Versión de la participación del senador del Grupo Parlamentario del PRD, Marco Trejo Pureco, para presentar proyecto de decreto por el que se reforma la Fracción V del Artículo 17 y el Artículo 144, ambos de la Ley General de Salud, para la elaboración del Programa Universal de Vacunación


Ciudad de México, 25 de marzo de 2021.

 

Gracias, presidenta. Con su permiso. Señoras senadoras, señores senadores. El día de hoy, a nombre del grupo parlamentario del PRD quiero, de nueva cuenta, señalar la importancia que tiene para nosotros y para miles de mexicanos y mexicanas, el Plan de Vacunación Contra el COVID-19.

De este Plan hemos dejado claro su emergencia, pero también la necesidad que sea estratégico, puntual en las necesidades de las regiones más afectadas y, sobre todo, que priorice el personal de salud que se encuentre en los hospitales, así como a las personas que corren un mayor riesgo de contagio por el desempeño de sus actividades.

Sabemos que el Gobierno Federal ha expuesto que se tendrá acceso a diversas vacunas. Somos el décimo país en este camino a nivel mundial y el cuarto en América, sin embargo, para que esto se pueda cristalizar, debemos contar con un Plan de Vacunación efectivo.

En esta reflexión sobre la necesidad de contar con un Plan de Vacunación eficiente y estratégico, quiero hacer mención del camino que ya tiene nuestro país desde la década de 1970 en esta materia. Gracias a este esfuerzo institucional, ha quedado patente que los programas de vacunación integrales son una piedra angular para la prevención y destacan, como una de las intervenciones de salud pública más rentables.

En este sentido, en 2018, la Secretaría de Salud informó coberturas con esquema completo de vacunación en infantes menores de un año y niños de un año que fueron de 92.8 a 89.5 por ciento, respectivamente. Asimismo, la cobertura de triple viral fue de 97.1 por ciento para los de un año.

Por lo anterior y con la finalidad de robustecer este sistema, el cual creemos nosotros que es uno de los más valorados en la región latinoamericana, hoy proponemos reformar el Artículo 17 de la Ley General de Salud para darle competencia al Consejo de Salubridad General para participar en la elaboración de los criterios y procedimientos para lograr el control, la eliminación o la erradicación de enfermedades prevenibles por vacunación.

Esta modificación la consideramos de suma relevancia, dado que actualmente esta competencia sólo recae en la Secretaría de Salud, pues la intervención de dicho Consejo, en conjunto con la Secretaría de Salud y el Consejo Nacional de Vacunación, permitirá generar una política pública más eficiente, así como otorgarle mayor operatividad, pues conforme a la Base I de la Fracción XVI del Artículo 73 constitucional, las disposiciones del Consejo de Salubridad General son obligatorias en el país.

Asimismo, buscamos reformar el Artículo 144 de la Ley General de Salud para que la vacunación contra enfermedades transmisibles, prevenibles por este medio de inmunización, sea la que estime necesaria la Secretaría de Salud, pero siempre con la opinión del Consejo Nacional de Vacunación.

Esta modificación refuerza el Programa Universal de Vacunación en nuestro país, y lo armoniza con el Artículo 157 Bis de la Ley General de Salud en su Fracción I, que señala como una obligación de la Secretaría de Salud, definir con la opinión del Consejo Nacional de Vacunación, los criterios y procedimientos para lograr el control, la eliminación o la erradicación de enfermedades prevenibles por vacunación.

Estas reformas no buscan otra cosa, más que, por una parte, sumar esfuerzos al incorporar al Consejo de Salubridad General, así como al Consejo Nacional de Vacunación en la aplicación del Plan Universal de Vacunación y, por otra parte, hacer congruente el espíritu de coordinación que se encuentra en la ley, ya que el texto vigente sólo faculta a la Secretaría de Salud en esta tarea.

Lo anterior es muy importante, ya que diversas encuestas a nivel local señalan aún deficiencias y contrastes en los niveles de vacunación, por ejemplo, la Universidad de Washington, reportó una cobertura completa de 22 por ciento, para niños de 18 a 59 meses de edad, en municipios de alta marginación en nuestro país.

De igual forma, la Organización Panamericana de Salud, reportó que nueve estados tienen variaciones que van de 56 al 90 por ciento respecto a la cobertura de nuestra vacunación. Asimismo, la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición señaló variaciones en el porcentaje de vacunación del 52 al 54 por ciento, entre los niños y niñas del 12 a 23 y de 24 a 35 meses, respectivamente.

Por ello, es muy importante la propuesta que estamos realizando, no debemos bajar la guardia ante brotes de enfermedades prevenibles por vacunación, considerando la emergencia sanitaria que atravesamos.

Debemos legislar para actualizar nuestro marco jurídico, a fin de salvar vidas de las generaciones futuras. La suma de esfuerzos es fundamental para que podamos seguir adelante y seguir fortaleciendo nuestros esquemas de vacunación. Por su atención, muchas gracias, compañeras y compañeros.