Ley sobre derecho de réplica es inconstitucional y en contra de los ciudadanos: senadores PRD


Senadores del PRD manifestaron su voto en contra del proyecto de ley reglamentaria en materia del derecho de réplica argumentando, entre otras cosas, que se trata de una ley inconstitucional, inequitativa, ambigua y a favor de los intereses de los medios de comunicación.

 

El senador Luis Sánchez Jiménez afirmó que ley en materia de derecho de réplica contiene graves inconsistencias, es inconstitucional y, de aprobarse, dejaría “ahogada a la réplica en el mar de formulismos leguleyos de los tribunales civiles, federales de nuestro país”.

 

El senador del PRD argumentó que la réplica es un derecho humano consagrado en la Constitución; “no es, como se nos presenta en el dictamen, una obligación civil sujeta a las reglas del derecho privado”.

 

Aseguró que el objetivo central de la propuesta es establecer con toda claridad las bases para hacer nugatorio este derecho, “pero lo profundamente nefasto de este proyecto y que trastoca el derecho de réplica, arrumbándolo a la suerte de litigantes chicaneros, es la parte procesal”.

 

Sánchez Jiménez enfatizó quienes elaboraron el proyecto inventaron una especie de juicio ordinario civil que hará inaplicable el derecho de réplica, constituyendo un procedimiento administrativo.

 

“Un privado al que se le da potestades de autoridad y luego un ordinario civil en donde se controvierte al sujeto obligado, pero ahora ya no con las potestades de autoridad, sino como un igual. Por ello es que la carga de la prueba está en el quejoso; todo un engendro legal”, explicó.

 

Al fundamentar su voto en contra, el senador Fernando Mayans aseveró que el dictamen a discusión no establece un justo equilibrio y armonización entre la libertad de expresión, el derecho a la información y el derecho de réplica.

 

Por el contrario, obstaculiza el ejercicio pleno de la ciudadanía a rectificar información falsa o inexacta por parte de los medios de comunicación que afecte la esfera privada de las personas.

 

“El dictamen establece requisitos que constituyen una carga procesal para el afectado y no para el medio de comunicación; toda vez que lo obliga a probar ante el juez, la falsedad y el perjuicio que dicha información le hubiera ocasionado”.

 

Además señaló que en el artículo 35 del proyecto se advierte que el derecho de réplica no será garantizado con oportunidad, ya que posterior al procedimiento incoado ante el Juez de Distrito, se seguirá el recurso de apelación por la vía del procedimiento civil, el cual se encuentra sujeto a términos y costos, los cuales complicarán el ejercicio del derecho de réplica.

 

Mayans Canabal sostuvo que con la redacción de las disposiciones contenidas en el dictamen a consideración se vulneran los principios de progresividad legislativa, el de equidad, el de pertinencia y oportunidad; el de gratuidad y el de la prueba que establece la carga de la prueba, misma que conforme a los principios referidos, debe ser para el medio que difundió y no para el afectado.

 

El legislador por Tabasco aseguró que se emite un proyecto que no alcanza a cumplir con su propósito de regular adecuadamente el derecho de réplica.

 

Por su parte el senador Rabindranath Salazar Solorio advirtió que nuestro país está caracterizado por la ambigüedad, limitada validez e incertidumbre a la hora de proteger los derechos de todo ciudadano a la defensa de su imagen y prestigio.

 

Comparó que en otros países existen mecanismos para la protección ciudadana frente a la calumnia y la información sesgada que se desarrollaron a la par del avance y consolidación de las democracias, mientras que en México se optó por congelar y posponer indefinidamente la discusión del derecho de réplica.

 

“No nos equivoquemos, en derecho, la emisión de normas a medias, históricamente ha ocasionado más perjuicios que beneficios y este dictamen por supuesto no es la excepción”, agregó.

 

En su turno, el senador Fidel Demédicis Hidalgo el espíritu de ley reglamentaria del artículo 6° constitucional en materia de derecho de réplica se subordina a los intereses de los particulares y los poderes fácticos.

 

“En consecuencia, el patrón de algunos senadores ya no es el pueblo, sino los medios de comunicación que tiene poder para cooptar a los representantes del pueblo”.

 

Aseguró que el derecho de réplica se anula cuando se judicializa como se pretende hacer con la minuta, porque deja en la indefensión al demandante al no contar con los mismos recursos que los medios de comunicación.

 

Finalmente Demédicis Hidalgo hizo un llamado a los legisladores a no cerrar los ojos a la realidad que vive el país y revisar a profundidad la minuta a fin de garantizar el ejercicio pleno del derecho de réplica a los ciudadanos.

 

Por último, el senador Mario Delgado Carrillo aseguró que la ley reglamentaria en materia de derecho de réplica convierte un derecho esencial en súplica.

 

Señaló que la reforma tendría que limitar los abusos de los medios de comunicación contra los individuos, acotar su intervención interesada a favor de ciertos partidos políticos; sin embargo, el proyecto a consideración hace nugatorio ese derecho al judicializarlo.

 

“El propósito final de esta ley, debería ser la protección del derecho humano, del derecho esencial, el derecho de réplica sobre el enorme poder de las televisoras”, sostuvo.

 

Delgado Carrillo aseveró que es una ley que simula, “una ley tramposa para evitar que se garantice este derecho constitucional”.

 

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