Intervención en tribuna de Dolores Padierna, para presentar voto particular sobre la miscelánea fiscal


VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN EN TRIBUNA DE LA VICECOORDINADORA DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD EN EL SENADO, DOLORES PADIERNA LUNA,  PARA PRESENTAR VOTO PARTICULAR SOBRE LA MISCELANEA FISCAL  

Sen. Dolores Padierna Luna: Gracias presidente.

Eliminar la pobreza y reducir la desigualdad debe de ser el objetivo primordial de la política pública. Lo hemos dicho y lo vamos a seguir insistiendo. Sin embargo, no se puede construir una hacienda pública sólida y efectiva si cada año se aprueban más y mayores beneficios para sectores de altos ingresos, que gozan de jugosos beneficios fiscales, regresivos, injustos, desde hace muchos años.

Para evitar mayores daños a la hacienda pública, proponemos varios cambios a está minuta.

Consideramos necesario fomentar la actividad empresarial, especialmente  aquella que genera abundante empleo.

En ese terreno los datos son contundentes: las empresas que generan más empleos son las pequeñas y las medianas empresas. Ese hecho justifica que se les apoye permitiéndoles deducir sus inversiones. Será una medida más efectiva para crear empleo que beneficiar a los favorecidos de siempre: las grandes empresas.

La propuesta original de reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta permitía la deducción inmediata de inversiones, siempre y cuando se tratara  de empresas con ingresos de hasta 50 millones de pesos anuales, esto era correcto sin duda y quisiera explicarlo, puede explicarse porque la Cámara de Diputados  elevó a este techo a 100 millones de pesos para incluir establecimientos ajenos a la pequeñas y medianas   empresas.

Quisiera decirlo tal  como lo dice el secretario de Hacienda, Luis Videgaray en un artículo que publicó en La Jornada y que se titula: La deducibilidad de inmediata de las inversiones, dice Luis Videgaray:  “el Paquete Económico 2016 propuesto al Congreso de la Unión contiene un conjunto de medidas para promover la inversión, una es autorizar la deducibilidad inmediata de las inversiones, sin embargo, a diferencia del pasado en esta ocasión se propone que solamente las pequeñas y medianas empresas puedan acceder a este beneficio, la razón es que las deducibilidad inmediata es una forma de financiamiento que otorga el fisco y son precisamente las pequeñas y medianas empresas las que en realidad las necesitan”, luego entonces, haber elevado a 100 millones de pesos que incluye a las empresas grandes y peor aún incluir a las empresas transportistas, inmobiliarias y petroleras, nos parece inaceptable.

En la misma línea consideramos inaceptable que en el artículo 3, fracción XII de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios se establezca que el pago realizado por concepto de publicidad se cargué en el precio de la gasolina y del diésel, dicho de otra manera.

Este artículo está proponiendo que el costo de publicidad se agregue al precio y dicen que no van a aumentar las gasolinas, que no va aumentar el diésel, todo costo aumenta el precio de venta al consumidor.

Pero, además, no necesitamos publicidad para comprar gasolina, la gasolina es una necesidad, ahora que van abrir el mercado porque habrá Shell y habrá  varias quieren hacer su publicidad, pero ¿por qué con cargo al consumidor?, ¿por qué con cargo al precio final de las gasolinas?, esto nos parece inaceptable y además contradictorio con todo el discurso merolico que han traído, que no van a aumentar las tarifas, que la gasolina no va aumentar, pero están dejando todo a la  discrecionalidad y de pilón hasta la publicidad cargada en el precio de las gasolinas.

En otro rubro, consideramos que las fracciones VII a XII del Artículo Segundo del Decreto sobre el Impuesto sobre la Renta son inapropiadas porque revierten el proceso de desconsolidación aprobado en la Reforma Hacendaria.

Estas fracciones permiten aplicar un crédito contra el 50 por ciento del ISR diferido por pérdidas fiscales que con motivo de desconsolidación se encuentren pendienten a partir del 1 de enero de 2016.

Asimismo, se da un beneficio de 10 pagos del ISR diferidos al corregir los  ejercicios de 2008 a 2013. Más aún, se permite acreditar el ISR causado por la desconsolidación de empresas por concepto de dividendos o utilidades que se pagaran entre sí, pues no que habían desaparecido el Régimen de Consolidación Fiscal, pues no que la reforma hacendaria podría acotarlo de primera y luego año con año íbamos a ir desconsolidando hasta que desapareciera completamente.

