Intervención en tribuna de la Senadora Dolores Padierna para fijar postura sobre las Reformas al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal


Dolores Padierna

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN EN TRIBUNA DE LA VICECOORDINADORA DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD EN EL SENADO, DOLORES PADIERNA LUNA PARA FIJAR POSTURA SOBRE LAS REFORMAS AL ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Sen. Dolores Padierna Luna: Ciudadanos y ciudadanos senadores:

El proyecto de reformas al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal tiene como objetivo armonizar dicho ordenamiento con el contenido de la reciente reforma constitucional en materia electoral y con el conjunto de leyes secundarias en la materia aprobadas por el Congreso de la Unión.

En esta lógica, los Congresos de los Estados de la República se encuentran en procesos de discusión para adecuar sus leyes al espíritu y letra de la reforma constitucional.

El hecho de que estemos en el Senado de la República aprobando reformas al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal nos recuerda que tenemos una deuda pendiente con la capital del país y sus habitantes.

La Reforma Política del Distrito Federal no puede, ni debe esperar más; hoy la Asamblea Legislativa del Distrito Federal transformada en Congreso Local se hubiese encargado de las reformas a la norma suprema de la capital del país.

Si la voluntad política de consolidar nuestra democracia fuera del todo genuina, ni siquiera estaríamos hablando de un Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, sino de una Constitución de la Ciudad de México.

Las diversas fuerzas políticas representadas en la Cámara de Senadores y el gobierno federal estamos obligadas a ratificar nuestro compromiso de reconocer los derechos plenos de las y los ciudadanos del Distrito Federal y avanzar en la profundización de la vida democrática de la Ciudad de México.

No existe motivo alguno ni justificación que valga para seguir deteniendo la reforma democrática en el Distrito Federal.

Los exhortamos a que ratifiquemos ese compromiso y tracemos la ruta legislativa para concretar esta añeja demanda de los habitantes de la capital del país.

En tanto eso sucede, tenemos la obligación de armonizar el marco jurídico de la Ciudad de México a las reformas federales como lo hemos mencionado.

En esta ocasión dado que se trata de sincronizar la ley local con la reciente reforma político-electoral no podemos dejar de insistir en que dicha reforma esta marcada por un carácter profundamente centralista , que consolida un súper poder nivel nacional en detrimento de las entidades que conforman nuestro pacto federal, ese pacto federal que este Senado encarna y está obligado a respetar y hacer valer.

Un súper poder a nivel nacional no es garantía necesariamente de que el nuestro país concluya una transición democrática que realmente consolide al poder soberano, esto es, a la ciudadanía, al pueblo de México; además de garantizar que tengamos elecciones limpias, legales y legítimas y, por tanto, autoridades electas con reconocimiento y consenso para encabezar nuestras instituciones y dirigir el rumbo del país.

El proyecto de reformas al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal integra propuestas de diversos grupos parlamentarios, entre ellos el nuestro, para avanzar en la armonización ya referida.

La modificación, por ejemplo, del artículo 20 para reconocer el derecho de los ciudadanos del Distrito Federal para votar en las consultas populares y otros mecanismos de participación ciudadana, de garantizar el derecho de las candidaturas independientes y el derecho de la ciudadanos del Distrito Federal residentes en el extranjero a sufragar en la elección del Jefe de Gobierno del Distrito Federal.

El artículo 37 se modifica para incorporar el requisito mínimo de representatividad del 3% de la votación válida para un partido político y, poder así, participar en la asignación de diputadas y diputados de representación proporcional. En este mismo artículo se establece la obligatoriedad de la paridad de género en las listas de representación proporcional de diputadas y diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Asimismo, se definen las reglas para la distribución de las diputaciones de representación proporcional poniendo un límite a la sobrerepresentación que no exceda del 8% de la votación válida emitida.

También debe destacarse el derecho a la reelección de los diputados a la Asamblea Legislativa; que se deriva de la reforma constitucional, aunque, subrayo siga siendo cuestionable en sus alcances y goce del escaso consenso en la ciudadanía del país y de la capital de la República.

El artículo 105 que establece en la misma lógica, la posibilidad de la reelección de los Jefes Delegacionales hasta por dos periodos consecutivos, de tres años cada uno.

