Cumpliremos en tiempo y forma con la legislación en materia de tortura: Angélica de la Peña


  • Contar con una ley general contra la tortura es el paso indispensable para erradicar este delito: Juan Méndez

 

Versión estenográfica de la conferencia de prensa ofrecida por el señor Juan Méndez, Relator Especial sobre la Tortura de las Naciones Unidas, luego de una reunión de trabajo con las y los presidentes y presidentas de las comisiones dictaminadoras de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes.

 

Angélica de la Peña Gómez (ADLPG): Les damos las gracias por estar en esta conferencia de prensa. Tenemos la visita en México, con un propósito francamente sensacional,  del señor Relator Juan Méndez, Relator de Naciones Unidas especialista en la materia contra la tortura, que nos visita en el Senado de la República con un cometido trascendental para las comisiones que estamos trabajando la iniciativa en materia de tortura.

 

Le voy a pedir que él nos dé un breve mensaje de cómo ve el proceso legislativo; hemos tenido una reunión muy productiva, quienes presidimos estas comisiones en relación al anteproyecto de dictamen de la ley contra la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, para que podamos cumplir en tiempo y forma con la legislación, entre otras, sobre esta materia.

 

Entonces, el señor Relator va a hacer un mensaje, sobre las observaciones que hizo; anticipadamente la damos las gracias por haber venido de manera rápida y urgente a tener esta reunión de trabajo con todas y todos nosotros.

 

Por favor, señor Relator, si es usted tan amable.

 

Juan Méndez (JM).- Muchas gracias, señora senadora. Gracias a ustedes, señores de los medios de comunicación.

 

Efectivamente, hemos tenido una muy importante sesión de trabajo, me siento muy honrado de haber sido invitado por las comisiones respectivas, de Derechos Humanos y de Relaciones Internacionales del Senado, para venir a, y la Comisión de Justicia, por haberme invitado a venir a expresar algunas consideraciones sobre el proyecto de ley, sobre ley general de detención y castigo de la tortura, y haberme permitido leer el proyecto de Ley General de Ejecución Penal.

 

En ambos casos, mi informe de hace un año sobre México promovía la sanción de ambas leyes con carácter general para todo México y por eso es para mí un gran honor ser invitado a hablar de estos temas, pero también motivo de complacencia al ver que México está trabajando  sobre estas  dos iniciativas que tienen suma importancia.

 

La mayor parte de mis apreciaciones esta tarde fueron sobre el anteproyecto de dictamen de la ley general sobre tortura, porque es el proyecto que he tenido más a mi vista y me he permitido hacer algunas recomendaciones puntuales sobre algunos de los temas allí tratados; reconociendo obviamente que el proyecto de ley tiene iniciativa del Poder Ejecutivo y que ha tenido varias  otras iniciativas legislativas, con participación de expertos  y representantes de la sociedad civil, lo cual por sí mismo, de generación de políticas públicas, me parece muy alentador.

 

Me parece de suma importancia que se pueda crear un instrumento legal que permita al Estado de los estados Unidos Mexicanos y a cada una de sus entes federativas tener una herramienta jurídica para combatir el flagelo de la injusticia y especialmente combatir su impunidad; me parece que los principios que alientan y que inspiran esta ley, y también los principios  que inspiran la ley general de ejecución penal, son formas de cumplimentar las obligaciones internacionales de México con respecto a los tratados internacionales de los derechos humanos.

 

Por eso ha sido un gran honor para mí poder estar esta tarde en esta reunión de trabajo. Muchas gracias.

 

ADLPG.- Muchas gracias. ¿Alguien quiere hacer alguna pregunta? Por favor Lety.

 

Pregunta.- Le quiero preguntar sobre dos puntos específicos del proyecto de dictamen que (inaudible) uno que tiene que ver con no considerar como tortura tratos crueles, inhumanos, los procesos de detención de los cuerpos policiacos, a algunos grupos delictivos , o algunas personas que faltan al estado de derecho en México, y la pregunta concreta es ¿desde su perspectiva existen los elementos suficientes  para que en México los cuerpos policíacos puedan respetar o tengan estos parámetros suficientes para  que no se confunda la tortura en si misma con el maltrato que pueda tener la detención misma de la policía?

 

Esa es una, y la segunda pregunta es otro aspecto de este proyecto de dictamen, que tiene que ver con la decisión de los senadores de no castigar la desobediencia de subalternos a mandos superiores que les indiquen proceder de manera violenta sobre alguna persona., esto es, digamos, sano para la disciplina, por ejemplo, militar?

 

JM.- Respecto a la primera pregunta. La verdad es que la detención, retención, apresamiento o de la manera que se le quiera llamar, yo prefiero la privación de la libertad, porque es más amplia y abarcativa, en todos los momentos debe ser conforme a las directivas del derecho internacional sobre el tratamiento digno de la persona humana; en consecuencia, se debe usar la fuerza exclusivamente en proporción a la conducta exhibida por la persona que está siendo detenida, todo otro ejercicio de la fuerza que vaya más allá de lo que la conducta de la persona obliga a ejercer como fuerza es, automáticamente, trato cruel, inhumano o degradante, y si es más brutal todavía, es tortura.

 

De manera que no me parece que haya contradicción con insistir en que se clarifique cuándo hay trato cruel, inhumano o degradante, y cuándo hay tortura, y se penalicen y se sancionen, peor también se hagan esfuerzos preventivos para que ninguna de las dos conductas ocurra.

