Segunda intervención del Senador Mario Delgado Carrillo para presentar sus propuestas en materia de contratos e impacto social en la Ley de Hidrocarburos en el marco de la discusión de las leyes secundarias de la Reforma Energética


Mario Delgado

Segunda intervención del Senador Mario Delgado Carrillo para presentar sus propuestas en materia de contratos e impacto social en la Ley de Hidrocarburos en el marco de la discusión de las leyes secundarias de la Reforma Energética.

Muchas gracias Presidente.

Antes de abordar el tema que nos ocupa, quisiera hacer un par de comentarios respecto del tema anterior que tanto se habló de expropiaciones y usos temporales.

Me parece que la gran diferencia donde no podemos comparar los beneficios, los usos que se hacen en otros países, es que en estas leyes se omiten dos conceptos fundamentales, que son los pasivos ambientales, y el impacto social y comunitario.

Está muy claro que el tema de las expropiaciones es una exigencia de las corporaciones petroleras internacionales.

Necesitan seguridad en los derechos de propiedad para poder garantizar las inversiones que se requieren.

Entonces, no extraña que se haga un esfuerzo de simulación como se hizo también para disfrazar las concesiones y como se hizo también uno de los mayores requerimientos y es una de las cosas más lamentables que se haya accedido en este Senado y en la Cámara de Diputados por parte de quienes aprobaron esta reforma es la posibilidad de que las empresas petroleras registren dentro de sus activos el potencial de los campos que van a explotar.

Son variables que piden las corporaciones internacionales.

En el tema de los pasivos ambientales está claro.

Diversos estudios señalan que los pasivos ambientales o evitar tener pasivos ambientales pueden llevar a incrementar los costos de producción, los planes de producción, entre un 8 y 10 por ciento, incluyendo los impactos locales y regionales. Por lo tanto, por eso se emitió de estas reformas secundarias.

Y aquí si se mantuviera la figura, si se va aprobar está figura de uso temporal y se compensara con la disposición de pasivos ambientales para cuantificarlos y ponerlos como obligaciones en parte de los contratos, bueno, entonces sí podríamos hablar de que está cumpliéndose el concepto constitucional que decía el octavo transitorio, donde obligaba que la ley preverá cuando y/o fuera técnicamente posible mecanismos para facilitar la coexistencia de las actividades mencionadas en el presente transitorio y que tanto se habló aquí de la coexistencia.

No puede haber coexistencia si no se reconocen los pasivos ambientales, no puede haber coexistencia si no se reconocen los pasivos del impacto social y el desarrollo de las comunidades.

En la propuesta que se hizo de Ley de Hidrocarburos consideramos que fuera obligatorio el pago de este impacto ambiental, pero que fuera en serio, no una simulación como se ha planteado aquí.
Es decir, que hubiera un pago fijo mensual cuando estuviéramos hablando de exploración, que por cierto en la ley que se está planteando ahora, no hay ninguna retribución en las actividades de exploración.

Y el caso de extracción, de uso o goce o afectación, que hubiera también un pago fijo del valor de los hidrocarburos que se va a extraer.

Y en el caso de que se pretenda adquirir la tierra, bueno, pues hacer un cálculo del valor presente de los hidrocarburos que están contenidos en esa tierra para hablar sí de justicia.

Si simplemente manejar esa figura así, y dejar en gran desventaja a los propietarios de la tierra es poner a “David contra Goliat”.

Si la ley no los protege y les garantiza retribuciones justas, eso no va a poder salir adelante

Respecto ahora al tema de los contratos.

El tema de los contratos es la clave de toda la reforma.

Si va a impactar en el desarrollo nacional o no, depende de los contratos.

Es el instrumento donde se va a materializar el interés público sobre el interés privado o en convivencia con el interés privado.

Aquí estamos hablando de que es en este instrumento donde confluyen dos instrumentos diametralmente opuestos.

Las empresas por un lado, para maximizar sus ganancias, y el Estado por su parte para potenciar la renta petrolera.

Nada más que la maximización de uno es a costa de otro; es decir, las mayores ganancias para los privados implican una menor utilidad para el sector público, de tal manera que se vuelve un tema fundamental.

Viendo el diseño de la reforma constitucional al dejar tan abierto al incluir un gran menú de posibilidades contratación, uno podría imaginar, bueno, en esa época todavía no tenían definidos el tipo de asociación que pretenden utilizar en la reforma energética.

Lo que sí sorprende es que ya en la reforma secundarias, donde se deberían aterrizar estas figuras y poner un mucho mayor detalle, también se recurren a las indefiniciones y a la discrecionalidad, lo cual es evidentemente no va a favorecer al Estado mexicano.

En uno de los libros del Premio Nobel Stiglitz, hace tres recomendaciones para evitar que nos caiga la maldición de los recursos; es decir, aquellos países que son ricos en recursos naturales y que llevan por muchos años siendo pobres.

Cuando hay una privatización de recursos naturales es recomendable, primero, tener una fortaleza institucional, construir instituciones fuertes antes de privatizar, creo que aquí nos sobran ejemplos en México, cómo hemos privatizado sin tener regulaciones, órganos reguladores fuertes que nos lleven al objetivo que se está planteando en la privatización y resultamos con situaciones completamente adversas.

Segundo, obligar a las empresas a seguir altos estándares de calidad. Si se abre a la discrecionalidad, la Ley Secundaria esto no podrá conseguirse.

Y tercero, ser cuidadosos con la evaluación de los términos de contratación.

La regla en estas leyes secundarias es la discrecionalidad, son indefiniciones que luego en una negociación, contrato por contrato, se pretenden definir por parte de la Secretaría de Hacienda.

Pero estos son los peores incentivos que se pueden poner en una negociación para el Estado mexicano con las grandes empresas internacionales.

Y la única variable, esa es una de las mayores desventajas de esta ley, es que la única variable relevante que se está planteando es la económica.

Por supuesto que si lo único que va a importar aquí es maximizar los ingresos, podemos tener consecuencias muy negativas.

Qué propusimos nosotros.

Que se incorporara en la evaluación en los contratos, no como buena voluntad mencionada en la ley, sino que fuera definitivo en los contratos para evaluar con quién se va a asociar el Estado mexicano, criterios de seguridad ambiental que no nos lleve a tener sorpresas posteriores de accidentes que le cuesten al Estado mexicano y se vaya a ir parte de la renta adicional que pudiera tenerse.

Que se tuviera también seguridad ambiental e industrial, como ya lo mencioné, que incorporáramos, como una variable obligatoria, que las empresas cubran el impacto social y comunitario de la explotación de los hidrocarburos.

Este negocio es tan generoso que puede ser posible que parte de la renta vaya a directamente a mitigar este impacto social y se permita la coexistencia de actividades como aquí se planteó.

También, plantear un proyecto de desarrollo del campo petrolero con planes de inversión, con metas de extracción, también porcentajes de contenido nacional, obligaciones para la transferencia de tecnología y que haya definición de los contratos, porque ni siquiera hay una definición de los contratos, de qué tipo deberían ser, y parece que lo que están obligando es que vayan a una referencia directamente a la Constitución.

También, definir con mayor claridad los plazos, definir rondas anuales. Esto es muy importante porque una forma de limitar la competencia es hacer lo que hizo Estados Unidos a mediados de los 80s, sacar a licitar una gran cantidad de campos que, ante la escasa demanda, pues terminan malbaratándose.

Seguiremos dando más datos.

Y por último quisiera decir que esta privatización acelerada por la necesidad que tiene el gobierno de tener recursos fiscales ante el estancamiento económico, es el peor escenario para hacer estos contratos.

Tenemos ejemplos muy claros en Ecuador, donde durante varios años, se esperaba tener una renta del 83 por ciento, y apenas se tuvo el dos por ciento, porque el engaño de las petroleras siempre es permanente a sobreestimar sus costos, a utilizar subsidiarias en transporte, en fin, a tener muchas posibilidades de engañar.

Incluso hay casos permanentes de litigios en los Estados Unidos, un país que tiene mucho más experiencia en este tipo de contratos.

Por último, una variable muy importante que sugerimos y no se atendió, es que no pudiera haber cesión de contratos, que hubiera ciertas obligaciones para que los…que no se permita la simulación de que algunas empresas ganen determinado contrato y después terminen cediéndolo en contra del interés público.

Son todas estas propuestas que se hicieron en una Ley de Hidrocarburos y prácticamente ninguna fue considerada.

Este asunto de los contratos resulta clave y en estas leyes se recurre a la discrecionalidad confiando en que Hacienda, contrato por contrato, va a garantizar el interés público.

Muchas gracias.