En al artículo 120 se ajusta la fecha para la realización de la jornada electoral en el Distrito Federal que, ahora, se realizará el primer domingo de junio del año que corresponda, al igual que las elecciones del ámbito federal.

El artículo 121 ratifica el derecho tanto de los partidos políticos con registro nacional y local, como de las y los ciudadanos que constituyan candidaturas para poder ser votados en forma independiente a los cargos de elección popular del Distrito Federal, en los términos de los artículos 36 y 116 de la Constitución.

Este artículo también ordena la obligación de los partidos políticos para garantizar la paridad de género en la postulación de candidatos a los cargos de elección popular para la integración de la Asamblea Legislativa.

Bajo el nuevo esquema de centralización se definen en varios artículos las nuevas reglas para la integración, funcionamiento y facultades del Instituto Electoral del Distrito Federal.

Algo similar ocurre en lo relativo al Tribunal Electoral del Distrito Federal, cuyos magistrados serán ahora electos por el Senado de la República.

El artículo 134 establece y obliga para ser incorporadas en la ley electoral local las causas de nulidad de las elecciones previstas en la Base IV del artículo 41 de la Constitución.

Por último, el artículo 135 obliga a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal a contar con una Fiscalía Especializada en Delitos Electorales y, el artículo 136 determina que la ley electoral local establecerá las faltas en la materia y las sanciones correspondientes, en los términos establecidos en al Constitución y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Estos son los contenidos fundamentales del proyecto de reformas al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Es nuestra obligación actualizar y armonizar sus contenidos en la definición de la reciente reforma constitucional y las leyes secundarias en la materia; esto deberá permitir avanzar con certeza y en los tiempos establecidos para que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal armonice y actualice las leyes locales del Distrito Federal en materia electoral; así como para que las nuevas instituciones electorales del país y la Ciudad estén en condiciones de asumir la organización de las elecciones locales y federales del 2015.

Dado que para nosotros el federalismo es un principio central, el espíritu de la reciente reforma político-electoral fortalece una visión centralista y subraya que, pese a que la transición ha sido muy larga en el tiempo y aun gran numero de innovaciones en materia político-electoral; los cimientos y pilares del antiguo régimen autoritario no han desaparecido, sino que se están reforzando.

Los cambios incluyen temas trascendentes como candidaturas independientes y la paridad de género entre los más sobresalientes y los grandes avances que han sido demandas históricas del PRD y de la izquierda que siempre hemos empujado y que hoy serán una realidad.

Las elecciones locales y federales del 2015 pondrán a prueba el nuevo diseño electoral e institucional del país. La democratización a fondo de la vida política nacional sigue siendo una tarea pendiente, una deuda con el país y, en particular, con las y los habitantes del Distrito Federal.

Debemos ir más a fondo en el reconocimiento para reconocer más y nuevos derechos a la ciudadanía, como la revocación del mandato de los servidores públicos electos, quienes ostentamos un cargo sólo tenemos un poder delegado de la soberanía popular; por lo que aceptar la revocación del mandato sí constituiría una reforma a fondo de nuestro sistema de representación política.

La participación ciudadana es, además, un mecanismo que alienta la participación efectiva del pueblo en los asuntos de interés colectivo a través de la creación de espacios públicos donde se debatan, construyan y vigilen las políticas públicas en todos los niveles de gobierno.

Reiteramos, por último, nuestra exigencia a concretar la Reforma Política del Distrito Federal, los derechos plenos para la Ciudad de México y sus habitantes es nuestra demanda. La tutela y el centralismo no tienen lugar en una verdadera democracia.

El Distrito Federal es el epicentro de la vida política, económica y cultural de toda la nación; el Distrito Federal cuenta orgullosamente con una porción importante de la ciudadanía más crítica, más activa, más progresista y libertaria del país, que no va a permitir que sus derechos sean escamoteados, ni podrá permitir un trato de minoría de edad.

La reforma integral del Estado Mexicano estará mocha mientras no se concrete una reforma política que dote al Distrito Federal de una Constitución propia que permita a sus ciudadanas y ciudadanos ejercer plenamente sus derechos democráticos.

Por eso, nuestro llamado y nuestra exigencia para comprometernos con seriedad, con verdadera votación democrática de cara a la nación, a la transformación democrática de la ciudad y del país.
Es cuánto.