Seis millones de mujeres sufre discriminación por ser indígenas, mujeres y pobres : Angélica de la Peña


Intervención de la senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del PRD, para argumentar a favor del dictamen que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3, fracción V, de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

Angélica de la Peña Gómez, (ADPG): Gracias, presidente. Con su venia.

 

Quiero hacer un comentario respecto al dictamen que dio lectura el senador Eviel Pérez Magaña, presidente  de la Comisión de Asuntos Indígenas, me parece que el trabajo que desarrollan en la exposición de motivos al regresar la Minuta a la Cámara de Diputados es francamente muy pertinente.

 

Cuando hablamos de discriminación hacia las mujeres, y particularmente de discriminación contra las mujeres indígenas, a menudo pensamos que se trata de una problemática focalizada que afecta a un número reducido de personas.

 

Sin embargo, las mujeres indígenas representan el 10.4 por ciento de los 57 millones de personas que hay en el país, es decir. estamos hablando de una población que sufre una gran marginalidad, una gran exclusión social derivada precisamente de la discriminación precisamente por ser mujeres indígenas y pobres.

 

Esto significa, entonces, que estamos hablando de seis millones de mujeres que sufren severos rezagos y que se reflejan en desnutrición, mortalidad, mortalidad materna, analfabetismo, desigualdad y violencia de género; así como precarias y menos oportunidades para acceder a la educación y para acceder a la salud.

 

57.5 por ciento de las mujeres indígenas que trabajan perciben menos de dos salarios mínimos y 19.6 por ciento no percibe ningún tipo de remuneración.

 

De esta manera, la violencia y la discriminación económica que se suman a la violencia social y política que se manifiesta cotidianamente en esta discriminación interpersonal, familiar, comunitaria, social y cultural, que impacta sobremanera a las mujeres y a las niñas indígenas.

 

Por eso es muy acertado lo que hoy nos propone la Comisión de Asuntos Indígenas porque no hay que confundir, no es que el precepto como viene de la Cámara de Diputados, que señala que hay que promocionar la participación, respeto, igualdad y equidad de oportunidades plenas para mujeres y hombres indígenas, cuando exactamente, como perfectamente lo define la Comisión que nos presenta esta corrección, esta revisión de la Minuta de la Cámara de Diputados, lo que se pretende es exactamente distinguir de manera puntual a las mujeres indígenas y no poner a los hombres en la misma situación.

 

Porque justamente es la discriminación múltiple como la conocemos hacia la mujer indígena, lo que tiene que motivar esta reforma a la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, es decir, rescatar y vindicar que de lo que se trata al establecer la participación, respeto e igualdad, equidad y oportunidades plenas, deben ser aplicables no por igual a hombres y mujeres indígenas, deben ser aplicables de manera franca y precisa a las mujeres indígenas para que resuelvan la situación de enorme discriminación, insisto, por ser mujer, por indígena y por ser pobre.

 

Entonces, felicitamos a la Comisión por este dictamen que hoy nos presenta, y esperamos señor senador, con toda salvedad, que la Cámara de Diputados acepte la corrección porque es correctísima y va en el sentido de lo que aquí decidimos la semana pasada cuando reformamos el artículo 2 de nuestra Constitución. Felicidades.

 

Es cuanto, presidente. Gracias.