Sanciones más severas e imprescriptibilidad, necesarios elementos para erradicar la tortura: Angélica de la Peña


Angelica de la Peña

Intervención de la senadora Angélica de la Peña Gómez para presentar proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura.

Angélica de la Peña Gómez (ADLPG).- Con su permiso, señor Presidente.

El tema que hoy nos ocupa ha venido trabajándose desde la legislatura pasada y hemos insistido en la construcción del tipo penal que tiene que ver con la tortura de manera que vaya en congruencia con los tratados internacionales que México ha firmado. Yo creo que es muy importante destacar fundamentalmente la Convención Interamericana para Prevenir, y Sancionar la Tortura, que nos ha dado una serie de elementos importantes de tipo jurídico que configuran el delito de manera debida.

Por lo tanto, las características de esta iniciativa también han sido discutidas por las plenarias, por las comisiones, de nuestro Congreso de la Unión, sin embargo, se debe rehacer el procedimiento de discusión porque hemos trabajado en una verdadera adecuación, de tal manera que el ir y venir de este dictamen nos ha llevado a que ahora lo hagamos de manera inicial, para que no se demerite ninguna de las revisiones que hemos hecho desde la comisión de Derechos Humanos del Senado de la República ya en esta Legislatura.

En principio, la denominación de la Ley, no confundir, me parece que el objeto de la Ley es Prevenir, Sancionar y Erradicar la Tortura, por lo tanto, en la naturaleza y ámbito de aplicación a partir de este objeto, tiene que estar inscrita en los estándares internacionales en la materia.

Hay un anacronismo debido a que esta ley que es vigente, la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, fue finalmente inscrita desde el Código Penal del Distrito Federal y, por supuesto, nos parece que hay elementos importantes que tienen que ser considerados en el ámbito federal.

La reforma también plantea que hay que modificar el objeto que tienen los órganos dependientes del Ejecutivo federal, por lo tanto, que deben llevar a cabo programas permanentes y establecer procedimientos específicos, no únicamente los relacionados con la procuración de justicia sino también de la seguridad pública en términos del artículo 1º de nuestra Constitución y del 21 de nuestra Constitución.

La inscripción típica, por lo tanto, la conducta de tortura tiene que tener una adecuación típica del delito de tortura conforme, insisto, como se ha venido configurando a nivel internacional desde el ámbito interamericano y Naciones Unidas.

La comisión de delito de tortura tiene también una innovación importante cuando se involucra a un particular, no un agente del Estado, que está de manera clara participando de la comisión de ese delito, siempre a partir de una directriz de un agente del Estado.

Claro, también nos preocupa el aumento de la pena de la tortura, nos parece muy importante que hay que elevar la privación de libertad; por supuesto también es muy necesario que establezcamos la obligación de denunciar por parte de servidores públicos que puedan estar sirviendo a los delitos que tienen que ver con la tortura, obligando que tiene que haber una denuncia correspondiente de manera inmediata.

La sanción agravada cuando se comente un ataque generalizado y sistemático, yo sé que esto ha creado un debate en las comisiones en la Cámara de Diputados, la reforma está inscrita en el artículo 5 de la Ley, pero nos parece muy importante establecer la penas previstas para el delito, que tendrán que aumentar hasta en una mitad en su mínima y máximo, cuando la tortura sea perpetrada como parte de un ataque generalizado y sistemático contra la población civil y con conocimiento de dicho ataque. En este caso, por supuesto, estamos estableciendo que el delito sea imprescriptible.

La obligación debida o jerárquica como eximente, no se acepta la obediencia debida o jerárquica, ni ninguna otra, como eximente de la responsabilidad del delito de tortura.

En general, esas son las características de esta iniciativa, por supuesto, se configura también en un debate muy importante que realizaremos en la Ciudad de Aguascalientes, en un foro internacional al que el Senado está convocando, con expertas, expertos, donde analizaremos en cuatro mesas especializadas el tema que nos obliga a legislar lo más pronto posible.

Es cuanto. Gracias.
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La iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores.