Intervención de Sen. Dolores Padierna en la reunión de Comisiones unidas Telecom


Dolores Padierna
VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DE LA VICECOORDINADORA DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD EN EL SENADO, DOLORES PADIERNA LUNA EN LA REUNIÓN DE COMISIONES UNIDAS, DICTAMEN DE LEYES SECUNDARIAS EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN.
Sen. Dolores Padierna Luna: Ciudadanas y ciudadanos; el derecho a la información, la libertad de expresión, los derechos de las audiencias y de los usuario, el derecho de acceso  a Internet y el interés público son las bases que deben guiar las reformas a las leyes secundarias en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.
 
Son las bases también para consolidar en México una verdadera transición democrática y cerrarle el paso a regresiones autoritarias.
 
Son los derechos y no los intereses de los grandes monopolios los que deben guiarnos para dictaminar esta ley.
 
La información es uno de los cimientos de toda vida democrática, la información es la base de la deliberación y de la toma de decisiones por parte de la ciudadanía.
 
En una vida democrática la libertad de expresión y el acceso a la información, lo cual significa acceso a una diversidad de fuentes, son derechos sustantivos que se deben salvaguardar por las layes y las instituciones públicas. Son, a final de cuentas, conquistas civilizatorias, logros de la lucha de la sociedad por democratizar la vida pública.
 
En un verdadero sistema democrático, los medios de comunicación tienen, entre otras funciones, la construcción de una cultura cívica a través de la información, el entretenimiento, los valores culturales que promueven, además de convertirse en un control y contrapeso a los poderes públicos.
 
En un sistema autoritario  -como el mexicano-, lo que impera es el control, el secreto, el interés de las ganancias sobre el interés público.
 
Es el autoritarismo lo que domina en el terreno de la comunicación son los poderes fácticos, los grandísimos intereses económicos y la complicidad entre estos poderes y el poder público. Tan grandes son estos intereses que acaban suplantando al Estado, le imponen sus intereses y dominan los poderes constitucionales, incluido al propio Congreso.
 
La reforma constitucional de 2013 en materia de telecomunicaciones y radiodifusión representó un avance histórico para fortalecer los derechos vinculados a la libertad de expresión, el derecho a la información y plasmar la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación, así como los derechos de los usuarios y las audiencias.
 
Se consideró a los medios públicos y los medios sociales para garantizar la pluralidad y la diversidad de contenidos. La reforma constitucional otorgó a los medios públicos de autonomía de gestión y financiera; garantías de participación ciudadana, defensa de sus contenidos, opciones de financiamiento e independencia editorial.
 
La iniciativa del Ejecutivo proponía regresar la subordinación de los medios públicos a la Secretaría de Gobernación; en este dictamen ya no viene sectorizado, pero se condena a la inopia a los medios públicos.
 
Se legaliza la marginación de los medios comunitarios e indígenas, únicos capaces de brindar los beneficios de la cultura, el fomento a los valores de identidad nacional, el desarrollo científico, el ejercicio pleno a la información, aspectos esenciales para el avance de una sociedad democrática.
 
La reforma constitucional se fijó como objetivos estratégicos acotar a los llamados “poderes fácticos” en los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones para fortalecer a la sociedad y a las instituciones públicas, esto es, poner por delante la libertad de expresión, el derecho a la información de la ciudadanía y acotar el imperio de los grandes monopolios de la información que existen en el país.
 
En esta lógica, las reformas constitucionales definieron a las concesiones de telecomunicaciones y radiodifusión como “servicios públicos de interés general”; se creó un organismo constitucional autónomo el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT); se reconocen constitucionalmente los derechos de las audiencias y los usuarios; se establecen lineamientos y criterios para garantizar la competencia en cada uno de los sectores y servicios; el artículo constitucional 8 transitorio definió como un “agente económico preponderante” a aquel que cuente con una participación  nacional superior al 50% en la prestación de servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, en esta perspectiva el IFT declaró “agentes preponderantes a Televisa y a América Móvil; asimismo, se definieron las bases para la licitación de dos nuevas cadenas de televisión digital abierta en el país.
 
A pesar de todo esto, la iniciativa de Enrique Peña Nieto violenta de manera preocupante todo el espíritu y la letra de la reforma constitucional, con la perversas intenciones de consolidar un presidencialismo autoritario y los privilegios del gran monopolio de la comunicación en México que es Televisa.
 
Su iniciativa constituye una contrarreforma frente a los avances constitucionales.
 
