aún, el propósito principal de esta propuesta de reforzar, es avanzar progresivamente hasta lograr que se asuma la necesidad de crear una Secretaría de Estado, y así el sector social de la economía alcance el nivel que reclama y que merece.

 

En congruencia con lo anterior el Grupo Parlamentario del PRD, un servidor, pone a consideración de esta Legislatura reformar el Título II de la Ley de la Economía Social y Solidaria, para definir el carácter jurídico del Instituto Nacional de la Economía Social (INAES), su estructura, su base financiera y su colaboración con los Poderes de la Unión y de los Órdenes de Gobierno.

 

Así, en el Capítulo 1, además de la descentralización del INAES se establece con mayor precisión las bases para conducirá la política nacional de fomento y expansión del sector social de la economía, acorde con el Plan Nacional de Desarrollo; el Presupuesto de Egresos de la Federación; el Programa Nacional de Desarrollo del Sector Social de la Economía; los programas sectoriales en sus tres órdenes de gobierno.

 

En el Capítulo II, se define la estructura orgánica y el patrimonio del INAES, cuyas principales funciones son: formular el Programa Nacional del Sector Social de Desarrollo la Economía; diseñar el Sistema Nacional de Planeación y Financiamiento de la Economía Social; y los criterios normativos para la transversalidad.

 

Otra función no menos importante del Instituto es impulsar y expandir el sector, para priorizar la generación de empleo, la distribución justa del ingreso, el desarrollo regional y la competitividad y productividad de las unidades de la economía social.

 

El Instituto estará integrado por el Consejo de Administración, la Dirección General y la Comisión Ejecutiva del Fondo Nacional para el Desarrollo del Sector Social de la Economía.

 

El nombramiento del director del Instituto, en tanto organismo descentralizado, está a cargo del titular del Ejecutivo federal. El Consejo de Administración del Instituto se integra por el Director General, un representante de cada Secretaría de Estado involucrada programáticamente con el Sector Social de la Economía, el Presidente de la Comisión Bancaria y de Valores; cuatro Expertos en la materia, el Vocal Ejecutivo del Fondo Nacional de Desarrollo del Sector Social de la Economía y el Secretario Técnico del Instituto.

 

En el capítulo III se establece el Fondo Nacional para el Desarrollo del Sector Social de la Economía, su objeto y operaciones para el financiamiento las unidades económicas y sociales del sector de la economía social. Se trata de un sistema de financiamiento de apoyos, créditos, préstamos y garantías destinados a la inversión de proyectos productivos comerciales o de servicios socialmente necesarios, que detonen la generación de empleos, promuevan el desarrollo regional y territorial, la articulación productiva, el impulso de habilidades y capacidades gerenciales, administrativas, técnicas, productivas y de comercialización de las unidades sociales y económicas que integran el sector de la economía social.

 

En el Capítulo IV, se establecen las bases para la colaboración entre los Poderes de la Unión y entre órdenes de Gobierno. Tratándose de una ley de observancia general en toda la República, en el Capítulo V se establece la forma en que el INAES podrá solicitar información y colaboración para el cumplimiento de sus atribuciones tanto a las dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal y municipal como a las Cámaras del Congreso de la Unión.

 

En los artículos transitorios del Decreto se establece la obligación del Presidente de la República, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de enviar a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la ampliación presupuestal que corresponda para la reforma del Instituto Nacional para el Desarrollo del Sector Social de la Economía.

 

Es cuanto, Presidente.