Se está limitando el principio de autonomía de huelga, advierte Ríos Piter


Intervención del Senador Armando Ríos Piter en reunión de Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia, de Trabajo y Previsión Social, y de Estudios Legislativos Segunda, para revisar dictamen en materia de Justicia Laboral.

·         La iniciativa que mandó el presidente no trae, no traía el comentario en particular, sobre el cual inclusive ya se argumentó alrededor del tema de los contratos blancos. 

·         Si nos vamos específicamente al Artículo 18, sí genera una preocupación, primero que nada respecto al principio de autonomía en el ejercicio de huelga.

·         Por qué aparece esto en el dictamen, sino lo mandó como iniciativa el presidente, y cuál puede ser el motivo de que hoy se esté discutiendo. 

·         No me parece que el incentivo sea la regulación de los contratos blancos, sino que pudiéramos estar cayendo en bajo una excusa de que es para regular los contratos blancos en algo que limite el principio de autonomía de huelga. 

·         Sería interesante por lo menos revisar si esto genera afectaciones, si esto genera preocupaciones, o pues vuelvo a poner sobre la mesa el planteamiento que hacía Miguel Barbosa, darnos un tiempo para revisar este tema en particular.

Armando Ríos Piter: …No se pusiera a votación el día de hoy. Y voy a decir nuevamente cosas que dijo el Coordinador Barbosa –mi coordinador- pero para cimentar mi argumento.

Ésta es una reforma que el presidente anunció desde hace mucho tiempo; de hecho cuando se la pidió al CIDE lo hizo en uno de los contextos yo creo que más complejos en el diseño de una política pública.

Recordemos que es parte de uno de los 10 puntos que formaron el decálogo, el cual alrededor –digamos- de los escándalos de corrupción, de problemas de impunidad: casa blanca y 43 desaparecidos, es el planteamiento de salida que hace el presidente de la República.

Solamente lo quiero traer a colación porque esa es la magnitud, esa es la dimensión, ese es el esfuerzo político que le dio origen a este planteamiento.

Y el CIDE hizo pues la verdad es que un esfuerzo enorme –a varios de nosotros nos convocó, participamos en foros de diversa índole- y hoy el documento que estamos revisando, es un documento que de hecho cuando nos hemos sentado con la gente del tema laboral que nos asesora, lo ha visto con muy buenos ojos en términos generales.

Sin embargo, aparecieron –como se decía- cosas posteriores a la iniciativa del presidente Peña Nieto.

Entonces, sí creo que es muy importante dejar clara esa condición; la iniciativa que mandó el presidente no trae, no traía el comentario en particular, sobre el cual inclusive ya se argumentó alrededor del tema de los contratos blancos.

Y quiero por eso hacer la reflexión. Tenemos en el Artículo 22, una parte que me parece que es significativa en cuanto a su avance, de cómo detectar –ya sean sindicatos blancos o no blancos- lo que significa la representatividad de las organizaciones sindicales y la certeza en la firma, registro y depósito en los contratos colectivos de trabajo.

Eso es algo importantísimo; de hecho nos tocó con el senador Lozano cuando se dio la primera gran discusión alrededor de este tema, que íbamos por el tema de los contratos blancos, pues poner este tema digamos, en identificación y algo que tiene que cambiar, porque sin duda alguna son motivo de extorsión por parte de pues distintos gánsteres que se dedican a esto, pero también hay que decirlo –y eso no lo escuché de parte del senador Lozano- también abundan empresarios que lo que hacen es aprovecharse de esa figura, para evitar la condición de relación laboral.

Entonces dicha esa condición, tenemos el Artículo 22; lo mandó el presidente, me parece que en eso no hay Litis o discusión alguna.

Sin embargo, si nos vamos específicamente al Artículo 18, sí genera una preocupación, primero que nada respecto al principio de autonomía en el ejercicio de huelga, porque un contrato blanco no se va a dar a conocer por la forma en la que operan a partir de emplazar a un empresario.

Entonces, es un asunto digamos de lógica, primero que nada para llamarnos a un cuestionamiento de por qué aparece esto en el dictamen, sino lo mandó como iniciativa el presidente, y cuál puede ser el motivo de que hoy se esté discutiendo.

Bueno, ya hablé de la parte de los contratos blancos, ya plantamos que en el Artículo 22 viene una exposición que busca una regulación para evitar ese mal. Fracción 22, perdón.

Pero si aparece en la fracción 18 ¿lo dije bien? En la fracción 18, entonces tendríamos que ver qué tipo de incentivos puede haber detrás de esto. Y no me parece que el incentivo sea la regulación de los contratos blancos, sino que pudiéramos estar cayendo en bajo una excusa de que es para regular los contratos blancos en algo que limite el principio de autonomía de huelga.

Entonces, me parece senador presidente, que en ese contexto deberíamos de dar la discusión. No es un argumento menor; es una iniciativa que manda el presidente con una potencia y una energía muy particular.

Lo hace en un contexto especialmente delicado, metió mucha gente a articular esta iniciativa, y la verdad es que preocupa que empañaría esta pequeña adición, pues un esfuerzo tan grande que ha hecho su bancada, o que ha hecho el PRI, digamos, en representación del presidente Peña Nieto, y creo que es importante, aquí hay representantes de los sectores laborales.

Yo creo que sería interesante pues por lo menos revisar si esto genera afectaciones, si esto genera preocupaciones, o pues vuelvo a poner sobre la mesa el planteamiento que hacía Miguel Barbosa, darnos un tiempo para revisar este tema en particular, porque lo estamos haciendo en un cambio a la Constitución –disculpen ustedes por decir artículo, si no es fracción- de esa dimensión y de ese tamaño es el planteamiento que se está haciendo.

Muchas gracias presidente.

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