Peña Nieto llegó a la Presidencia de la República en el 2012 como un producto creado por la telecracia, en especial, por Televisa. Un producto al que se le invirtieron grandes cantidades de dinero violando los principios elementales de una competencia democrática.
Por eso, no es de extrañar que a pesar de haberse aprobado en 2013 la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones, ahora en las leyes secundarias se pretenda tirar a la basura una reforma de gran alcance como la es la reforma constitucional en cuestión.
 
En concreto nos referimos a que el proyecto de Peña Nieto elimina la noción de servicio público. Que tiene un enorme significado ya que obliga a que tengan una función social y sean un factor de desarrollo del país. La negativa a su definición no es sólo una diferencia conceptual sino la ventana de discrecionalidad para que se imponga la ley del dinero y del más fuerte.
 
Se establecen candados de control presidencial y de posible censura en redes sociales y en medios. La mayor damnificada de este dictamen es la autonomía del IFT, pondré solo un ejemplo:
 
En este documento, que es el dictamen en el artículo 15 aparecen las facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones y ni por asomo, a pesar de las decenas de facultades que se le ponen, no está el de contenidos y los contenidos  fueron definidos en la Constitución como una facultad del Instituto.
Luego viene en otro artículo, en el 216 como facultad del Instituto Federal de Telecomunicaciones los contenidos audiovisuales, pero solamente les da el de los niños nada más, lo demás se le pone como policías y aparecen otros contenidos en el artículo 217, peroasignados a la Secretaría de Gobernación, fracción sexta, séptima y varias más, todas esas que son contenidos están en la Secretaría de Gobernación, que deberían pasar al artículo de contenido audiovisuales.
Y, hay otra parte de contenidos, eso si no es de nadie, nada más aparece contenidos en general y desde luego, se deja la discrecionalidad para que sea la Secretaría de Gobernación quien se asigne todos contenidos que son fracciones importantísimas, entre otros muchos de los derechos de las personas.
Son capítulos, son muchísimos artículos que nosotros proponemos que se lleve a el artículo de audiovisuales como facultad del Instituto Federal de Telecomunicaciones porque la Constitución jamás respaldó facultades especiales en cuanto a contenidos de radiodifusión yaudiovisuales a la Secretaría de Gobernación.
 
Esta misma Legislatura es la que aprobó la reforma constitucional en 2013 y si hubiera querido reservar facultades de contenidos para la Secretaría de Gobernación, lo hubiera hecho expreso en la Constitución, pero fue la contrario, creó al Instituto Federal deTelecomunicaciones como un órgano institucional autónomo para los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión y  no puede argumentarse que la Secretaría de Gobernación conserva esas facultades.
 
Más aún el que se pretenda preservar la figura de la secretaría de gobernación como aquella autoridad que vigila los contenidos que se transmiten por radio y televisión abierta y restringida sería tanto como preservar los elementos de régimen dictactorial y previo a la democracia que vivió México durante el siglo XX.
 
En un país democrático es incomprensible que la institución encargada de la gobernabilidad interior de las labores de inteligencia sea al mismo tiempo la que vigile la libertad de expresión y el derecho a la información.
 
En el pleno hablaremos de gráficas, de porcentajes, de alianzas entre empresas; por cierto, una de las empresas Televisa concentra el55% de la publicidad y no se quiere hablar de estas cosas en la esta iniciativa y hay alianzas ya hechas no anunciadas ante el IFT para disfrazar mientras se da esta discusión los porcentajes, hablaremos de ello con detenimiento
 
Como está redactado el dictamen, se hace imposible un modelo alterno al de los concesionarios comerciales.
 
La disputa, entonces es por el control del mercado, no por la promoción de nuevas opciones y modelos de comunicación alternativos.
 
Nosotros pedimos que se reservara un 30% del espectro radioeléctrico para los medios sociales, otro 30% para los medios públicos y otros 30% para los medios comerciales porque el espectro radioeléctrico es un bien de la nación, es un bien que le toca a toda la sociedad y no puede estar concentrado en cinco, siete o en trece personas  
 
Nosotros decimos con toda claridad que este documento, el dictamen, los derechos de la audiencias, lo hablaremos con más calma en alguna otra oportunidad, se trata pero de forma tangencial.
 