Bueno, ahora todas estas fracciones están obstruyendo la desconsolidación y le están regresando otra vez a disminuir las pérdidas de las ganancias que eso es justamente la consolidación y ahora también se les da un beneficio de alargar el pago, nada más uno no paga y hay represarías y multas, pero a los magnates se les permite 10 pagos para pagar su impuesto y si no pagan otros 10 pagos; bueno, son impuestos diferidos que había eliminado la Reforma Hacendaria y ahora ustedes los vuelven revivir, evidente mente que son negociaciones cupulares de los mega empresarios que negocian con la Secretaria de Hacienda, pero hablen con la verdad, uno puede entender eso, desde que se aprobó la reforma fiscal los empresarios han presionado, presionado al grado que se tuvo que emitir un decreto de facilidades administrativas por parte de la Secretaría de Hacienda y ahora ese decreto lo ponen en ley, pero díganlo claramente, están cancelando la reforma hacendaria sólo para los grandes contribuyentes, sólo para los empresarios, sólo para la elite económica, no para los pequeños, no para los meridianos.

Viene todo el tema de los repecos que, por un lado, se les deducciones a los grandes contribuyentes, pero ni tantito a los repecos, se ha creado en esta ley, no en la Ley Impuesto sobre la Renta donde debería de ir, lo están inventando y por eso están creándolo en la Ley de Ingreso para que solo sea por un año el tema del mini RIF, el  Régimen de Incorporación Fiscal, se permite que hasta 300 mil pesos hacia abajo se le queden exentos del pago del Impuesto sobre la Renta, pero no viene el Impuesto sobre la Renta, lo cual significa un engaño, si salen mañana a decir que se les dio hasta 300 mil pesos y no van a pagar, falso eso es solamente por un tiempo, en cambio, a los otros 10 y si no pueden otros 10 pagos.

 

Los privilegios a las grandes empresas ofrecidos en el Paquete Económico, por si no fueran suficientes en el artículo 192 de la Ley de Impuesto sobre la Renta se les permite establecer fideicomiso para el capital de riesgo, además  se permite que la fidusuaria sea casa de bolsa; así mismo, la Ley de Impuesto sobre la Renta se establece un límite de 10 años para esto.

 

Dicho de otra manera, ahora ya no se van a llamar empresas, se van a llamar fidecomisos y los fidecomisos no pagan Impuesto sobre la Renta, las empresas sí, pero van a hacer todo el papel de una empresa, pero se van a llamar fideicomiso y en esta ley, los fideicomisos quedan privados, quedan exentos del pago sobre la renta, negocios, negocios, más negocios.

 

En el tema de repecos recordemos que la reforma hacendaria se incluyó la sustitución del Régimen de Pequeños Contribuyentes, se cambió por el Régimen de Incorporación Fiscal con el argumento entonces de que era necesario reducir la informalidad.

 

Este diseño del Régimen de Incorporación Fiscal, parte de este error conceptual, al considerar informales a contribuyentes que además están inscritos en el esquema conocido como REPECO que incluye, como se sabe, a locatarios de mercados, dueños de misceláneas y de negocios de servicios de muy diverso tipo, estéticas, muchas cosas.

 

Al hacer la reforma, se dijo que contribuiría a disminuir la informalidad y a crear empleos, pero nada de esto ha  ocurrido.

 

Si uno revisa la en cuenta nacional de empleo del INEGI, el sector informal representa  57.6 por ciento de la población económicamente activo. ¿Dónde está la disminución de la informalidad que se esperaba gracias a este nuevo régimen?

 

Las pequeñísimas disminuciones en las tasas de informalidad y de ocupación…

 

Las pequeñísimas deducciones de este régimen de incorporación prácticamente son simbólicas.

 

Para abreviar, me iré directo sobre el Impuesto Especial sobre Producción y Servicio que se aplica a combustibles, que se han utilizado para compensar la reducción entre los ingresos petroleros ocasionada por el desplome del precio internacional del petróleo, pero también por una reforma energética que no camina.

La reducción de los ingresos petroleros y la ineficiente recaudación tiene un gasto que el gobierno federal lo está cargando directamente a los consumidores de combustibles e indirectamente a toda la sociedad.

 

Y vuelvo a señalar que lean los documentos que entregan las autoridades donde está claramente escrito que el IEPS de 2015 sube al 2016; el IEPS cargado a combustibles automotrices, en el 2015 la gasolina magna tiene cargado 2.50 y sube a 4.16; la premium tiene un IEPS  de 1.67 y sube a 3.52; el IEPS del diésel está el 2015 3.62 y sube a 4.58, esto se llama aumentar impuestos.

 

Que no se falsee toda la información, que no se siga engañando a la sociedad, si de verdad quieren no aumentar impuestos y ser veras con los spots radio y televisión, entonces, la modificación no debe de hacerse solo a la banda, sino sobre todo al aumento de Impuesto Especial a Producción y Servicios cargados a los combustibles automotrices.

 

Miren son muchos temas porque es una Miscelánea grande, pero todos sabemos que la actual administración ha determinado que a lo largo del 2015 estén homologados  los precios a como este en Estado Unidos, por eso es indispensable poner un tope a la banda de movimiento de precios de las gasolinas en otra oportunidad hablaremos de otros impuestos que viene incluidos en la Miscelánea Fiscal, gracias.

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