Las reformas a la Constitución reflejan la transformación de la sociedad mexicana a lo largo de cien año.


Versión Estenográfica
Ciudad de México, a 23 de abril de 2018

Las reformas a la Constitución reflejan la transformación de la sociedad mexicana a lo largo de cien años : de la Peña Gómez
Intervención de la senadora Angélica de la Peña Gómez, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, durante la presentación del libro “Los Derechos Humanos en el Centenario de la Constitución de 1917”.

Angélica de la Peña Gómez (ADLPG): ¿Cuáles son mis comentarios sobre este libro? Hice algunos apuntes.
Ciertamente la Constitución es la piedra angular de nuestro ordenamiento jurídico, es la columna vertebral de nuestra República, y al establecer los derechos humanos, entonces, el avance nos lleva a que necesariamente definamos cuál es el límite al ejercicio del poder público y en la implementación, el reconocimiento de los derechos humanos también se puede notar la evolución del propio país, creo que esa es una de las reformas más importantes de la Constitución.
Es importante señalar que ciertamente, inevitablemente todos tenemos que hacer referencia a Diego Valadés, sobre todo, porque  hay aparte de la lucidez con la que él escribe y la enorme experiencia que tiene, ciertamente él en su balance de cómo está la Constitución mexicana respecto a otras constituciones en el mundo, sobre todo las más longevas, y ciertamente al observar que ha tenido tantas reformas a la Constitución, nuestra Constitución ha sufrido muchísimas reformas, incluso él menciona en el momento donde él se aboca es hasta 2016, incluso mencionando solamente 20 artículos de la Constitución no han sido reformados, entonces a lo mejor que a esta alturas de 2018 son menos.

En fin, porque sí ciertamente  estamos ante una evolución de la reforma a la Constitución desde 2017, pero miren, sí hay críticas, y sobre todo las críticas están inscritas cuando se empieza a observar hasta dónde hemos trastocado el pacto federal; ahí es donde hay seguramente, de los críticos a la Constitución y sobre todo las reformas a la Constitución, esa es la parte que más señalan que hemos violentado de la Constitución y entonces se alarman los federalistas y entonces dicen que todas las reformas últimas están caminando hacia una centralización.
Yo tengo ahí algunas diferencias, desde mi muy modesto punto de vista, que también las exigencias la propia sociedad nos han llevado a que estas reformas a la Constitución no necesariamente trastocan el federalismo sino que hay un enfoque nacional, no centralista, que es muy diferente; un enfoque nacional de muchas de las problemáticas que tenemos que enfrentar precisamente por la exigencia de la propia sociedad; las sociedades nos están exigiendo cuando es necesario caminar hacia una reforma, exigir incluso una reforma, ante la irresolución de sus problemas justamente cuando uno de los impedimentos tiene que ver con la parte jurídica de a qué lo toca a cada nivel de gobierno, en este caso, a cada orden de gobierno.
Y por supuesto, nadie puede negar que las críticas más contumaces son justamente en materia de derechos humanos, es precisamente el vacío que se encuentra en los estados de la República para hacer vigente, para garantizar los derechos humanos, y por supuesto, el enfoque nacional ha sido indispensable, sobre todo cuando hemos tenido que armonizar los tratados internacionales, sobre todo, cuando hemos tenido que obligarnos a cumplir con tratados internacionales y, entonces, tener 33 instrumentos legales en alguna materia, siempre es complicado, porque tienes asuntos que te están requiriendo respuestas de manera inmediata.

Y efectivamente, Diego menciona con toda puntualidad que aun cuando existen estas constituciones, y él efectivamente señala que hay una opinión de que pueden ser parches constitucionales, se está parchando la Constitución, etcétera, etcétera.

Peor mire, una rápida visión de esas reformas importantes que se han impulsado a la Constitución por ejemplo, el derecho al voto de las mujeres, la Constitución efectivamente, como aquí se mencionó, no resolvió reconocer el sufragio efectivo a las mujeres; pero no solamente el derecho al voto de las mujeres, es una de las reformas más trascendentales del mundo, porque además de reconocer el derecho al voto, también se reconoce el derecho a ser votadas.

Esa es la otra parte que se menciona muy poco y que está contenida en la misma reforma, que es profundamente trascendental, sí, las mujeres van y votan, pero también en esa misma Constitución, en ese mismo renglón se reconoce su derecho a ser votadas, eso es muy importante.

La seguridad social es otra de las materias; por supuesto, la representación política, todos los avances democráticos en el país no se podrían entender, las elecciones dejan de ser organizadas por el gobierno, calificadas por el gobierno, dirigidas por el gobierno, para pasar a la constitución de elecciones libres, con un organismo autónomo, que sin duda es un avance fundamental en la democracia en nuestra país.

Ha tenido que, por supuesto, seguirse insistiendo en la igualdad jurídica entre las mujeres y los hombres; la vivienda social; el acceso a la información; todo el avance que hemos logrado en materia de transparencia, rendición de cuentas; el juicio de amparo; por supuesto, el derecho del sistema (inaudible) que se ha avanzado muchísimo; la tenencia de la tierra; a la distribución federal de competencias; la organización municipal; la supremacía del Estado en relación con las iglesias.

En fin, hay muchísimos temas junto con, efectivamente, la materia de derechos humanos que es la materia de este libro, que por supuesto les recomendamos que ustedes lean, claro que no podrían comprenderse, bueno, así podríamos enumerar muchos temas más.

Los últimos temas, la configuración finalmente de que el niño, la niña, sean sujetos de derechos, ese también es otros de los avances trascendentales que no podría incluso ni siquiera estar pensados en 1917.