No está, aunque sí en la Constitución, pero no en el dictamen, un equilibrio entre publicidad y programación o más bien, aparece una penalización a las audiencias aumentando la publicidad; se regala un  dos por ciento de publicidad a quien haga la producción nacional en el dictamen ni siquiera se molestaron en poner producción nacional independiente, viene en otro artículo que ya venía desde el 2006, por ciento, pero en esto, lo nuevo es que se incrementa un 2% a la publicidad si se contratada la producción nacional que es de las propias televisoras y, en realidad, es una ventana para incrementar los comerciales y de esa manera castigar a las audiencias.
 
También, está una ausencia de la obligación de la alfabetización mediática o la ineficacia de las recomendaciones del defensor de las audiencias que, en otro momento hablaré para circunscribirme al tiempo.      
 
Hay muchos aspectos ausentes, diré algunos solamente: se flexibilizaron las reglas de contacto entre los comisionados y los regulados, creo que hasta la ley de Peña Nieto, la iniciativa era mejor que lo que trae este dictamen, se fueron relajando al grado de que ya no va a ver casi reglas para evitar la captura de los órganos reguladores.
 
Respetar la autonomía del IFT, hacer explicitas sus autenticas facultades  para elaborar los lineamientos en materia de contenidos y ser el órgano garante de la libertad de expresión, el derecho a la información y defensa de los derechos de los usuarios y las audiencias, establecidos en la reforma de los artículos 6 y 7 constitucionales; no está garantizado en el dictamen.
 
El plazo máximo para concesiones de uso público se estableció de 15 años, en cambio, para los comerciales es de 20  años, ¿por qué hay que discriminar entre unos y otros?, ¿por qué para unos poquito y para otros mucho?, no debe  de haber distinción.
 
Termino solo con una frase, ciudadanas y  ciudadanos:
           
Democracia contra autoritarismo; derecho a la información y liberad de expresión contra control y censura; interés público contra intereses privados; legalidad e instituciones contra poderes fácticos, tales son la retos y dilemas de la reforma a las leyes secundarias en materia de telecomunicaciones. Incluso algo más de fondo: congruencia y consecuencia ante lo ya acordado y legislado en nuestro texto constitucional o sometimiento a los intereses de los grandes monopolios de las telecomunicaciones en el país.
 
Muchos aquí le apuestan a lo segundo con su proyecto; nosotras y nosotros, junto con el grueso de la sociedad, le apostamos al primer camino, consolidar nuestra democracia, no vayamos hacia atrás, seamos verdaderos representantes y voceros del interés popular y nacional; al poder del dinero y de los grandes negocios se debe sobreponer el interés general. Esa es nuestra apuesta y nuestra convicción.
 
Muchas gracias.

Sen. Dolores Padierna Luna: Ciudadanas y ciudadanos; el derecho a la información, la libertad de expresión, los derechos de las audiencias y de los usuario, el derecho de acceso a Internet y el interés público son las bases que deben guiar las reformas a las leyes secundarias en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.

Son las bases también para consolidar en México una verdadera transición democrática y cerrarle el paso a regresiones autoritarias.

Son los derechos y no los intereses de los grandes monopolios los que deben guiarnos para dictaminar esta ley.

La información es uno de los cimientos de toda vida democrática, la información es la base de la deliberación y de la toma de decisiones por parte de la ciudadanía.

En una vida democrática la libertad de expresión y el acceso a la información, lo cual significa acceso a una diversidad de fuentes, son derechos sustantivos que se deben salvaguardar por las layes y las instituciones públicas. Son, a final de cuentas, conquistas civilizatorias, logros de la lucha de la sociedad por democratizar la vida pública.

En un verdadero sistema democrático, los medios de comunicación tienen, entre otras funciones, la construcción de una cultura cívica a través de la información, el entretenimiento, los valores culturales que promueven, además de convertirse en un control y contrapeso a los poderes públicos.

En un sistema autoritario -como el mexicano-, lo que impera es el control, el secreto, el interés de las ganancias sobre el interés público.

Es el autoritarismo lo que domina en el terreno de la comunicación son los poderes fácticos, los grandísimos intereses económicos y la complicidad entre estos poderes y el poder público. Tan grandes son estos intereses que acaban suplantando al Estado, le imponen sus intereses y dominan los poderes constitucionales, incluido al propio Congreso.

La reforma constitucional de 2013 en materia de telecomunicaciones y radiodifusión representó un avance histórico para fortalecer los derechos vinculados a la libertad de expresión, el derecho a la información y plasmar la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación, así como los derechos de los usuarios y las audiencias.