Y con respecto a la segunda parte, la verdad que el derecho internacional establece con mucha claridad que la obediencia a órdenes para cometer violaciones a los derechos humanos no es una defensa aceptable en cuanto al derecho penal; en las condiciones, por supuesto, de que la orden sea manifiestamente (inaudible) y también que no haya una opción moral por parte de quien recibe la orden para desobedecerla u oponerse a obedecerla.

 

De manera que, independientemente, que se diga en una ley general o lo que diga el derecho interno, la persona que recibe una orden de torturar, que esté recibiendo una orden manifiesta (inaudible) y tiene la obligación de desobedecerla, y la ley tiene que proteger a la persona  que desobedece, no proteger al superior que da la orden.

 

P.- Señor Relator, yo quisiera preguntarle, ya conocía el proyecto de ante dictamen, ¿en su opinión cumple con los estándares internacionales? ¿Y la sanción de 20 años por tortura es adecuada o se requiere más? Y ¿qué opinión o qué recomendó a los senadores presentes que incluya la ley?

 

JM.- El texto que yo he leído es en todas sus partes completamente consistente con las obligaciones internacionales de México, y especialmente en términos de la sanción penal para la tortura; lo que el derecho internacional reclama es que la tortura sea sancionada proporcionalmente a su gravedad, lo cual quiere decir, más o menos, que tiene que ser equiparable; la pena que yo vi en el proyecto en su forma agravada puede llegar a veinte años, pero no toda acción de tortura va a recibir una pena de veinte años.

 

Yo creo que la pena que se contempla, el derecho internacional no dice cuánto debe ser el monto de la pena, pero sí dice que debe ser equiparada a los delitos más graves, y yo creo que en eso está perfectamente consistente.

 

En cuanto a lo que comenté en nuestra sesión de trabajo, además de apoyar con mucho entusiasmo la ley misma, me permití señalar algunos aspectos en los cuales el lenguaje se puede mejorar para evitar posibles inconsistencias con otros aspectos del derecho internacional de los derechos humanos; por ejemplo, la prisión preventiva aún para los acusados de tortura no puede ser oficiosa, porque eso viola el principio general del derecho internacional de los derechos humanos de que la prisión preventiva debe ser excepcional; lo mismo respecto a la regla de exclusión, que es un aspecto muy importante en la Convención contra la Tortura, es importantísimo regularla bien, pero también hay que evitar que la ley sin que sea esa la intención, termine automáticamente impidiendo la investigación de delitos simplemente porque alguien denuncia haber sido torturado sin que haya razones fundadas para pensar que sí ha sido torturado.

 

Pero me parece que son cuestiones de técnica legislativa y de redacción, que son muy fáciles de resolver.

 

P.- Relator, yo le quiero preguntar si ¿esto sería un parteaguas para que disminuya la tortura en México después de todo lo que usted presenció en el país? Y por otra parte ¿es urgente que se haga a nivel federal una ley que regule el uso de la fuerza y de las armas, porque usted lo acaba de comentar precisamente para las detenciones? Y si me regala una opinión sobre, hemos visto que ahora lo que no se había hecho en otras ocasiones que un Secretario de la Defensa Nacional pues ofrezca una disculpa a la Nación por hechos de tortura, sobre todo por un caso en específico reciente, entonces, su opinión sobre esto toda vez pues tenemos el marco de lo que le respondió el gobierno federal cuando usted hablaba de la tortura generalizada en México.

 

JM.- Yo creo que una ley general sobre tortura es una herramienta indispensable y de una gran utilidad, pero no es un parteaguas, un parteaguas va a ser su implementación concreta de los hechos, y eso va a depender no solamente de la sabiduría con que se redacte la ley sino también de la voluntad política de implementarla con decisión y sin crear excepciones; de manera que es un paso hacia la vigencia efectiva del estado de derecho y de los derechos humanos en México, y ojalá que un paso hacia la abolición en la práctica de la tortura, eso va a tener que ser el segundo paso; pero sí creo que sin la ley general contra la tortura va a ser mucho más difícil llegar a ese segundo paso, por eso me parece que es muy importante lo que el Senado de México está haciendo.

 

En cuanto al pedido de disculpas de altos jefes militares y policiales, yo los he visto por televisión, no tengo información detallada sobre a qué se refieren; me parece importante que se pidan disculpas; me parece importante que se pidan disculpas si eso significa un cambio de actitud hacia la investigación real de todos los delitos parecidos; me parece que es importante que se haga cuando la evidencia en un video es tan clara que no hay más remedio, peor también debería ser una actitud más general con respecto a otros casos de tortura que a lo mejor no están tan bien demostrados y por lo tanto no están en la conciencia pública.

 

De todas maneras me parece un paso al frente, un paso importante, que se haga una declaración pública de pedido de disculpas.

 

Y con respecto al diferendo, como le llamamos, que tuvimos hace un año con el gobierno de México, tanto el gobierno de México, como yo, lo hemos dado por zanjado y terminado y me complazco en decir que independiente de eso, hemos tenido un diálogo fructífero durante todo este año que ha transcurrido y espero que siga siendo así; espero que cuando yo termine mi mandato, que es en octubre de este año, mi sucesor o sucesora, puedan tener el mismo o si se quiere, mejor nivel de diálogo con las autoridades mexicanas; de mi parte y estoy seguro de que de parte de mi sucesor o sucesora está la mejor buen voluntad para que ese diálogo sea de entendimiento.

 

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