Necesario se modifique la Tabla de Orientación de Dosis Máximas de Consumo Personal e Inmediato: Angélica de la Peña


INTERVENCIÓN EN TRIBUNA

necesario se modifique la Tabla de Orientación de Dosis Máximas de Consumo Personal e Inmediato: Angélica de la Peña

Intervención en tribuna de la senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar un proyecto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.

Angélica de la Peña Gómez, (ADLPG): Con su venia, señor Presidente; señoras y señores.

La presente iniciativa tiene como objetivo actualizar al país respecto una realidad que no se puede ocultar, una realidad que ha llevado a quienes son consumidores de drogas, incluso en distintas etapas, no solamente de abuso, problemas de adicción, sino también quienes usan, quienes no tienen problema de adicción, y particularmente tiene que ver con la definición de las  nuevas reglas, de las nuevas dosis más realistas y, sobre todo, con el cometido de que no se criminalice a quienes tienen un problema de adicción, de abuso o de uso de estas drogas, particularmente la que tiene que ver con la marihuana y también incluimos el caso de la cocaína.

Hoy en los Centros de Privación de Libertad están la mayoría con problemas de hacinamiento, de sobrepoblación y muchos de los jóvenes, las y los jóvenes que se encuentran menores de 25 años, la mayoría son con problemas derivados de las drogas.

Nos parece que es importante que haya algunas adecuaciones a las leyes que hoy estamos proponiendo. Y claro, lo dejamos para la siguiente legislatura, para que tengan condiciones de analizar y seguir con este proceso que iniciamos en esta legislatura respeto al uso de la cannabis, particularmente hasta el 1% del tetrahidrocannabinol que se usa, se tiene que usar a partir de esta reforma que emprendimos y de que finalmente COFEPRIS ya tiene su Reglamento en dosis, insistimos, hasta el 1% de este elemento de la cannabis para suplementos alimenticios para niñas y niños que sufren de algún trastorno derivado de epilepsias y que nos parece importante este primer paso insípido, pequeño, pero finalmente para atender un espectro importante de reclamo de atención a estas niñas y niños en su inmensa mayoría que sufren este tipo de enfermedades.

Sin embargo, hoy estamos frente a un fenómeno que no podemos darle la vuelva y que esperemos sea analizado de manera pertinente, para que se distingan en estas reformas el reconocimiento claro de los distintos usos que pueden tener estas dos drogas y que sin demérito de las campañas de prevención y, por supuesto, a la prohibición a quienes son menores de edad, sí se tenga un tratamiento totalmente distinto al que hoy se da.

Es decir, la criminalización que lleva a que a veces rebasando la dosis que permite la Ley General de Salud, simplemente, aunque pase un poco de esa dosis mínima, ya es privado de su libertad y un fincamiento de responsabilidades como si estuviese involucrado en la delincuencia organizada, en la venta, en el tráfico de drogas.

Creemos que es importante tomar en consideración, además, y ese es el fundamento esencial de estas reformas, lo que señalan distintos especialistas, que están señalando que es necesario se modifique la Tabla de Orientación de Dosis Máximas de Consumo Personal e Inmediato que hoy están establecidas en el artículo 479 de la Ley General de Salud y su énfasis respecto de que es necesario sustituir estas dosis de estas sustancias con reformas que establezcan incluso criterios antropométricos, es decir, que no se puede determinar que el uso de una droga puede hacerle el mismo efecto a alguien que tiene un peso distinto a otra persona que tiene un peso diferente, con mucho más peso.

Nos parece importante que esta tabla tome en cuenta también la verificación de que las actuales dosis no lleven a una persona, aunque rebase un poco, a tener que enfrentar, como hoy acontece, una privación de libertad y, en todo caso, pues discutir cuáles son esos umbrales para fijar los montos máximos de portación, de consumo, por encima de los cuales se presume el delito de posesión con fines de comercio.

Es decir, es importante que sigamos en esta dinámica de discusión que México ha emprendido, que está dándose ya en el mundo por parte de Naciones Unidas y, sobre todo, entender que nunca le vamos a ganar a quienes se dedican a este delito de manera ilegal.

Nos parece que, junto con esta reforma, también lo que establece la Ley Nacional de Ejecución Penal, respecto que hay procesos que tienen que determinarse para que puedan salir de la prisión por este tipo de delitos, pues nos lleven a una discusión seria, entendiendo de que las circunstancias van cambiando en el mundo y que necesitamos lograr que se dé un enfoque totalmente distinto a la criminalización que por desgracia sigue imperando en nuestro país contra las personas que están, que se ven involucradas, que, insisto, usan o abusan o enfrentan un problema de drogadicción y que tienen que ser tratados en todo caso como lo que son, como enfermos problemáticos y resolverse desde el ámbito de la salud pública, desde un ámbito administrativo, insistimos, y no ahora como acontece que son presa de una persecución como delincuentes cuando efectivamente no son.

Pues aquí están estas iniciativas a la Ley General de Salud, y también al Código Penal Federal en materia de los diferentes usos del cannabis y que también toca lo que tiene que ver con elevar la dosis respecto a la cocaína.

Es cuanto, y muchas gracias por su atención.

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