Se consideró a los medios públicos y los medios sociales para garantizar la pluralidad y la diversidad de contenidos. La reforma constitucional otorgó a los medios públicos de autonomía de gestión y financiera; garantías de participación ciudadana, defensa de sus contenidos, opciones de financiamiento e independencia editorial.

La iniciativa del Ejecutivo proponía regresar la subordinación de los medios públicos a la Secretaría de Gobernación; en este dictamen ya no viene sectorizado, pero se condena a la inopia a los medios públicos.

Se legaliza la marginación de los medios comunitarios e indígenas, únicos capaces de brindar los beneficios de la cultura, el fomento a los valores de identidad nacional, el desarrollo científico, el ejercicio pleno a la información, aspectos esenciales para el avance de una sociedad democrática.

La reforma constitucional se fijó como objetivos estratégicos acotar a los llamados “poderes fácticos” en los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones para fortalecer a la sociedad y a las instituciones públicas, esto es, poner por delante la libertad de expresión, el derecho a la información de la ciudadanía y acotar el imperio de los grandes monopolios de la información que existen en el país.

En esta lógica, las reformas constitucionales definieron a las concesiones de telecomunicaciones y radiodifusión como “servicios públicos de interés general”; se creó un organismo constitucional autónomo el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT); se reconocen constitucionalmente los derechos de las audiencias y los usuarios; se establecen lineamientos y criterios para garantizar la competencia en cada uno de los sectores y servicios; el artículo constitucional 8 transitorio definió como un “agente económico preponderante” a aquel que cuente con una participación nacional superior al 50% en la prestación de servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, en esta perspectiva el IFT declaró “agentes preponderantes a Televisa y a América Móvil; asimismo, se definieron las bases para la licitación de dos nuevas cadenas de televisión digital abierta en el país.

A pesar de todo esto, la iniciativa de Enrique Peña Nieto violenta de manera preocupante todo el espíritu y la letra de la reforma constitucional, con la perversas intenciones de consolidar un presidencialismo autoritario y los privilegios del gran monopolio de la comunicación en México que es Televisa.

Su iniciativa constituye una contrarreforma frente a los avances constitucionales.

Peña Nieto llegó a la Presidencia de la República en el 2012 como un producto creado por la telecracia, en especial, por Televisa. Un producto al que se le invirtieron grandes cantidades de dinero violando los principios elementales de una competencia democrática.
Por eso, no es de extrañar que a pesar de haberse aprobado en 2013 la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones, ahora en las leyes secundarias se pretenda tirar a la basura una reforma de gran alcance como la es la reforma constitucional en cuestión.

En concreto nos referimos a que el proyecto de Peña Nieto elimina la noción de servicio público. Que tiene un enorme significado ya que obliga a que tengan una función social y sean un factor de desarrollo del país. La negativa a su definición no es sólo una diferencia conceptual sino la ventana de discrecionalidad para que se imponga la ley del dinero y del más fuerte.

Se establecen candados de control presidencial y de posible censura en redes sociales y en medios. La mayor damnificada de este dictamen es la autonomía del IFT, pondré solo un ejemplo:

En este documento, que es el dictamen en el artículo 15 aparecen las facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones y ni por asomo, a pesar de las decenas de facultades que se le ponen, no está el de contenidos y los contenidos fueron definidos en la Constitución como una facultad del Instituto.

Luego viene en otro artículo, en el 216 como facultad del Instituto Federal de Telecomunicaciones los contenidos audiovisuales, pero solamente les da el de los niños nada más, lo demás se le pone como policías y aparecen otros contenidos en el artículo 217, pero asignados a la Secretaría de Gobernación, fracción sexta, séptima y varias más, todas esas que son contenidos están en la Secretaría de Gobernación, que deberían pasar al artículo de contenido audiovisuales.

Y, hay otra parte de contenidos, eso si no es de nadie, nada más aparece contenidos en general y desde luego, se deja la discrecionalidad para que sea la Secretaría de Gobernación quien se asigne todos contenidos que son fracciones importantísimas, entre otros muchos de los derechos de las personas.
Son capítulos, son muchísimos artículos que nosotros proponemos que se lleve a el artículo de audiovisuales como facultad del Instituto Federal de Telecomunicaciones porque la Constitución jamás respaldó facultades especiales en cuanto a contenidos de radiodifusión y audiovisuales a la Secretaría de Gobernación.

