Angélica de la Peña propone crear la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia por Desaparición


Boletín de Prensa

Ciudad de México, a 08 de marzo 2018

 

 

Angélica de la Peña propone crear la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia por Desaparición

La senadora Angélica de la Peña presentó una iniciativa para crear la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia por Desaparición y por la que se reforman diversas disposiciones legales en materia de Declaración Especial de Ausencia por Desaparición.

La iniciativa propone una ley que reconozca, proteja y garantice la continuidad de la personalidad jurídica y los derechos de la persona desaparecida y, a otorgue las medidas apropiadas para asegurar la protección más amplia de sus familiares.

La legisladora del PRD explicó en su propuesta que una vez que se da la desaparición forzada o la cometida por particulares, la persona desaparecida ve afectado su derecho a la personalidad jurídica cayendo en un limbo jurídico acompañado de sus familiares.

Apuntó que en este contexto, quienes también resienten -de diferentes formas- la desaparición de una persona son los familiares de esta; ya que, la persona desaparecida en muchos casos puede ser el sustento de la familia. Además, derivado de la desaparición,  sus bienes o propiedades quedan en la incertidumbre, ya la mayoría de las veces no hay posibilidad de que sean administrados para garantizar la subsistencia de la familia o de las personas dependientes.

De lo anterior, se desprende la necesidad de dar cumplimiento al artículo Noveno Transitorio de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares .

La iniciativa que presentó la senadora de la Peña Gómez retoma las reglas de competencia para poder presentar la solicitud de Declaración Especial de Ausencia de conformidad con la Ley General, y establece la obligación que tienen tanto las autoridades federales, estatales o municipales; así como, de los particulares que realizan actos equivalentes a los de autoridad, de reconocer la validez de la Declaración Especial de Ausencia y sus efectos.

También se precisa quiénes son los sujetos facultados para solicitar la Declaración Especial de Ausencia, eliminando o dejando de lado el monopolio que ejerce el Ministerio Público que conoce de una denuncia por desaparición forzada personas o desaparición cometida por particulares; dándole paso a más personas que pudieran tener un interés legítimo en que se emita un Declaración Especial de Ausencia.

Cabe mencionar que esta Ley Federal toma en consideración el enfoque diferencial y especializado garantizando medidas específicas para personas de comunidades y pueblos indígenas, así como personas migrantes, por lo que en este capítulo se establecen requisitos mínimos de cómo se les deben de garantizar el acceso a este procedimiento, cuidando en todo momento su derecho a la justicia y a la verdad.

Se señala que la Declaración Especial de Ausencia es un procedimiento de jurisdicción voluntaria regido por los principio de inmediatez, celeridad, gratuidad y sensible los requerimientos y necesidades especiales de cada caso.

El proyecto de ley materializa el principio de presunción de vida, al darle continuidad a la personalidad jurídica de la persona desaparecida omitiendo en todo momento la presunción de muerte o algún elemento que la constituya. Se busca también, proteger los derechos laborales y de seguridad social que la persona desaparecida detentaba antes de que sufriera la comisión de un delito.

Otro elemento que deja claro el principio de presunción de vida que rige esta Ley es la obligación que tiene el Ministerio Público de la Fiscalía Especializada y la Comisión Nacional de Búsqueda de continuar con la búsqueda de la Persona Desaparecida y el esclarecimiento de los hechos.

Cabe destacar que se abre la posibilidad de que los familiares de una persona desaparecida que hayan tenido que optar por una  declaratoria por presunción de muerte o de una declaratorio por ausencia en términos de la ley en materia civil, puedan reconvertirla a una Declaratoria Especial de Ausencia, de conformidad con esta Ley.

“Esta iniciativa busca adelantar la discusión sobre la necesidad de contar con un marco jurídico que garantice la personalidad jurídica y los derechos de la persona desaparecida; así como, brinde la protección más amplia a sus familiares. No es una propuesta acabada, por el contrario se espera que, la discusión que se tenga, al respecto de este tema tan importante, se enriquezca con las aportaciones y precisiones que sean necesarias por parte de los actores estratégicos”, concluyó la senadora Angélica de la Peña.

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