Ley de Hidrocarburos atenta contra la soberanía energética


Dolores Padierna

Los senadores del PRD consideraron que la Ley de Hidrocarburos atenta contra la soberanía energética del país, además de que viola el derecho de las personas a gozar de un medio ambiente que propicie su desarrollo.

 

Durante la discusión en lo particular del dictamen que contiene el proyecto por el que se expide la Ley de Hidrocarburos, los legisladores del Grupo Parlamentario del PRD presentaron reservas al artículo 1 de dicha ley.

 

La senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza propuso que al artículo 1 de la Ley de Hidrocarburos se le agregue un párrafo en el que se establezca el derecho de las personas a un medio ambiente propicio para su desarrollo.

 

Además, consideró necesario que en el mismo artículo se establezca que las autoridades deben contar con los recursos necesarios para garantizar este derecho, así como fincar las responsabilidades y sanciones pertinentes a quienes dañen el medio ambiente por el proceso de explotación de hidrocarburos.

 

Por su parte, la vicecoordinadora del PRD, Dolores Padierna Luna, al explicar sus reservas a los artículos 1,11, 41 y 42 de la misma ley, señaló que en el primer artículo  es importante precisar que los hidrocarburos son propiedad de la nación aún cuando hayan salido del subsuelo.

 

“Todos los recursos existentes del subsuelo que se supone son de la nación al salir se van a entregar mediante contratos a privados”, dijo.

 

Por otra parte, afirmó que el Senado está abdicando de un ordenamiento constitucional que viene incluido en el cuarto transitorio de la Ley de Hidrocarburos, donde se señala que es el Legislativo quien debe establecer los modelos y tipos de contrato.

 

Sobre el artículo 41 y 42 que habla de las zonas de salvaguarda aseveró que es inaceptable que al Ejecutivo federal le corresponda incorporar o desincorporar dichas zonas.

 

Al presentar sus reservas del artículo 1 de la Ley de Hidrocarburos, el senador Zoé Robledo argumentó que debe quedar esclarecida la que éstos recursos son propiedad de la Nación, aun cuando éstos se encuentren en el subsuelo, y “debe ser potestad de la Nación elegir el destino de esa riqueza”.

 

Añadió que en el artículo 4 la Ley no esclarece el significado del concepto “cadena productiva” y se limita a mencionar los agentes económicos que la componen. Por tanto, se corre el riesgo de “confundir” los términos “agentes económicos” y “actividades”, tratándose de dos temas diferentes.

 

En ese sentido, propuso la siguiente redacción: “el conjunto de actividades técnicas y económicas secuenciales para la proveeduría del suministro, construcción y prestación de servicios para la industria de hidrocarburos”.

 

El secretario de la Comisión de Energía del Senado, Rabindranath Salazar Solorio consideró que el artículo 1 de la Ley de Hidrocarburos contiene contradicciones, pues se perpetra la soberanía la soberanía del Estado al modificar diversos cuerpos normativos para la explotación de hidrocarburos.

 

Es decir “se consolidó un cambio en la estructura de la propiedad de los hidrocarburos y en la estructura del Estado, ya que se pierde la soberanía ante los tribunales internacionales”.

 

El Legislador por Morelos sostuvo que aunque el artículo 1 de la Ley de Hidrocarburos plantea que la nación es propietaria directa de todos los hidrocarburos que se encuentran en el subsuelo del territorio nacional, de nada sirve si no es propietaria de la cadena de producción.

 

Dijo que el primer artículo entra en contradicción con el 45 de la misma ley, donde se  establece que las empresas que puedan ser nacionales o extranjeras podrán registrar para efectos contables y financieros  la asignación de los contratos así como los beneficios esperados.