Versión del coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa, para presentar iniciativa por la que se modifica la Ley de Migración.


Ciudad de México, 12 de junio de 2019

*Versión del coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa, para presentar iniciativa por la que se modifica la Ley de Migración.*

Muchas gracias presidente, compañeras legisladoras, compañeros legisladores, en nombre del Grupo Parlamentario del PRD presento esta iniciativa en un tema sensible y por supuesto pertinente en el contexto actual que es el asunto migratorio, el compromiso humanitario histórico que ha caracterizado a nuestro país como lugar de refugio, de tránsito para miles de personas desplazadas, esta iniciativa busca cumplir además con compromisos internacionales que tiene nuestro país y que han sido parte de un debate que recién tuvimos.

Me refiero al que se suscitó con motivo de la reforma constitucional que transformó a la Guardia Nacional, específicamente cuando se abordaron las leyes secundarias, concretamente la Ley Nacional de Registro de Detenciones, en ese momento se acordó, en el Artículo octavo transitorio que el Congreso de la Unión reformaría la Ley de Migración a efecto de crear el registro de personas migrantes detenidas, por ello es la pertinencia de esta iniciativa y de su discusión, se trata de pues de crear este Registro de Personas Migrantes Detenidas que como sabemos tiene una naturaleza distinta pero que ha sido señalado por Naciones Unidas como indispensable dentro del marco jurídico de nuestro país, contar con el registro de las personas migrantes que son detenidas.

Y digo que son de una naturaleza distinta porque se ha dicho y se ha dicho bien, que no se comete un delito al ingresar al territorio, que no deben ser equiparadas de inmediato con un registro de personas que cometen conductas que pueden ser consideradas como delictivas y por eso y por varias de estas razones es que se estuvo de acuerdo en no incluir a los migrantes en el Registro Nacional para las Detenciones, sin embargo debemos de ser cuidadosos en este análisis.

El Artículo 144 de la Ley de Migración señala cuáles son los motivos por los que los migrantes extranjeros son presentados a las estaciones migratorias, entre otras por internarse al país sin documentación requerida, por ingresar por un lugar no autorizado, porque habiendo sido deportados se internen nuevamente en territorio nacional, por sentarse como mexicanos o mexicanas ante el Instituto Nacional de Migración, por estar sujetos a un proceso penal o haber sido condenados por delito grave, por los antecedentes en el extranjero que pudieran comprometer la seguridad nacional, por proporcionar información falsa o exhibir ante el Instituto Nacional de Migración esta documentación también apócrifa, entre otras causas.

Es por esto que hoy lo que estamos planteando es que las detenciones que realizan las autoridades migratorias, que son las únicas autorizadas a hacer este tipo de verificación y cuando se da precisamente la retención de los migrantes en estas estaciones migratorias, se debe de cumplir también con esta obligación de registro, de información, a fin de evitar violaciones a sus derechos humanos; así, es necesario que este registro que estamos proponiendo, el registro especial en la Ley de Migración, forme parte del Sistema Nacional de Información de Seguridad Pública, porque es necesario tener este banco de datos actualizado para identificar, para localizar a las personas migrantes inmediatamente después de que son retenidas.

La Suprema Corte de Justicia, cuando aborda este tema, habla precisamente de los migrantes y habla de la detención, aun cuando se consideran huéspedes, para efectos de interpretación judicial, pero lo que no puede omitir nuestro país de ninguna manera, lo que no podría omitir es tener un registro de los migrantes, distinto sí del Registro Nacional de Detenciones, pero no podemos omitirlo porque ha sido objeto de recomendaciones, porque ha sido objeto de sentencias internacionales de las que México es parte responsable y por supuesto de las recomendaciones también de Naciones Unidas, además de las de nuestro marco interno.

Es por eso que hoy el Grupo Parlamentario del PRD está planteando esta creación del Registro de Personas Migrantes Detenidas, retenidas y que para la operación del registro el Instituto Nacional de Migración se debe coordinar con el Centro Nacional de Información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad y por supuesto la Secretaría de Gobernación coordinarse en su momento con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; es indispensable a fin de evitar, sobre todo, actos de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes y por supuesto, la desaparición forzada; es un compromiso de México y aquí está nuestra propuesta legislativa para cumplir con esta tarea.

Es cuanto presidente, muchas gracias.