Versión del coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa, para presentar iniciativa que reforma el Artículo 167 de Código Nacional de Procedimientos Penales.


Ciudad de México, 22 de mayo de 2019

*Versión del coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa, para presentar iniciativa que reforma el Artículo 167 de Código Nacional de Procedimientos Penales.*

Gracias presidente, compañeras legisladoras, compañeros legisladores, permítanme ustedes referir en primer lugar el ejercicio que el día de ayer, en este mismo Senado de la República, tuvo lugar y que fue un ejercicio de consenso, de análisis, de resumen de trabajo de muchas semanas de todos los grupos parlamentarios, de los grupos de la mayoría, sus aliados y por supuesto también de los grupos que se han incluido en el llamado bloque de contención.

Lo importante es que se abonó de manera sustancial para el país en la construcción de cuatro leyes que para la seguridad nacional son muy importantes, leyes de alcance de ese tenor; vuelvo a reconocer el trabajo de Ricardo Monreal en ese sentido, porque se escuchó a todos los grupos, porque se permitió tener leyes que no solamente resultan producto de un procedimiento legal, material y formalmente, sino también con legitimación y legitimidad y eso es muy importante.

Precisamente en esta tarea, en la tarea que ha planteado el Gobierno Federal de rescatar la seguridad, se abonó ya con la reforma al Artículo 19 constitucional; no quiero decir que sea lo óptimo que se tenga que recurrir a la prisión preventiva de manera oficiosa, pero sí quiero decir que en este momento ha resultado indispensable, que las cifras que hoy tiene de violencia nuestro país son el resultado clarísimo -si ustedes lo ven-, es clarísimo el reflejo, finales de 2015 al ejercicio 2016, una salida masiva de más de 70 mil personas de todas las prisiones, sólo en la Ciudad de México cerca de 15 mil; reitero, el debate de si debe o no debe proceder la prisión preventiva oficiosa es otro.

Pero ahora lo que nos ocupa es una tarea de complemento de nuestra función legislativa, una tarea que permitirá armonizar esa reforma al Artículo 19 constitucional; ya reformado este artículo, ha incluido en el catálogo de delitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa, entre otros, el de hidrocarburos, el que corresponde a la violencia sexual contra menores, el de robo a casa habitación, el de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, el delito que se refiere a las armas, esto es de todos los días, en todos los lugares del país, detención de personas armadas y salida inmediata, lo que se conoce como la puerta giratoria, todos los días.

Bien, tenemos ya la reforma constitucional pero hay que armonizar, es indispensable armonizar el Artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales para que en la redacción que estamos proponiendo incluya lo que dice la Constitución, actualmente este Artículo 167 no incluye pues, a estos delitos; así que es una propuesta tan sencilla como eso, simplemente armonizar el texto constitucional con el Artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Una tarea complementaria de la labor que ya se ha hecho por el Congreso es armonizar las leyes que corresponden o que derivan de esa misma iniciativa, así que esa es la tarea que tenemos hacia adelante, poder lograr esta armonización del Artículo 167 para darle fuerza plena a estas tareas que urgen para nuestro país.

Es cuanto presidente, muchas gracias.