Es solamente para hablar de algunas de las materias importantísimas, ya no hablo de las que tienen que ver propiamente con los derechos humanos, que aquí también el Ombudsman las menciona, el caso de tortura, el caso de trata, el secuestro, desaparición forzada; de la justicia, el proceso de cambio de un sistema de justicia penal a otro sistema totalmente garantista, con el debido proceso legal, no podría haber estado contenido en la Constitución de 1917.

De tal manera, que sin dejar de observar que ciertamente, también como lo dice Diego, hay algunas críticas a la forma, a la técnica legislativa que evidencias muchas de estas reformas y, por supuesto, también tener prácticamente en el texto, en algunos artículos de la Constitución que más parecieran estar configuran lo que podría ser un texto legal, un texto legislativo, y no una norma legal como debería la característica de una Constitución.

Más allá de que ciertamente tenemos algunos artículos, bueno, qué puedo decir del 127 constitucional, es todo un libro, ¡qué barbaridad!, es decir, así tenemos varios artículos en la Constitución que sigue estando la discusión presente si es necesario siempre que reformamos la Constitución, y miren que yo he estado en muchos de los dictámenes de reforma a la Constitución desde que fui diputada la primera ocasión, y ahora en el Senado de la República siempre la discusión es hasta dónde tiene que estar la norma general para que no te metas a meter cosas que son de la ley secundaria, porque después vas a tener problemas.

Pero siempre hay una parte en quienes están impulsando reformas constitucionales que siguen insistiendo, no, es que si no, no se va a entender; es decir, sí es verdad que luego no hay mucha confianza en que el texto de la Constitución no termine en una interpretación que le pedimos en este caso a la Corte, para que nos diga qué quiso decir el legislador del Congreso Permanente cuando reforma tal o cual artículo de la Constitución y que luego tienes que buscar que te lo interpreten.

Es decir, siempre estamos en ese debate, de tal manera que no haya necesidad de que haya una interpretación, una interpretación que pueda trastocar el sentido fundamental de esa reforma.
No me quiere detener mucho, porque ustedes han abundado muchísimo, cada uno de los textos que están aquí, que ya mencionaron muchos de los ponentes, son realmente importantísimos y complementan, desde su enfoque personal, cuál es la característica de lo que México ha transitado desde la materia de derechos humanos para que nuestra Constitución, efectivamente sea una Constitución vigente en el tiempo sino insisto también en la armonización de los tratados internacionales que México ha aprobado.

Quiero terminar mencionando, recordando una frase de Eleonor Roosvelt, que como ustedes saben, fue una no solamente escribana de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; el mundo cambió desde 1948 con la Declaración Universal de los Derechos Humanos aun cuando no estamos ante un tratado internacional; sin lugar a dudas, las referencias históricas nos señalan que la Declaración Universal de los Derechos Humanos fue aclamada por unanimidad en la Organización de las Naciones Unidas, en la Asamblea General.

Así como les invitamos a leer este libro, lean todas las discusiones que enfrentó Eleonor Roosvel en las discusiones en la mesa instalada con los aliados, después de la segunda guerra mundial; lo que hoy conocemos como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, por cierto, el término derechos humanos se le debe precisamente a Eleonor, porque la dinámica de los señores era otra vez repetir la Declaración Universal del Hombre y Ciudadano de la Revolución Francesa, y entonces ella dijo no, son derechos humanos.

Y este enfoque importantísimo que tiene la Declaración mucho tiene que ver con la expertis, de la visión, de Eleonor, que si ella no hubiera estado presente, incluso en algún momento para poner orden a los señores que estaban continuando la guerra, pelándose soviéticos con los ingleses, etcétera, etcétera, etcétera.
Y entonces, cuando esta desconfianza prevalecía; cuando uno lee cada uno de los preceptos de la Declaración, ¡qué barbaridad!, la enorme discusión que estuvo detrás, pero finalmente se logran concretar las voluntades.

Por cierto, señoras y señores, así es siempre las discusiones de las reformas a la Constitución, siempre estamos en el estire y afloje, peleándonos en muchas de las ocasiones, pero finalmente logramos concretar una redacción en la que todo mundo cede algo y todo mundo está de acuerdo; ese es el gran mérito que aquí se refirió respecto, y tú lo mencionaste presidente, del artículo primero de la Constitución, no tiene desperdicio, ¡qué barbaridad!, uno lo lee y lo vuelve a leer y sigue uno encontrando cosas en ese primero constitucional.

Y dices, bueno, México tiene un gran avance en su primer artículo de la Constitución que no tiene desperdicio, el reto –como dice Ricardo- cómo logras que ese texto baje; o como dice Patricia, también en su intervención, cómo logramos que todos y todas estemos articulados para entender cada una de las discusiones hermenéuticas de este proceso de reforma a la Constitución.

Eleonor Roosvelt decía: en definitiva ¿dónde empiezan los derechos humanos universales? Pues en lugares pequeños, tan próximos y tan pequeños que no aparecen en los mapas, y sin embargo, son los lugares que conforman el mundo de la persona, su vecindario, la escuela en la que estudia, la fábrica, el huerto, la oficina donde trabaja; esos son los lugares en los que cada hombre, cada mujer, niño o niña, busca una justicia equitativa, igualdad de oportunidades, igualdad dignidad sin discriminación. Si esos derechos no significa nada en esos lugares, tampoco significa nada en ninguna otra parte; sin una acción decidida de las y de los ciudadanos para defender esos derechos en su entorno cercano, será inútil buscar progresos en el resto del mundo”. Díganme si no tiene desperdicio lo que dijo Eleonor Roosvelt.

Les agradecemos a todas y todos ustedes su participación y atención, aquí en este foro, les encargamos que lean este importante texto de esta colección. Gracias.

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