Versión del coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa, en las Comisiones Unidas de Hacienda, Puntos Constitucionales y Justicia.


Ciudad de México, 10 de octubre de 2019

*Versión del coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa, en las Comisiones Unidas de Hacienda, Puntos Constitucionales y Justicia.*

Muchas gracias, a ver, lo que yo veo en esta… además esta práctica de estar reformando la Constitución siempre, ¿qué necesidad de tocar a la Constitución?, en fin, lo que se está estableciendo me imagino que busca que se mande un mensaje, pero mensaje que no llega por las razones que ya aquí se han expuesto, yo creo que están reiterando lo de los impuestos que decía Félix porque quieren dejar claro que sólo se refiere a los impuestos, que están dejando fuera los derechos, que están dejando fuera el concepto de las contribuciones, eso lo creo.

Porque pensaría, por ejemplo, en las condonaciones que se hacen aquí en la Ciudad de México, que son masivas, de cientos de colonias, del pago de derechos de agua, Iztapalapa por ejemplo; si aquí hubieran puesto “contribuciones”, quedarían prohibidas de inmediato, pero sí están prohibiendo otras que van a afectar severamente la recaudación de las entidades y quien llegara a ser gobernador o gobernadora de alguna entidad se va a encontrar con un serio problema, como Félix, para su hacienda local.

¿Qué va a pasar con las PyMEs, con las MiPyMEs a quienes se les exenta de Impuesto Sobre Nómina en el arranque en su primer ejercicio?, quedan prohibidos; qué va a pasar con las disposiciones que hoy tenemos, por ejemplo, en varias entidades, en donde se exenta el pago de impuesto, aquí tengo un ejemplo de Impuesto Sobre Nómina, a quienes contraten a personas con discapacidad; ¿qué va a pasar con todas las exenciones que hay para quienes tienen inversión en materia de cuidado al medio ambiente?, o sea, toda la política fiscal que pueda diseñar un estado, pues adiós.

Pero les voy a decir otra que me parece también muy grave, las exenciones que hoy están a los adultos del impuesto predial, porque yo, con esta redacción, veo una prohibición, no vamos a… nada más al 39 que queda… o digámoslo, que cualquier ley, porque con una redacción muy confusa, dado que primero dice “en los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos” -y me remito a la parte que importa- “las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes”, no dice “salvo lo que dispongan las leyes”, sino parece primero que es una prohibición total.

Entonces, quiere decir que están prohibidos, yo no sé los estados qué van a hacer con esta disposición, me parece que va a ser delicado, si sólo le van a dejar la facultad al presidente, por lo que advierto de la exposición del dictamen, pues entonces todos los demás, todos los gobernadores y gobernadoras, que se olviden de firmar exenciones de impuestos, hay una lógica, obviamente es diferente la condonación de la exención, eso nos queda claro.

Pero si lo que se busca es que no haya beneficios personales, pues lo que tú colocas en una ley es general y lo que haces a una condonación en lo particular, el ejemplo que estaba poniendo Moya es un buen ejemplo y sucede en la práctica, aquí hubo gravísimas afectaciones en la Ciudad de México cuando estuvieron los maestros y se tomó el Zócalo.

Entonces no puedes hacer nada, no se va a poder hacer nada, piénsenlo bien compañeros, porque hoy tienen muchos gobiernos locales, es una reforma constitucional, es una prohibición constitucional y no va a permitir interpretaciones después de “para esto sí, para esto también”, después vamos a lamentarlo, entonces yo creo que debe de buscarse exactamente el punto que no sea personal.

Si hubiéramos puesto eso “quedan prohibidas las exenciones y las condonaciones a los particulares”, bueno, está bien, pero aquí se está hablando de carácter general y yo con la redacción, a diferencia de mis compañeros que han interpretado que subsiste el 39 y que lo dice aquí el propio, en mi interpretación advierto una prohibición tajante en los términos que dicen las leyes y bueno, ya lo dirán las leyes, pero por lo pronto la Constitución prohíbe que haya exenciones y condonaciones, ese sería mi comentario.

Creo que podemos afectar a adultos mayores, que podemos afectar personas con discapacidad, que podemos afectar PyMEs, MiPyMEs, van a ser los más afectados, además, piensen en los casos concretos, porque también las condonaciones que se llegan a hacer son a accesorios, no es que dejen de pagar el impuesto, es condonaciones a veces a multas porque ya deben más, ya salió más caro el caldo que las albóndigas, entonces son muchísimas las implicaciones de esta reforma.

Gracias.