Esta misma Legislatura es la que aprobó la reforma constitucional en 2013 y si hubiera querido reservar facultades de contenidos para la Secretaría de Gobernación, lo hubiera hecho expreso en la Constitución, pero fue la contrario, creó al Instituto Federal de Telecomunicaciones como un órgano institucional autónomo para los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión y no puede argumentarse que la Secretaría de Gobernación conserva esas facultades.

Más aún el que se pretenda preservar la figura de la secretaría de gobernación como aquella autoridad que vigila los contenidos que se transmiten por radio y televisión abierta y restringida sería tanto como preservar los elementos de régimen dictactorial y previo a la democracia que vivió México durante el siglo XX.

En un país democrático es incomprensible que la institución encargada de la gobernabilidad interior de las labores de inteligencia sea al mismo tiempo la que vigile la libertad de expresión y el derecho a la información.

En el pleno hablaremos de gráficas, de porcentajes, de alianzas entre empresas; por cierto, una de las empresas Televisa concentra el 55% de la publicidad y no se quiere hablar de estas cosas en la esta iniciativa y hay alianzas ya hechas no anunciadas ante el IFT para disfrazar mientras se da esta discusión los porcentajes, hablaremos de ello con detenimiento

Como está redactado el dictamen, se hace imposible un modelo alterno al de los concesionarios comerciales.

La disputa, entonces es por el control del mercado, no por la promoción de nuevas opciones y modelos de comunicación alternativos.

Nosotros pedimos que se reservara un 30% del espectro radioeléctrico para los medios sociales, otro 30% para los medios públicos y otros 30% para los medios comerciales porque el espectro radioeléctrico es un bien de la nación, es un bien que le toca a toda la sociedad y no puede estar concentrado en cinco, siete o en trece personas

Nosotros decimos con toda claridad que este documento, el dictamen, los derechos de la audiencias, lo hablaremos con más calma en alguna otra oportunidad, se trata pero de forma tangencial.

No está, aunque sí en la Constitución, pero no en el dictamen, un equilibrio entre publicidad y programación o más bien, aparece una penalización a las audiencias aumentando la publicidad; se regala un dos por ciento de publicidad a quien haga la producción nacional en el dictamen ni siquiera se molestaron en poner producción nacional independiente, viene en otro artículo que ya venía desde el 2006, por ciento, pero en esto, lo nuevo es que se incrementa un 2% a la publicidad si se contratada la producción nacional que es de las propias televisoras y, en realidad, es una ventana para incrementar los comerciales y de esa manera castigar a las audiencias.

También, está una ausencia de la obligación de la alfabetización mediática o la ineficacia de las recomendaciones del defensor de las audiencias que, en otro momento hablaré para circunscribirme al tiempo.

Hay muchos aspectos ausentes, diré algunos solamente: se flexibilizaron las reglas de contacto entre los comisionados y los regulados, creo que hasta la ley de Peña Nieto, la iniciativa era mejor que lo que trae este dictamen, se fueron relajando al grado de que ya no va a ver casi reglas para evitar la captura de los órganos reguladores.

Respetar la autonomía del IFT, hacer explicitas sus autenticas facultades para elaborar los lineamientos en materia de contenidos y ser el órgano garante de la libertad de expresión, el derecho a la información y defensa de los derechos de los usuarios y las audiencias, establecidos en la reforma de los artículos 6 y 7 constitucionales; no está garantizado en el dictamen.

El plazo máximo para concesiones de uso público se estableció de 15 años, en cambio, para los comerciales es de 20 años, ¿por qué hay que discriminar entre unos y otros?, ¿por qué para unos poquito y para otros mucho?, no debe de haber distinción.

Termino solo con una frase, ciudadanas y ciudadanos:

Democracia contra autoritarismo; derecho a la información y liberad de expresión contra control y censura; interés público contra intereses privados; legalidad e instituciones contra poderes fácticos, tales son la retos y dilemas de la reforma a las leyes secundarias en materia de telecomunicaciones. Incluso algo más de fondo: congruencia y consecuencia ante lo ya acordado y legislado en nuestro texto constitucional o sometimiento a los intereses de los grandes monopolios de las telecomunicaciones en el país.

Muchos aquí le apuestan a lo segundo con su proyecto; nosotras y nosotros, junto con el grueso de la sociedad, le apostamos al primer camino, consolidar nuestra democracia, no vayamos hacia atrás, seamos verdaderos representantes y voceros del interés popular y nacional; al poder del dinero y de los grandes negocios se debe sobreponer el interés general. Esa es nuestra apuesta y nuestra convicción.

Muchas gracias.